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Detalle del Decreto 1667
  

 

Título: Decreto GJ. (SES) Nº 1667 DISPONGASE ALTA DE LOS ASPIRANTES A CADETES COMO CADETES DE PRIMER CURSO (POLICIAL Y PENITENCIARIO) Y CADETES DE SEGUNDO Y TERCER CURSO – TECNICO SUPERIOR EN SEGURIDAD PUBLICA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 22 Set. 2014

Fecha de publicacion: 7 Nov. 2014

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Decreto GJ. (SES) Nº 1667
DISPONGASE ALTA DE LOS ASPIRANTES A CADETES COMO CADETES DE PRIMER CURSO (POLICIAL Y PENITENCIARIO) Y CADETES DE SEGUNDO Y TERCER CURSO – TECNICO SUPERIOR EN SEGURIDAD PUBLICA

San Fernando del Valle de Catamarca, 22 de Septiembre de 2014.

VISTO:
El Expediente R - 15532/14, mediante el cual el Director de la Escuela de Cadetes de la Policía de la Provincia de Catamarca, solicita el Alta de los «Aspirantes a Cadetes», como Cadetes de Primer Curso (Policial y Penitenciario), incorporación año 2014 y el Alta de los «Cadetes de Segundo y Tercer Curso» como Cadetes de Segundo y Tercer Curso - Técnico Superior en Seguridad Pública»; y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, obra Nota E.C. N° 147/14, mediante el cual el Director de la Escuela de Cadetes de la Policía de la Provincia de Catamarca, solicita el Alta, de los «Aspirantes a Cadetes» como «Cadetes de Primer Curso - Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana Orientado a la Formación Policial», con retroactividad al día 20 de Marzo de 2014, en virtud de que los mismos cumplieron con las exigencias plasmadas en el proyecto de incorporación año 2014, aprobado mediante Decreto I.E.S. Policial N° 061/13; de la misma manera solicita el Alta de los «Aspirantes de Cadetes» como «Cadetes de Primer Curso Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana Orientado a la Formación Penitenciaria» y el Alta para los «Cadetes de Segundo y Tercer Curso» como «Cadetes de Segundo y Tercer Curso - Técnico Superior en Seguridad Pública», con retroactividad al 17 de Abril de 2014 respectivamente. Todo ello en razón de que los mismos cumplieron con las exigencias académicas requeridas por la legislación vigente.
Que a fs. 03, obra Nómina de los Cadetes de Tercer Curso «Técnico Superior en Seguridad Pública».
Que a fs. 04/53, obran copias de 1° y 2° hoja del Documento Nacional de Identidad de los Cadetes de Tercer Curso «Técnicos Superior en Seguridad Pública».
Que a fs. 54/55, obra Nómina de los Cadetes de Segundo Curso «Técnico Superior en Seguridad Pública».
Que a fs. 56/126, obran copias de 1° y 2° hoja del Documento Nacional de Identidad de los Cadetes de Segundo Curso «Técnico Superior en Seguridad Pública».
Que a fs. 127/128, obra Nómina de los Cadetes de Primer Curso «Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana Orientado a la Formación Policial».
Que a fs. 129/238, obran copias de 1° y 2° hoja del Documento Nacional de Identidad de los Cadetes de Primer Curso «Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana Orientado a la Formación Policial».
Que a fs. 239, obra Nómina de los Cadetes «Técnico Superior en Seguridad Pública Ciudadana Orientado a la Formación Penitenciaria».
Que a fs. 240/258, obran copias de 1° y 2° hoja del Documento Nacional de Identidad los Cadetes «Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana Orientado a la Formación Penitenciaria».
Que a fs. 261/261 vta., Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Seguridad, mediante Dictamen N° 328/14, expresa que no existe objeción alguna al pedido formulado por el Señor Director de la Escuela de Cadetes, debiéndose en consecuencia dictar el instrumento legal pertinente que disponga el Alta de los ya mencionados Cadetes.
Que a fs. 266/267, toma intervención que le compete, Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 1250/14, por el que manifiesta que atento a las constancias que obran en el Expediente y dada la normativa vigente que regula la materia, esta Asesoría General no tiene objeciones que formular al Dictado del Decreto por parte del Poder Ejecutivo Provincial, que disponga el Alta de los Aspirantes conforme la Nominación que se adjunta a estos actuados.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°.- Dispóngase el ALTA, de los «Aspirantes a Cadetes» como «Cadetes de Primer Curso - Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana Orientado a la Formación Policial con retroactividad al día 20 de Marzo de 2014, y el ALTA, con retroactividad al 17 de Abril de 2014 de los Aspirantes a Cadetes como «Cadetes de Primer Curso Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana Orientado a la Formación Penitenciaria», y de los Cadetes de Segundo y Tercer Curso como «Cadetes de Segundo y Tercer Curso - Técnico Superior en Seguridad Pública», cuya nómina se detalla en el Anexo I, que forma parte del Decreto.

ARTICULO 2°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente Instrumento Legal.

ARTICULO 3°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Secretaría de Estado de Seguridad, Policía de la Provincia de Catamarca, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, Dirección Provincial de Recursos Humanos, UPE Centro de Control de Gastos en Personal y Subsecretaría de Presupuesto.

ARTICULO 4°.- Comuníquese. Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
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