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Detalle del Decreto 1855
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 1855 CREASE A PARTIR DEL 01SET14 Y HASTA EL 30NOV14 UN ADICIONAL ESPECIFICO POR LA ELABORACION Y PRESENTACION DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL PARA EL PERSONAL DE LA SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 14 Oct. 2014

Fecha de publicacion: 25 Nov. 2014

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Decreto Acuerdo Nº 1855
CREASE A PARTIR DEL 01SET14 Y HASTA EL 30NOV14 UN ADICIONAL ESPECIFICO POR LA ELABORACION Y PRESENTACION DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL PARA EL PERSONAL DE LA SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Octubre de 2014.

VISTO:
El Expediente S - 20472/2014, mediante el cual se gestiona el otorgamiento de un Adicional a los agentes de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, durante los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre/2014, por la «ELABORACION Y PRESENTACION DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL» correspondiente al Ejercicio 2015; y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 07, obra Nota S. de P. N° 1913 de fecha 13 de agosto de 2014, mediante la cual la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas, solicita el otorgamiento de un Adicional Específico por la «Elaboración y Presentación del Proyecto de Ley del Presupuesto de la Administración Pública Provincial, correspondiente al Ejercicio 2015. Para lo cual adjunta (fs. 06) Planilla de Costo de Implementación del Adicional solicitado.
Que a fs. 54/54 vta., obra Dictamen N° 57/2014 de Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas, por el cual manifiesta que estima conveniente el reconocimiento del Adicional de Elaboración y Presentación del Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Pública Provincial, al personal con efectiva prestación de servicio en la Subsecretaría de Presupuesto; el cual reviste el carácter de no remunerativo no bonificable.
Que a fs. 57, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 1313/14, manifestando que habiéndose expedido el Ministerio de Hacienda y Finanzas, esta Secretaría de Estado no formula observaciones al dictado del instrumento legal que se solicita, resultando facultado el Poder Ejecutivo Provincial en función de lo previsto en el Artículo 149° de la Constitución Provincial.
Que la Ley N° 4938, que establece y regula la Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial, fija que la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO será el Organo Rector de Sistema Presupuestario del Sector Público Provincial.
Que por el Artículo 16° de la citada norma legal se determinan las competencias que tiene la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, entre las cuales se destaca la de preparar el Proyecto de Ley de Presupuesto General y fundamentar su contenido.
Que a los fines de la preparación del Presupuesto de la Administración Pública Provincial, se hace necesario llevar a cabo el análisis y los ajustes necesarios de los anteproyectos que sean presentados por las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Provincial.
Que en función de ello en los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre del presente año las tareas se verán notablemente incrementadas, debido a la preparación del Proyecto de Ley de Presupuesto para el Ejercicio 2015, lo cual requiere un esfuerzo adicional por parte de los agentes que prestan funciones en forma efectiva en la Subsecretaría de Presupuesto, razón por la cual tal esfuerzo merece ser reconocido y compensado económicamente. 
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.- Créase con vigencia a partir del 01 de Septiembre de 2014 y hasta el 30 de Noviembre de 2014, un Adicional de carácter no remunerativo y no bonificable, denominado «ELABORACION Y PRESENTACION DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL», que será percibido por el personal con efectiva prestación de servicios en la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO.

ARTICULO 2°.- El Adicional creado por el Artículo 1° del presente Instrumento Legal, se liquidará conforme el siguiente detalle:
FUNCIONES                                              $ 1.250,00
PROFESIONALES                                   
ADMINISTRATIVOS Y TECNICOS            $ 1.125,00
PERSONAL DE SERVICIOS IMPORTE    $ 1.000,00

ARTICULO 3°.- Quedan exceptuados de percibir el adicional por Elaboración y Presentación del Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Pública Provincial, Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal de Gabinete.

ARTICULO 4°.- El personal incluido en las disposiciones del presente Decreto, deberá cumplir funciones adicionales durante dos (2) horas diarias como mínimo, en los horarios que a tal efecto disponga la Subsecretaría de Presupuesto.

ARTICULO 5°.- Facúltase a la Subsecretaría de Presupuesto, a disponer mediante comunicación expresa a la Dirección Provincial de Recursos Humanos, la no liquidación del Adicional otorgado por el Artículo 1°, a los agentes que no cumplan con las tareas que les fueran otorgadas a efectos de la formulación del Proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio 2015 o con los horarios de trabajo asignados.

ARTICULO 6°.- Autorízase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos a practicar la liquidación correspondiente, conforme lo dispuesto por el Artículo 1° del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 7º.- Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS, SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HUMANOS, CENTRO DE CONTROL DEL GASTO DE PERSONAL y DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFORMACION.

ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Villagra-Ariza-Dusso-Barros-Aparicio

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
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