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Título: Decreto GJ. N° 397 OTORGANSE APORTES DEL TESORO PROVINCIAL PARA MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 22 Dic. 2011
Fecha de publicacion: 20 Enero 2012
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
Decreto GJ. N° 397
OTORGANSE APORTES DEL TESORO PROVINCIAL PARA MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA
San Fernando del Valle de Catamarca, 22 de Diciembre de 2011
VISTO:
El Expte. Letra S N° 34380/2011, mediante el cual la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES , gestiona el otorgamiento de Aportes del Tesoro Provincial para distintos Municipios de la Provincia para el pago del adicional de $ 300,00; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 12, mediante nota S.A.M. N° 1815/11 de fecha 22 de diciembre de 2011, el señor Subsecretario de Asuntos Municipales solicita a la Directora Provincial de Relaciones Municipales que informe el monto que le corresponderá a cada Municipio para el pago del Adicional de fin de Año por la suma de $ 300,00 para cada empleado Municipal.
Que a fs. 13/14, la Directora Provincial de Relaciones Municipales informa el monto que le corresponde a cada Municipio para el pago del adicional antes indicado.
Que es propósito del Poder Ejecutivo Provincial en situación debidamente justificada, prestar asistencia financiera a los Municipios. Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149 de la Constitución de la Provincia.
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTICULO 1°. Otórgase a la MUNICIPA LIDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA la suma de Pesos SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 777.300,000), a la MUNICIPALIDAD DE ANDALGALA la suma de pesos CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 157.500,00), a la MUNICIPALIDAD DE BELEN la suma de pesos CIENTO SETENTA Y TRES MIL CIEN CON 00/100 ($ 173.100,00), a la MUNICIPALIDAD DE CAPAYAN la suma de pesos CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL CIEN CON 00/100 ($ 146.100,00), a la MUNICIPA LIDAD DE TINOGASTA la suma de pesos DOSCIENTOS MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 200.700,00), a la MUNICIPALIDAD DE FRAY MAMERTO ESQUIU la suma de pesos CIENTO TRECE MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 113.400,00), a la MUNICIPALIDAD DE FIAMBALA la suma de pesos CIENTO VEINTE MIL CON 00/100 ($ 120.000,00), a la MUNICIPALIDAD DE HUILLAPIMA la suma de pesos CIENTO ONCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 111.300,00), a la MUNICIPALIDAD DE POMAN la suma de pesos CIENTO DIECINUEVE MIL CIEN CON 00/100 ($ 119.100,00), a la MUNICIPALIDAD DE PACLIN la suma de pesos SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CON 00/ 100 ($ 66.600,00), a la MUNICIPALIDAD DE RECREO la suma de pesos CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($ 144.000,00), a la MUNICIPALIDAD DE SAUJIL la suma de pesos OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 89.700,00), a la MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA la suma de pesos DOSCIENTOS ONCE MIL DOSCIEN TOS CON 0 0 / 1 0 0 ($ 211.200,00), a la MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA la suma de pesos CINCUENTA Y UN MILSEISCIENTOS CON 0 0 / 1 0 0 ($ 51.600,00), a la MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO la suma de pesos TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 384.900,00), a la MUNICIPALIDAD DE ANCASTI la suma de pesos CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 52.800,00), a la MUNICIPALIDAD DE ACONQUIJA la suma de pesos TREINTA Y OCH O MIL SETECIENTO S CO N 0 0/1 00 ($ 38.700,00), a la MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA DE LA SIERRA la suma de pesos CUARENTA MIL QUINIENTOS CON 00/ 100 ($ 40.500,00), a la MUNICIPALIDAD DE CORRAL QUEMADO la suma de pesos TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 33.600,00), a la MUNICIPALIDAD DE EL ALTO la suma de pesos SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 72.900,00), a la MUNICIPALIDAD DE EL RODEO la suma de pesos VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 27.300,00), a la MUNICIPALIDAD DE HUALFIN la suma de pesos VEINTICINCO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 25.500,00), a la MUNICIPALIDAD DE ICAÑO la suma de pesos OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CON 00/ 100 ($ 81,300,00), a la MUNICIPALIDAD DE LA PUERTA la suma de pesos VEINTISEIS MIL CUATROSCIENTOS CON 00/100 ($ 26.400,00), a la MUNICIPALIDAD DE LAS JUNTAS la suma de pesos VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($23.400,00), a la MUNICIPALIDAD DE LONDRES la suma de pesos TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 37.800,00) a la MUNICIPALIDAD DE LOS VARELA la suma de pesos CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 46.800,00), a la MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE la suma de pesos TREINTA Y OCHO MIL CIEN CON 00/ 100 ($ 38.100,00), a la MUNICIPALIDAD DE TAPSO la suma de pesos VEINTIUN MIL CON 00/100 ($ 21.000,00), a la MUNICIPALIDAD DE POZO DE PIEDRA la suma de pesos TREINTA Y OCHO MIL CIEN CON 00/100 ($ 38.100,00), a la MUNICIPALIDAD DE PUERTA DE CORRAL QUEMADO la suma de pesos TREINTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($ 36.000,00), a la MUNICI PALIDAD DE PUERTA DE SAN JOSE la suma de pesos TREINTA Y DOS MIL CIEN CON 00/ 100 ($ 32.100,00), a la MUNICIPALIDAD DE VILLA VIL la suma de pesos TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 31.800,00) a la MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO la suma de pesos CUARENTA Y UN MILCIEN CON 00/100 ($ 41.100,00), a la MUNICIPALIDAD DE MUTQUIN la suma de pesos TREINTA MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 30.300,00), a la MUNICIPALIDAD DE LOS ALTOS la suma de pesos CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 51.900,00) en concepto de aportes extras destinados a los fines enunciados en los considerandos del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 2°. La erogación resultante de lo dispuesto por el artículo 1° del presente Decreto se imputará a la partida del presupuesto vigente:
S.A.F.: 006 Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia.
Jurisdicción: 020 Ministerio de Gobierno y Justicia.
Programa: 97 Otras Categorías Programáticas.
Finalidad: 1 Administración Gubernamental.
Función: 150 Relaciones Interiores.
Inciso: 5 Transferencias.
P.Principal: 7 Transferencias a Instituciones Provinciales y Municipales para financiar gastos corrientes.
P. Parcial: 6 Aportes a Gobiernos Municipales.
Fuente de Financ.: 111 Tesoro Provincial.
Tipo de Moneda: 1 Nacional.
Ubicación Geográfica: 04901 S.F. del Valle de Catamarca.
Unidad Ejecutora: Ministerio de Gobierno y Justicia
ARTICULO 3°. Tomen conocimiento a sus efectos: SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, DIRECCION DE ADMINIS TRACION DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA S.A.F. 006 , CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA, TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA Y TRIBUNAL DE CUENTAS.
ARTICULO 4°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese,
Firmantes: CORPACCI-Gordillo
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: