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Título: Decreto Acuerdo Nº 86 CREASE LA DIRECCION DE LA UNIDAD EJECUTORA PARA LA INCLUSION LABORAL DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 6 Dic. 2012
Fecha de publicacion: 24 Enero 2012
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Decreto Acuerdo Nº 86
CREASE LA DIRECCION DE LA UNIDAD EJECUTORA PARA LA INCLUSION LABORAL DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
San Fernando del Valle de Catamarca, 06 de Diciembre de 2012.
VISTO:
El DecretoAcuerdo N° 266/11, mediante el cual se dispone la aprobación de la estructura orgánica, competencia, misiones y funciones del MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS y;
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario incorporar a la estructura orgánica del referido Ministerio, una Dirección relacionada con una Unidad Ejecutora Provincial para la Inclusión Laboral en todas sus formas, en especial por medio de Cooperativas.
Que tal creación, requiere establecer la conformación organizativa del referido nivel político en el Ministerio de Obras Públicas.
Que esta nueva Dirección basada en criterios de eficiencia, eficacia y razonabilidad, debe posibilitar la proyección y ejecución de los programas que se implementen a nivel provincial y nacional.
Que además, es necesario realizar las tutorías de las nuevas organizaciones en que se agrupe el empleo, fundamentalmente las cooperativas, como también verificar el cumplimiento de las condiciones necesarias para el funcionamiento de las mismas conforme al marco regulatorio vigente.
Que el Poder Ejecutivo está facultado para establecer mediante Decreto las misiones y funciones, ámbitos de competencias y estructuras de los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías y demás organismos y entes que dependen directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del Gobierno Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/07 dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo, en Acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que el Poder Ejecutivo Provincial se encuentra facultado para el dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 149° de la Constitución de la Provincia de Catamarca.
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1º Créase la Dirección de la Unidad Ejecutora Provincial para la Inclusión Laboral con dependencia directa del Ministerio de Obras Públicas.
ARTICULO 2°. Apruébase la nueva Estructura Orgánica del Ministerio de Obras Públicas que como Anexo I se agrega y forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 3°. Apruébase las misiones y funciones de la Dirección de la Unidad Ejecutora Provincial para la INCLUSION LABORAL, las que como Anexo II se agregan y forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 4°. Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos y planta de personal que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente Instrumento Legal.
ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
ANEXO II
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION DE LA UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL PARA LA INCLUSION LABORAL
Misiones
• Coordinar y representar ante organismos Nacionales, Provinciales y Municipales planes y proyectos de Inclusión Laboral a través del trabajo ejecutado por medio de Cooperativas.
• Promover el trabajo por Cooperativas, la capacitación de sus integrantes y la integración social de sus miembros.
• Establecer pautas y estándares de calidad en los trabajos a desarrollar por las Cooperativas.
• Promover los sistemas solidarios de trabajo y autoconstrucción.
Funciones:
• Representar a la Provincia en foros, encuentros y donde sea requerida su presencia, para el desarrollo de espacios de Inclusión Laboral y Social.
• Establecer un registro de Cooperativas habilitadas acompañando su saneamiento y regularización como condición para ejercer un vínculo laboral con el Estado Provincial y Municipal.
• Realizar el seguimiento, control y evaluación de obras ejecutadas por Cooperativas.
• Propiciar capacitaciones periódicas para cooperativas y/o integrantes de Cooperativas.
• Asistir técnicamente a la elaboración de convenios y proyectos entre Municipios y Cooperativas.
Firmantes: CORPACCI-Molina-Gordillo-Acosta-Pfeiffer-Dusso-Mercado-Villagra-Aredes
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: