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Título: Decreto GJ. Nº 91 LA DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES MUNICIPALES DETERMINA LOS MONTOS QUE CORRESPONDERIA A CADA MUNICIPIO PARA EL PAGO DEL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO 2º CUOTA 2011
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 9 Enero 2012
Fecha de publicacion: 31 Enero 2012
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Decreto GJ. Nº 91
LA DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES MUNICIPALES DETERMINA LOS MONTOS QUE CORRESPONDERIA A CADA MUNICIPIO PARA EL PAGO DEL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO 2º CUOTA 2011
San Fernando delValle de Catamarca, 09 de Enero de 2012.
VISTO:
El Expte. Letra S N° 34393/2011, s/Aporte del Tesoro Provincial para Municipios y el Decreto G. y J. N° 404/2011; y
CONSIDERANDO:
Que mediante informe de la Dirección Provincial de Relaciones Municipales, a fs. 25/27 se determina los montos que correspondería a cada Municipio para el pago del Sueldo Anual Complementario 2° cuota 2011.
Que en tal sentido resulta procedente derogar el Decreto G. y J. N° 404/2011 obrante a fs. 21/23, de fecha 22 de diciembre de 2011. Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTICULO 1°. Derógase el Decreto G. y J. N° 404/2011 por los motivos expuestos en los considerandos del presente instrumento legal.
ARTICULO 2°. Otórgase a la Municipalidad de San Fernando del Valle, la suma de pesos un millón con 00/100 ($ 1.000.000,00), la Municipalidad de Andalgalá la suma de pesos ochenta mil con 00/100 ($ 80.000,00), la Municipalidad de Belén la suma de pesos trescientos sesenta y seis mil setecientos ochenta y ocho con 82/100 ($ 366.788,82), la Municipalidad de Capayán la suma de pesos quinientos cuarenta y seis mil quinientos con 63/100 ($ 546.500,63), la Municipalidad de Tinogasta la suma de pesos doscientos ocho mil ciento noventa con 63/100 ($ 208.190,63), la Municipalidad de Huillapima la suma de pesos doscientos quince mil ochocientos ochenta y cinco con 23/100 ($ 215.885,23), la Municipalidad de Pomán la suma de pesos once mil ochocientos cincuenta y seis con 71/100, ($ 11.856,71), la Municipalidad de Paclín la suma de pesos ciento sesenta y siete mil cincuenta y dos con 48/100 ($ 167.052,48), la Municipalidad de Recreo la suma de pesos cien mil con 00/100 ($ 100.000,00), la Municipalidad de Saujíl la suma de pesos cuarenta mil con 00/100 ($ 40.000,00), la Municipalidad de Santa Rosa la suma de pesos cien mil con 00/100 ($ 100.000,00), la Municipalidad de Valle Viejo la suma de pesos cuatrocientos cincuenta y seis mil novecientos treinta y ocho con 60/100 ($ 456.938,60), la Municipalidad de Aconquija la suma de pesos cuarenta mil con 00/100 ($ 40.000,00), la Municipalidad de El Alto la suma de pesos doscientos ochenta mil con 00/100 ($ 280.000,00), la Municipalidad de Icaño la suma de pesos ciento cincuenta y cuatro mil setecientos sesenta y uno con 46/100 ($ 154.761,46), la Municipalidad de Londres la suma de pesos cien mil con 00/100 ($ 100.000,00), la Municipalidad de Pozo de Piedra la suma de pesos ciento sesenta y dos mil cuatrocientos veintitrés con 98/100 ($ 162.423,98), y la Municipalidad de Puerta de Corral Quemado la suma de pesos veintisiete mil seiscientos quince con 04/100 ($ 27.615,04), en concepto de aportes extras destinados a los fines enunciados en los considerandos del presente instrumento Legal.
ARTICULO 3°. La erogación resultante de lo dispuesto por el artículo 1° del presente Decreto se imputará a la siguiente partida del presupuesto vigente:
S.A.F.: 006 Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia.
Jurisdicción: 020 Ministerio de Gobierno y Justicia.
Programa: 97 Otras Categorías Programáticas.
Finalidad: 1 Administración Gubernamental.
Función: 150 Relaciones Interiores.
Inciso: 5 Transferencias.
P. Principal: 7 Transferencias a Instituciones Provinciales y Municipales para financiar gastos corrientes.
P. Parcial: 6 Aportes a Gobiernos Municipales.
Fuente de Financ.: 111 Tesoro Provincial.
Tipo de Moneda: 1 Nacional.
Ubicación Geográfica: 04901 S.F. del Valle de Catamarca.
Unidad Ejecutora: Ministerio de Gobierno y Justicia.
ARTICULO 4°. Tomen conocimiento a sus efectos: SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, DIRECCIÓN DE ADMINIS TRACIÓN DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA S.A.F. 006 , CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA Y TRIBUNAL DE CUENTAS.
ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Gordillo
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: