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Título: Decreto GJ. Nº 1860 APRUEBANSE CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES EN ORGANISMOS DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 9 Nov. 2012
Fecha de publicacion: 7 Feb. 2012
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Decreto GJ. Nº 1860
APRUEBANSE CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES EN ORGANISMOS DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
San Fernando del Valle de Catamarca, 9 de Noviembre de 2012.
VISTO:
El Expediente M 19996/2011, por el cual se gestiona la Contratación de Personal para desempeñar funciones en Organismos dependientes del Ministerio de Gobierno y Justicia; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 6° de la Ley N° 5321 de Presupuesto para el corriente Ejercicio Financiero, prevé dentro de sus excepciones, la posibilidad de cobertura de servicios esenciales debidamente justificados en las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Justicia, Seguridad, Servicios Públicos y Funciones Técnicas y Profesionales, en las demás áreas del Estado, los que serán cubiertos en función a reales necesidades de servicios.
Que se agrega informe de la Subsecretaría de Presupuesto y de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, en Dictamen A.G.G. N° 1024/2011.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme lo dispuesto por el artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA:
ARTICULO 1°.Apruébase en todas sus partes los Contratos de Locación de Servicios, suscriptos Ad referéndum del Poder Ejecutivo, entre el Ministerio de Gobierno y Justicia y el Personal que se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente instrumento legal, para que desempeñen funciones en Organismos dependientes del citado Ministerio; los mismos tendrán vigencia a partir de la fecha del presente instrumento legal y caducarán el 31 de diciembre de 2011.
ARTICULO 2°. El gasto emergente de las presentes contrataciones se afectará a las Partidas de Personal Temporario del Presupuesto vigente del Organismo de destino.
ARTICULO 3°. Autorízase a la Subsecre taría de Presupuesto a realizar las reestructuraciones de cargos que resulten necesarios, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 4°. Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, DIRECCION PROVINCIAL DE ADMINISTRACION, DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HUMANOS, DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFORMACION, UNIDAD CENTRO ‘DE CONTROL DEL GASTO EN PERSONAL y los Organismos mencionados en el Anexo del presente instrumento legal.
ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: