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Detalle del Decreto 1959
  

 

Título: Decreto GJ. N° 1959  APRUEBANSE CONTRATOS DE  LOCACION DE SERVICIOS DE  PERSONAL PARA DESEMPEÑAR  FUNCIONES EN ORGANISMOS  DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE  GOBIERNO Y JUSTICIA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 21 Nov. 2011

Fecha de publicacion: 14 Feb. 2012

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Decreto GJ. N° 1959 

APRUEBANSE CONTRATOS DE  LOCACION DE SERVICIOS DE  PERSONAL PARA DESEMPEÑAR  FUNCIONES EN ORGANISMOS  DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE  GOBIERNO Y JUSTICIA

San Fernando del Valle de Catamarca, 21 de Noviembre de 2011. 

VISTO: 
El Expediente J ­  28511/2011,  por el  cual se gestiona la Contratación de Personal para desempeñar funciones en Organismos dependientes  del Ministerio de Gobierno y Justicia;y

CONSIDERANDO: 
Que el Artículo 6° de la Ley N° 5321 de Presupuesto para el corriente Ejercicio Financiero,  prevé dentro de sus excepciones, la posibilidad de cobertura de servicios esenciales debidamente justificados en las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Justicia, Seguridad, Servicios Públicos  y Funciones Técnicas y Profesionales, en las demás  áreas del Estado, los que serán cubiertos en función a reales necesidades de servicios.

Que se agrega informe de la Subsecretaría de Presupuesto y de la Subsecretaría de Recursos  Humanos y Gestión Pública. 

Que ha tomado intervención Asesoría General  de Gobierno, en Dictamen A.G.G. N° 1086/2011. 

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,  conforme lo dispuesto por el  artículo 149° de la Constitución de la Provincia. 

Por ello, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  DECRETA:

ARTÍCULO 1°.­ Apruébase en todas sus partes el Contrato de Locación de Servicios, suscripto ad referéndum del Poder Ejecutivo, entre el Ministerio de Gobierno y Justicia y el Personal que se detalla  en el Anexo que forma parte integrante del presente  instrumento legal, para desempeñar funciones en Organismos dependientes del citado Ministerio; los  mismos tendrán vigencia a partir  de la fecha del  presente instrumento legal y caducarán el 31 de diciembre de 2011. 

ARTÍCULO 2°.­ El gasto emergente de las  presentes contrataciones se afectara a las Partidas  de Personal Temporario del Presupuesto vigente del  Organismo de destino. 

ARTÍCULO 3°.­ Autorízase a la Subsecretaría  de Presupuesto a realizar  las reestructuraciones  de cargos que resulten necesarios, para dar  cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto. 

ARTÍCULO 4°.­ Tomen conocimiento a sus  efectos: MINISTERIO DE GOBIERNO Y  JUSTICIA, SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO, DIRECCIÓN PROVINCIAL DE  RECURSOS HUMANOS, DIRECCIÓN PRO­  VINCIAL DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN, UNIDAD CENTRO DE CONTROL  DEL GASTO EN PERSONAL y los Organismos mencionados en el Anexo que forma parte integrante  del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 5°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
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