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Detalle del Decreto 1979
  

 

Título: Decreto OSP.  N° 1979  APRUEBASE CONVENIO DE LA OBRA  «SISTEMATIZACION DE CALLE  REPUBLICA FRENTE AL ANTIGUO  HOSPITAL SAN JUAN BAUTISTA»  CELEBRADO ENTRE LA  MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD  CAPITAL Y EL GOBIERNO DE LA  PROVINCIA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 23 Nov. 2011

Fecha de publicacion: 14 Feb. 2012

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Decreto OSP.  N° 1979 

APRUEBASE CONVENIO DE LA OBRA  «SISTEMATIZACION DE CALLE  REPUBLICA FRENTE AL ANTIGUO  HOSPITAL SAN JUAN BAUTISTA»  CELEBRADO ENTRE LA  MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD  CAPITAL Y EL GOBIERNO DE LA  PROVINCIA

San Fernando del Valle de Catamarca,  23 de Noviembre de 2011. 

VISTO: 
El Expte. D ­ 31115/011, por el que se tramita  la aprobación del Convenio para la Obra:  «Sistematización de Calle República frente al  antiguo Hospital San Juan Bautista», celebrado entre el Gobierno de la Provincia y la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca;y

CONSIDERANDO: 
Que el presente Convenio tiene por objeto coordinar esfuerzos con miras a concretar la ejecución de la obra denominada «Sistematización de Calle República frente al antiguo Hospital San Juan Bautista» y está aprobado por Ordenanza N° 5125/11 del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca. 

Que en sus diversas cláusulas han quedado consignadas las obligaciones que asume cada parte  firmante. 

Que el presente acto se dicta, en uso de las  facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia. 

Por ello: 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Apruébase el Convenio para la Obra: «Sistematización de Calle República frente  al antiguo Hospital San Juan Bautista», suscripto entre el Gobierno de la Provincia y la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca, aprobado por Ordenanza N° 5125/11 del Concejo Deliberante  de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, cuya copia forma parte integrante del  presente Instrumento Legal.

ARTICULO 2°.­ Con nota de Estilo hágase conocer  a la Municipalidad de San Fernando del  Valle de Catamarca el presente Decreto. 

ARTICULO 3°.­ Tome conocimiento a sus  efectos: Ministerio de Obras y Servicios Públicos  y Ministerio de Hacienda y Finanzas. 

ARTICULO 4°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y archívese.  Ing. Agrim. EDUARDO BRIZUELA DEL MORAL  Gobernador  de Catamarca  Dr. Luis Oscar J avier Silva  Ministro  de Gobierno y Justicia  a/c Ministerio  de Obras  y Servicios Públicos 

CONVENIO ESPECIFICO

En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil once, entre el Gobierno de la Provincia de Catamarca, representado en este acto por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos,  Ing. Juan Acuña, con domicilio en Pabellón 2 del  Centro Administrativo del Poder Ejecutivo en esta  ciudad, por una parte, en adelante denominada «la  Provincia»; y la Municipalidad de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, representada en este acto por el Señor Intendente Dr. Ricardo Gaspar  Guzmán, por  otra parte, en adelante denominada «la Municipalidad», con domicilio en calle Sarmiento N° 1050 de esta ciudad, y ambas partes  en su conjunto denominadas en adelante Las Partes,  acuerdan en celebrar el presente Convenio Específico, sujeto a las siguientes cláusulas: 

PRIMERA: Objeto. Las Partes acuerdan celebrar el presente convenio específico en virtud de las facultades acordadas, con el objeto de realizar  la obra: «SISTEMATIZACION DE CALLE REPUBLICA FRENTE AL ANTIGUO  HOSPITAL SAN JUAN BAUTISTA», conforme el proyecto que como Anexo I forma parte integrante del presente instrumento y consta de:  Memoria Descriptiva, Plano de Ubicación, planos  generales y de detalle, cómputo, presupuesto, plan de avance de obra y cronograma de desembolsos. 

SEGUNDA; La Municipalidad se obliga a proveer el proyecto ejecutivo, la dirección técnica de la obra y ejecución de la misma,  por sí o por  terceros, tomando a su cargo el posterior  mantenimiento del Paseo. 

TERCERA: La Provincia aportará la suma de pesos quinientos cincuenta y ocho mil setenta y siete  ($ 558.077) para la ejecución de la obra, conforme presupuestos adjuntos en Anexo I del presente,  el  cual incluye: mano de obra, materiales necesarios  y honorarios profesionales para la conducción e inspección de la obra, el aporte se realizará conforme cronograma de desembolsos obrante en la planilla denominada «Avance de obra y Cronograma de inversiones» que forma parte del  Anexo I del presente Convenio, a partir de la fecha en que La Municipalidad dé inicio a los  trabajos. 

CUARTA: La obra tendrá un plazo de ejecución aproximado de cuatro (4) meses a partir del  momento en que la Municipalidad dé inicio a la  obra. 

QUINTA: Para todos los efectos derivados del  presente convenio las Partes fijan domicilio especial  en los indicados en el exordio del presente instrumento y se someten a la jurisdicción de los  Tribunales Ordinarios de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, renunciando a cualquier  otro fuero o jurisdicción que les pudiere corresponder, para solucionar los conflictos  derivados de la interpretación y aplicación del  presente convenio y de los acuerdos que se realicen en virtud del mismo.  

SEXTA: La Municipalidad de San Fernando del  Valle de Catamarca, hace constar que el presente  Convenio entrará en vigencia a partir de su aprobación por el Concejo Deliberante, conforme lo prescribe el artículo 13 lnc. «P» de la Carta Orgánica Municipal. En prueba de conformidad, se firman tres (3)  ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el exordio.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
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