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Título: Decreto DS. HF. N° 2016 APRUEBANSE CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES EN LOS MINISTERIOS DE DESARROLLO SOCIAL Y HACIENDA Y FINANZAS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 23 Nov. 2011
Fecha de publicacion: 17 Feb. 2012
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Decreto DS. HF. N° 2016
APRUEBANSE CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS DE PERSONAL PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES EN LOS MINISTERIOS DE DESARROLLO SOCIAL Y HACIENDA Y FINANZAS
San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de Noviembre de 2011.
VISTO:
El Expediente M13527/2011 (Agreg. M 29705/11; M29706/11; M29675/11; M29676/11; M29677/11), por el cual se gestiona la Contratación de Personal para desempeñar funciones en Organismos dependientes de los Ministerios de Desarrollo Social y Hacienda y Finanzas; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 6° de la Ley N° 5321 de Presupuesto para el corriente Ejercicio Financiero, prevé dentro de sus excepciones, la posibilidad de cobertura de servicios esenciales debidamente justificados en las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Justicia, Seguridad, Servicios Públicos y Funciones Técnicas y Profesionales, en las demás áreas del Estado, los que serán cubiertos en función a reales necesidades de servicios.
Que se agrega informe favorable de la Subsecretaría de Presupuesto y de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, en Dictamen A.G.G Nº 1141/2011.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme lo dispuesto por el artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA:
ARTICULO 1°. Apruébanse, en todas sus partes, los Contratos de Locación de Servicios, suscriptos Ad referéndum del Poder Ejecutivo, entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Hacienda y Finanzas y el Personal que se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente instrumento legal, a efectos de que cumplan funciones en Organismos dependientes de los citados Ministerios, los mismos tendrán vigencia a partir de la fecha del presente instrumento legal y caducarán el 31 de diciembre de 2011.
ARTICULO 2°. El gasto emergente de las presentes contrataciones se afectará a las Partidas de Personal Temporario del Presupuesto vigente del Organismo de destino.
ARTICULO 3°. Autorízase a la Subsecretaría de Presupuesto a realizar las reestructuraciones de cargos que resulten necesarios, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 4°. Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS, SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS Y GESTIÓN PÚBLICA, SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO, DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HUMANOS, DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN, UNIDAD CENTRO DE CONTROL DEL GASTO EN PERSONAL y los Organismo mencionados en el Anexo del presente instrumento legal.
ARTICULO 5. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Acuña-Vega
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: