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Título: Decreto Acuerdo N° 1597 INCLUYASE EN LOS ALCANCES DEL ARTICULO 1° DEL DECRETO ACUERDO N° 2042/06 A LOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS QUE DESEMPEÑEN FUNCIONES DE AUDITOR DE LIQUIDACION DE HABERES
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 2 Dic. 2010
Fecha de publicacion: 11 Enero 2011
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 02 de Diciembre de 2010.
VISTO:
El Expte. D17802/2010/Agregado: J 19175/2010); y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones el personal profesional de la Dirección Provincial de Recursos Humanos, Unidad Centro de Control del Gasto en Personal y del Programa Educativo de Gestión Privada Ex Dirección Provincial de Educación Pública de Gestión Privada, solicitan la inclusión en las disposiciones contenidas en el Decreto Acuerdo N° 2042/2006.
Que la mencionada norma legal equipara el Adicional por Tareas Específicas de la Hacienda Pública en la categoría Profesionales Auditores, con el Adicional para Médicos y Profesionales Auditores de la Obra Social de los Empleados Públicos, a todo el Personal Profesional que desempeñe dichas funciones en la Contaduría General de la Provincia.
Que el Decreto Acuerdo N° 402/95, en su Artículo 2°, establece que la Unidad Centro de Control del Gasto en Personal tendrá a su cargo entre otras atribuciones y funciones el control del gasto en personal en la Administración Pública Provincial dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, cualquiera sea la naturaleza jurídica del organismo de revista del agente o su régimen jurídico o escalafonario, la intervención en el alta, baja, modificaciones o movimientos del personal permanente y no permanente, control de liquidaciones y pagos de haberes que se interrelacione con la Base de Datos de Personal, el Sistema de Contabilidad Presupuestaria y las Bases de Datos del Poder Legislativo, Judicial y Municipios y comunicar las irregularidades, incompatibilidades y/o cambios relevantes a la autoridad competente.
Que por Resolución S.G.G. N° 033/2006, se aprueba la nueva estructura de la Dirección Provincial de Recursos Humanos estableciendo para el Departamento Haberes, entre otras, las acciones de recepción, control y remisión de la información que afecte las liquidaciones de haberes mensuales de los agentes de la administración pública, informar a la superioridad cuando se verifiquen irregularidades en las Altas, Bajas o Modificaciones de Situación de Revista de los Agentes y que afecten su liquidación, verificar altas y bajas de acuerdo a los instrumentos legales que avalen las mismas y verificar las deudas; tareas que se desarrollan en forma conjunta con la Unidad Centro de Control del Gasto en Personal y que deben coexistir a fin de cumplir con el objetivo de una correcta liquidación de haberes.
Que la Ley N° 3387 de Enseñanza Privada establece en su Capítulo VII De las Auditorías Contables, artículos 51° y 52° que el Organismo encargado de la Gestión Privada contará con una Auditoría Contable bajo la dirección de un graduado de las Ciencias Económicas, que tendrá a su cargo realizar las auditorías contables en los Establecimientos Educacionales de su dependencia.
Que la Dirección Provincial de Recursos Humanos, la Unidad Centro de Control del Gasto en Personal y el Programa Educativo de Gestión Privada, emiten informes favorables sobre lo peticionado por los profesionales de las Ciencias Económicas, atento a la importante labor de Control y Supervisión de liquidaciones de sueldos que realizan los mismos en las áreas mencionadas.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas realiza la evaluación financiera y presupuestaria de implementación del Adicional solicitado, considerando viable el pedido de que el Personal Profesional Auditor de los citados Organismos perciban el Adicional por Tareas Específicas de la Hacienda Pública en la Categoría de Profesionales Auditores conforme a las disposiciones contenidas en el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 2042/2006.
Que a fs. 65, Asesorajustado a derecho equiparar el adicional mencionado para los profesionales Auditores de Ciencias Económicas de la Dirección Provincial de Recursos Humanos, de la Unidad Centro de Control del Gasto en Personal y del Programa Educativo de Gestión Privada.
Que Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen AGG N° 747/2010, toma intervención no formulando objeciones al presente trámite.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, en virtud de lo establecido en el Artículo 149° de la Constitución Provincial.
ARTICULO 1°. Inclúyase en los alcances del artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 2042 de fecha 26 de diciembre de 2006, al Personal Profesional de Ciencias Económicas que desempeñen funciones de Auditor de liquidaciones de haberes de la Administración Pública Provincial y de Establecimientos Educativos Privados, en la Dirección Provincial de Recursos Humanos, Unidad Centro de Control del Gasto en Personal y Programa Educativo de Gestión Privada.
ARTICULO 2°. A los fines de la percepción del Adicional instituido por el artículo 1 ° del presente Decreto, los titulares de los organismos: Dirección Provincial de Recursos Humanos, Unidad Centro de Control del Gasto en Personal y Programa Educativo de Gestión Privada, asignarán las funciones de Auditor al personal competente, mediante acto administrativo expreso.
ARTICULO 3°. Tomen conocimiento, a sus efectos: SUBSECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS Y GESTION PUBLICA, DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HUMANOS, UNIDAD CENTRO DE CONTROL DEL GASTO ENPERSONAL, DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFORMACION, PROGRAMA EDUCATIVO DE GESTION PRIVADA Y DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
ARTICULO 4°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.ía de Gabinete de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública mediante Dictamen N° 260/2010, considera
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Acuña-Marcolli-Bellón-Vega
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: