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Título: Decreto Acuerdo N° 2163 APRUEBASE EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES Y RECREACION Y LA RAZON SOCIAL SANTA MONICA ARGENTINA S.A.
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 5 Dic. 2011
Fecha de publicacion: 13 Marzo 2012
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Decreto Acuerdo N° 2163
APRUEBASE EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES Y RECREACION Y LA RAZON SOCIAL SANTA MONICA ARGENTINA S.A.
San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de Diciembre de 2011.
VISTO:
El Expediente S 28250/11, mediante el cual la SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES Y RECREACION, solicita la Aprobación del Convenio celebrado entre esa Secretaría y la firma SANTA MONICA ARGENTINA S.A.; y la autorización para contratar mediante el procedimiento de Contratación Directa por Significación Económica Artículo 98° inc. c) de la Ley N° 4938; y
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado Convenio tiene como finalidad la realización en nuestra Provincia de los primeros seis (06) partidos de fútbol de los 32avos de Final de la Edición 2011 de la Competencia correspondiente al Grupo 3 de la denominada «COPA ARGENTINA», durante los días 23 y 30 de Noviembre y 07 de Diciembre del corriente año, en el Estadio Provincial Bicentenario, televisándose los mencionados encuentros por Canal 7 de Buenos Aires, dentro de la programación de «FUTBOL PARA TODOS».
Que, la oportunidad cedida a Catamarca como sede oficial para la organización de estos encuentros deportivos es de gran importancia, ya que no solo permite impulsar la actividad deportiva de la Provincia, sino que además permite validar el reconocimiento de Organismos Deportivos Nacionales como la Asociación del Fútbol Argentino A.F.A., que eligió a Catamarca para llevar a cabo dicho evento deportivo.
Que, lo gestionado se encuentra normado por la Ley N° 4938, que establece y regula «La Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y Sistemas de Control del Sector Público Provincial», sus Reglamentos y Decretos modificatorios y/o complementarios.
Que, por lo expresado, y atento a la proximidad del evento, resulta necesario dictar normas de excepción respecto al monto para contratar mediante la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica — Art. 98° inc. c) de la Ley N° 4938, siendo menester modificar el Artículo 23° inciso a) del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08, Contratación Directa por Significación Económica hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCO MIL ($ 605.000,00), como así también el Artículo 51°, inc. a) Autoridades Competentes y exceptuar de lo previsto por los Artículos 19° y 58° de la misma norma legal. Que consta la debida intervención de Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deportes y Recreación Dictámenes A.L.S.D. y R. N° 21/11 y N° 26/11, Contaduría General de la Provincia Informes C.G.P. N° 3645/11 y N° 3760/11; y Dictamen A.G.G. N° 1185/11 de Asesoría General de Gobierno.
Que, el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes, el Convenio celebrado entre la SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES Y RECREACION y la razón social SANTA MONICA ARGENTINA S.A., con domicilio en Avenida del Libertador N°7395 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, referido a la realización en nuestra Provincia de los primeros seis (06) partidos de fútbol de los 32avos de Final de la Edición 2011 de la Competencia correspondiente al Grupo 3 de la denominada «COPA ARGENTINA», durante los días 23 y 30 de Noviembre y 07 de Diciembre del corriente año, en el Estadio Provincial Bicentenario, por las razones expresadas en el exordio.
ARTICULO 2°. Autorízase a la SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES Y RECREACION en forma excepcional y para el evento «Copa Argentina», a contratar bajo el Régimen de Contratación Directa por Significación Económica previsto en el Artículo 98° inc. c) de la Ley N° 4938, hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCO MIL ($ 605.000,00), que tendrá por finalidad atender los gastos que demanden el pago del canon y de los premios económicos a los equipos que resulten vencedores del citado evento deportivo, conforme lo dispuesto por el Convenio que se aprueba en el Artículo 1° del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 3°. Facúltase a la SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES Y RECREACION, a autorizar, aprobar y adjudicar las contrataciones que se realizaren en el marco de lo dispuesto por el presente Instrumento Legal.
ARTICULO 4°. A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por los Artículos precedentes del presente Instrumento Legal, modificase en forma excepcional y por única vez para la SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES Y RECREACION, lo dispuesto por el Artículo 23° inciso a) Contratación Directa por Significación Económica, y Artículo 51 inciso a) del Decreto Acuerdo N° 2248/08.
ARTICULO 5°. Exceptúase a la SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES Y RECREACION del alcance de lo dispuesto por los Artículos 19° y 58° Anexo I del Decreto Acuerdo N° 2248/08.
ARTICULO 6°. Los gastos emergentes del desarrollo de este evento, se imputarán a las Partidas Presupuestarias correspondientes del Presupuesto vigente.
ARTICULO 7°. Tomen conocimiento a sus efectos: SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO 016 SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES Y RECREACION, CONTA DURIA GENERAL DE LA PROVINCIA Y TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA.
ARTICULO 8°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Bellón-Marcolli-Perna-Vega
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: