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Detalle del Decreto 2194
  

 

Título: Decreto ECyT. N° 2194  DISPONESE LA CREACION A PARTIR  DEL PERIODO LECTIVO 2011 DE  ESCUELAS SECUNDARIAS CON LA  APROBACION DE SUS PLANTAS  ORGANICAS

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 6 Dic. 2011

Fecha de publicacion: 16 Marzo 2012

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Decreto ECyT. N° 2194 

DISPONESE LA CREACION A PARTIR  DEL PERIODO LECTIVO 2011 DE  ESCUELAS SECUNDARIAS CON LA  APROBACION DE SUS PLANTAS  ORGANICAS

San Fernando del Valle de Catamarca,  06 de Diciembre de 2011. 

VISTO: 
El Expte. M/30315/2011 por el que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, tramita la ratificación de la Resolución Ministerial ECyT. N° 247 de fecha 12.MAY.2011, y

CONSIDERANDO: 
Que a través de la Resolución Ministerial ECyT.  N° 247/2011, el Ministerio de Educación, Ciencia  y Tecnología ­ad referéndum del Poder Ejecutivo­  autoriza el inicio de las actividades en las Escuelas  Secundarias con trámite de creación en curso y que se detallan en el Anexo Unico de la misma; tales  son: Escuela Secundaria Orientada en la localidad de San José Norte, Departamento Santa María;  Escuela Secundaria Orientada en la localidad de Recreo, Departamento La Paz; Escuela Secundaria  Orientada en la localidad de Saujil, Departamento Pomán; Escuela Secundaria para Jóvenes y Adultos  ­ Modalidad Contextos de Encierro, en la localidad de Miraflores, Departamento Capayán; Escuela Secundaria para Jóvenes y Adultos en la Villa de Ancasti y Anexo La Majada, Departamento Ancasti;  Escuela Secundaria para Jóvenes y Adultos en el  Barrio 920 Viviendas, Departamento Capital;  Escuela Secundaria de Arte Especializada en la Villa  de Pomán, Departamento Pomán; Escuela Secundaria de Arte Especializada en la localidad de Recreo, Departamento La Paz; dos (2) Escuelas  Secundarias de Arte Especializadas en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca,  Departamento Capital; Anexo en la localidad de La  Merced del ex Colegio Polimodal N° 61 de Balcozna, Departamento Paclín; Anexo en la localidad de San Martín del ex Colegio Polimodal  N° 72 de Chumbicha, Departamento Capayán; y Anexo en la localidad de Los Molles de la Escuela  Agrotécnica de Alijilán, Departamento Santa Rosa. 
Que esta decisión de dar inicio a las actividades  obedeció a la necesidad de dar cumplimiento con la política educativa imperante y adoptada en virtud del mandato de normas de jerarquía superior, tanto provinciales como nacionales. 
Que en efecto, la Ley de Educación Nacional  26.206 implementa una transformación del Sistema Educativo,  a la cual la Provincia adhiere a través  de la Ley 5302. 
Que por su parte, el Decreto ECyT. N° 55/2011,  en su Artículo 1° dispone la puesta en marcha de la Nueva Estructura del Sistema Educativo Provincial, en el marco de la transformación, a partir del  01.ENE.2011,  conforme las prescripciones de la Ley de Educación Nacional 26.206; la Ley de Educación Técnico Profesional  26.058; las Leyes  Provinciales 5302 y 5226 que adhieren respectivamente a las mismas; la Ley de Financiamiento Educativo 26.075 y los  Documentos emanados del Consejo Federal de Educación. 
Que la reestructuración de las escuelas  existentes y la creación de nuevas unidades  educativas resulta totalmente necesaria para posibilitar la puesta en marcha del nuevo sistema educativo y atento que el propio Decreto ECyT. N° 55/2011 dispuso dicha implementación a partir del  01.ENE.2011, se requirió de medidas de carácter  urgente, que imposibilitaron esperar la tramitación de expedientes administrativos para la creación formal, ante la burocracia del sistema adminis­  trativo. 
Que por ello, el dictado de la Resolución Ministerial ECyT. N° 247/2011 se encuentra plenamente justificado en atención a que tiende a la concreción de uno de los servicios esenciales del  Estado, como lo es el de impartir la enseñanza obligatoria, dentro de parámetros de igualdad y libertad y otros fines que nutren al nuevo sistema a nivel nacional y provincial. Pero,  fundamentalmente, resulta ajustada a derecho toda vez que el Decreto ECyT. N° 55/2011, en su Artículo 4°, habilita y obliga al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia a «... adoptar las decisiones de carácter  organizacional, funcional y técnico­pedagógicas  que sean necesarias a estos fines». 
Que por otra parte, se observa que las escuelas  cuya creación se propicia son acordes, en cuanto a  su denominación a la nueva escuela secundaria conforme al Decreto ECyT. N° 55/2011 y Resoluciones dictadas al  amparo del  mismo que aprueban las Estructuras Curriculares y Propuestas  de Organización para las diversas modalidades de la nueva escuela secundaria,  a saber: Resolución Ministerial ECyT. N° 120/2011 para la Educación Secundaria Técnica; Resolución Ministerial ECyT.  N° 156/2011 para la Educación Secundaria Modalidad Orientada; Resolución Ministerial  ECyT. N° 196/2001 para la Educación Secundaria  para Jóvenes y Adultos; y Resolución Ministerial  ECyT. N° 750/2011 para la Educación Secundaria  de Arte Especializada. 
Que desde fs. 21 hasta fs. 84 se han incorporado las correspondientes de Plantas Orgánicas  Funcionales de las nuevas unidades educativas; que contemplan las ofertas residuales que coexistirán durante la etapa de transición, y las propuestas de la Nueva Escuela Secundaria de conformidad con las estructuras aprobadas por los instrumentos  citados en el considerando precedente. 
Que por último, no resulta un elemento menor  que el propio titular de la cartera ministerial solicite,  con fecha 08.NOV.2011, la ratificación de lo actuado al Poder Ejecutivo; ya que con ello se pueden inferir al menos dos extremos, uno que se encuentra acreditada la necesidad de funcionamiento de las citadas unidades educativas;  y otro, que ya finalizando el ciclo lectivo 2011 se cuenta con un balance positivo de tal  funcionamiento. 
Que por  lo expuesto,  la Dirección de Asuntos  Jurídicos del  Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en Dictamen DAJ.N° 602/2011 (fs. 17/20),  considera que nada obsta para que el Poder Ejecutivo ratifique, a través del acto administrativo pertinente, la Resolución Ministerial ECyT. N° 247/2011. 
Que sugiere también que, por razones de debido orden administrativo, los expedientes por los cuales  se tramita la creación de las mismas de manera individual, y que figuran en el Anexo Único de la  Resolución Ministerial ECyT. N° 247/2011, sean dejados sin efecto disponiéndose su archivo. 
Que Asesoría General  de Gobierno,  mediante  Dictamen AGG. N° 1296/2011 (fs. 147/148),  expresa que habiéndose analizado el proyecto de decreto que se somete a consideración, no hay observaciones que formular al reunir el mismo los  requisitos formales y sustanciales que hacen a la  validez del acto. 
Que el presente acto se dicta en uso de las  facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Ratifícase lo dispuesto por la  Resolución Ministerial ECyT. N° 247 de fecha 12.MAY.2011 del Ministerio de Educación, Ciencia  y Tecnología. 

ARTICULO 2°.­ Dispónese la creación, a partir  del período lectivo 2011 de las Escuelas Secundarias  cuyas Plantas Orgánicas Funcionales se aprueban según el siguiente detalle de Anexos:  
ANEXO I: Escuela Secundaria N° 78 ­San José­ Departamento Santa María. 
ANEXO II: Escuela Secundaria N° 79 ­  Recreo­ Departamento La Paz. 
ANEXO III: Escuela Secundaria N° 80. ­  Saujil­ Departamento Pomán. 
ANEXO IV: Escuela Secundaria para Jóvenes y Adultos N° 03 ­ Modalidad Contextos de Encierro ­Miraflores­ Departamento Capayán. 
ANEXO V: Escuela Secundaria para Jóvenes  y Adultos N° 02 ­Villa de Ancasti­ y Anexo La Majada, Departamento Ancasti.
ANEXO VI: Escuela Secundaria para Jóvenes  y Adultos N° 01 ­Barrio 920 Viviendas­  Departamento Capital.
ANEXO VII: Escuela Secundaria de Arte Especializada N° 03 ­Villa de Pomán­ Departa­  mento Pomán. 
ANEXO VIII: Escuela Secundaria de Arte Especializada N° 04 ­Recreo­ Departamento La Paz. 
ANEXO IX: Escuela Secundaria de Arte Especializada N° 01 ­ Departamento Capital.
ANEXO X: Escuela Secundaria de Arte Especializada N° 02 ­ Departamento Capital. 
ANEXO XI: Anexo en la localidad de La Merced de la Escuela Secundaria N° 61 de Balcozna ­ Departamento Paclín. 
ANEXO XII: Anexo en la localidad de San Martín de la Escuela Secundaria N° 72 de Chumbicha ­ Departamento Capayán. 
ANEXO XIII: Anexo en la localidad de Los  Molles de la Escuela Agrotécnica de Alijilán ­ Departamento Santa Rosa. 

ARTICULO 3°.­ Dispónese el archivo, por parte  de los organismos del área educativa que al efecto corresponda, de los expedientes administrativos que tramitaban en forma individual la creación de las  escuelas secundarias detalladas en el artículo precedente, y que figuran en la Resolución ECyT.  N° 247/2011. 

ARTICULO 4°.­ Tomen conocimiento:  Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología,  Subsecretaría de Gestión Educativa, Agencia de Gestión, Niveles y Modalidades Educativas,  Agencia de Educación Técnica y Formación Profesional, Subsecretaría de Coordinación Administrativa Dirección Provincial de Recursos Humanos del área, y Subsecretaría de Planeamiento Educativo. 

ARTICULO 5°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial, Archívese. 

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Perna

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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