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Detalle del Decreto 1771
  

 

Título: Decreto DS. Nº 1771  APRUEBASE ADDENDA IV DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACION CELEBRADO  ENTRE LA SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA Y EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 30 Dic. 2010

Fecha de publicacion: 11 Feb. 2011

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Decreto DS. Nº 1771
APRUEBASE ADDENDA IV DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACION CELEBRADO ENTRE LA SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA Y EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA

San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de Diciembre de 2010.

VISTO:
El Expte. M2838610 (M0000063310) mediante el cual se gestiona la aprobación del Addenda IV del Convenio Marco de Cooperación celebrado entre la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia y el Ministerio de Desarrollo Social para la ejecución del Proyecto «Familia y Comunidad, un espacio de participación» y «Hacia un nuevo paradigma», y

CONSIDERANDO:
Que, el Convenio Marco de Cooperación se aprobó mediante Resolución SENAF N° 436/2007; del cual se celebra Addenda IV, acordando Asistencia Técnica y Financiera para el Desarrollo de los Proyectos denominados «Familia y Comunidad un espacio de participación» y «Hacia un nuevo Paradigma» en la Provincia de Catamarca.
Que, de acuerdo a lo estipulado en Ley N° 26.061 Artículo 44°, establece que la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia de la Nación, tiene la función de efectivizar la transferencia de fondos a los Estados Provinciales para la financiación de las políticas de niñez y adolescencia.
Que, el citado proyecto tiene como objetivo fortalecer el rol de la familia y promover redes comunitarias para asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; el reforzar el vínculo a través de la asunción de roles y funciones dentro de la dinámica familiar; el generar espacios de expresión y reflexión de los miembros de las familias; el propiciar espacios de participación comunitaria tendientes a promover redes sociales; fortalecer, sensibilizar y/o crear espacios que permitan la conformación de un Sistema Provincial de Protección Integral que garantice el accionar responsable de orden público y privado para el efectivo cumplimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes; brindar asistencia técnica a través de capacitaciones al recurso humano del área del Ministerio de Desarrollo Social y a representantes de otras áreas gubernamentales para conformar equipos de trabajo interdisciplinarios capacitados en promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes según la normativa vigente y promover que los Consejos Distritales sean espacios válidos y concretos de cada comunidad para canalizar en la realidad, intereses, expectativas y aspiraciones.
Que, han tomado debida intervención Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social mediante Dictamen N° 467/10; Contaduría General de la Provincia a través de informe CGP N° 5213/10 y Asesoría General de Gobierno en Dictamen AGG N° 866/10.
Que, el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes Addenda IV del Convenio Marco de Cooperación celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Catamarca, acordando Asistencia Técnica y Financiera para el desarrollo de los Proyectos «Familia y Comunidad, un espacio de participación» y «Hacia un nuevo paradigma», el que como Anexo pasa a formar parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 2°. Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas.

ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y ARCHIVESE.

ADDENDA IV

El MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, representado en este acto por la titular de La SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, Lic. Marcela Paola VESSVESSIAN, en adelante «MDSSENAF», con domicilio en la calle Tte. Gral. J. D. Perón N° 524 de la Ciudad de Buenos Aires, por una parte y por la otra, el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, en adelante «LA PROVINCIA», representada en este acto por el Dr. José Omar VEGA, D.N.I. 18.478.412, en su carácter de Ministro de Desarrollo Social, con domicilio en Avenida Venezuela S/N, San Fernando del Valle de Catamarca, Provincia de Catamarca y; considerando que ambas partes han rubricado el CONVENIO MARCO: DE COOPERACION entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y la Provincia de Catamarca protocolizado mediante Resolución SENAF N° 436/2007.
Que la Provincia ha elevado oportunamente a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia mediante Expediente N° ESENAF1760 2010, un proyecto que tiene como objeto la solicitud de la asistencia técnica y financiera necesaria para el desarrollo de los Proyectos denominados «Familia y comunidad, un espacio de participación» y «Hacia un nuevo paradigma» a ejecutarse en la citada provincia bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Social, de la Provincia de Catamarca. Que el mismo cumple en un todo con lo estipulado en el CONVENIO MARCO DE COOPERACION. Que el Artículo 44 de la Ley N° 26.061 establece, entre las funciones de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, la de efectivizar la transferencia de fondos a los Estados Provinciales para la financiación de las políticas de niñez y adolescencia. Que conviene en celebrar una ADDENDA al CONVENIO MARCO DE COOPERACION de conformidad con las siguientes cláusulas:
Primera : «MDSSENAF» conviene aprobar los Proyectos denominados «Familia y comunidad, un espacio de participación» y «Hacia un nuevo paradigma» presentados por «LA PROVINCIA»; por adecuarse a los objetivos convenidos en la cláusula primera del Convenio Marco de Cooperación oportunamente suscripto por las partes. El mismo tendrá una duración de SEIS (6) meses.
Segunda : «MDSSENAF» transferirá a «LA PROVINCIA» en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas, la suma de PESOS OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO ($ 819.148,00.), para financiar con exclusividad los objetivos previstos de los Proyectos «Familia y comunidad, un espacio de participación» y «Hacia un nuevo paradigma», cuyas líneas de acción, tipo de destinatarios, actividades planificadas y presupuesto, figuran en la ficha de los Proyectos que se adjunta como Anexo de la presente Addenda, la que será depositada, en la cuenta corriente N° 46601565/05 del Banco Nación. Las partes acuerdan que el inicio de ejecución de los Proyectos «Familia y comunidad, un espacio de participación» y «Hacia un nuevo paradigma» se efectuará a partir de la fecha de acreditación del monto asignado en la cuenta corriente antes mencionada.
Tercera : «MDSSENAF» realizará el monitoreo y evaluación del presente proyecto, «LA PROVINCIA» deberá remitir Informes cada TRES (3) meses, de Avance de Gestión y de Seguimiento de Metas Físicas, de acuerdo a los modelos que se adjuntan como Anexos I y III respectivamente, de la presente Addenda.
Cuarta : A los efectos de realizar la rendición de cuentas, las partes acuerdan cumplimentar el proceso administrativo que se adjunta como Anexo II (anexos A y B), Las rendiciones parciales deberán presentarse dentro de un plazo de 90 días corridos, contados a partir de la fecha del desembolso. Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula Novena del Convenio Marco de Cooperación.
Quinta : «LA PROVINCIA» se compromete a dar cumplimiento a los lineamientos generales consensuados en el Acta Compromiso de fecha 7 de agosto de 2008 y en la Declaración de fecha 12 de febrero de 2009, garantizando el derecho a la identidad; y a implementar dentro de las políticas públicas destinadas a la Niñez, la participación ciudadana de los Niños, Niñas y Adolescentes.
En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 30 días del mes de Junio de 2010.

Lic. Marcela Paola Vessvessian
Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia Ministerio de Desarrollo Social

Dr. José Omar Vega
Ministro de Desarrollo Social

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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