Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto /

Decreto
  
    

  
Detalle del Decreto 1778
  

 

Título: Decreto  S.  Nº 1778  APRUEBANSE CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS DE PERSONAL EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE SALUD

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 30 Dic. 2010

Fecha de publicacion: 15 Feb. 2011

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto S. Nº 1778
APRUEBANSE CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS DE PERSONAL EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE SALUD

San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de Diciembre de 2010.

VISTO:
El Expediente M 328882010, por el cual se gestiona la Contratación del Personal para desempeñar funciones en dependencias del MINISTERIO DE SALUD, y;

CONSIDERANDO:
Que el artículo 6° de la Ley N° 5303 de Presupuesto para el corriente Ejercicio Financiero, prevé dentro de sus excepciones, la posibilidad de cobertura de servicios esenciales debidamente justificados en las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Justicia, Seguridad, Servicios Públicos y Funciones Técnicas y Profesionales, en las demás áreas del estado.

Que el Personal contratado, se regirá conforme la Ley N° 5161 de la Carrera del Personal Sanitario y su Decreto Reglamentario N° 1659 de fecha 31OC2006.
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, en Dictamen N° 885 de fecha 30 de Diciembre de 2010.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme lo dispuesto por el artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA:

ARTICULO 1°. Apruébense en todas sus partes los Contratos de Locación de Servicios, suscriptos Ad referéndum del Poder Ejecutivo, entre el Ministerio de Salud y el Personal que se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente instrumento legal, a efectos que cumplan funciones en dependencias del Ministerio de Salud; los mismos tendrán vigencia a partir de la fecha del presente instrumento legal y caducarán el 31 de diciembre de 2010.

ARTICULO 2°. El gasto emergente de las presentes contrataciones se afectará a las Partidas de Personal Temporario del Presupuesto vigente del Organismo de destino.

ARTICULO 3°. Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE SALUD, SUBSECRE TARIA DE RECURSOS HUMANOS Y GESTION PUBLICA, SUBSECRETARIA DE PRESUPUES TO, DIRECCION PROVINCIAL HOSPITAL INTERZONAL «SAN JUAN BAUTISTA», DIRECCION PROVINCIAL HOSPITAL INTERZONAL DE NIÑOS «EVA PERON», DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HUMANOS, DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFORMACION, Y UNIDAD CENTRO DE CONTROL DEL GASTO EN PERSONAL.

ARTICULO 4°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Marcolli

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 13/2011

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto, envianos tu comentario: