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Detalle del Decreto 519
  

 

Título: Decreto ECyT. Nº 519 CREASE Y APRUEBASE LA PLANTA ORGANICA FUNCIONAL DE LA ESCUELA SECUNDARIA ORIENTADA Nº 83

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 25 Abril 2013

Fecha de publicacion: 31 Mayo 2013

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Decreto ECyT. Nº 519

CREASE Y APRUEBASE LA PLANTA ORGANICA FUNCIONAL DE LA ESCUELA SECUNDARIA ORIENTADA Nº 83

San Fernando del Valle de Catamarca, 25 de Abril de 2013.

VISTO: El Expte. S/8162/2013, por el que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, tramita la creación de una Escuela Secundaria Orientada en la localidad de Pozo El Mistol, Departamento Valle Viejo, y

CONSIDERANDO: Que a fs. 01, mediante Nota SPE. Nº 107 de fecha 19 de Abril de 2013, la Subsecretaría de Planeamiento Educativo se dirige a la Subsecretaría de Gestión Educativa con el propósito de elevar, para su consideración, el Proyecto de Creación de la Escuela Secundaria Nº 83 en la localidad de Pozo El Mistol, Departamento Valle Viejo.

Que a fs. 05/10, se incorpora Proyecto de Creación de la Escuela Secundaria Nº 83, elaborado por personal técnico de la Subsecretaría de Planeamiento Educativo, en el cual se consideran los siguientes aspectos: Fundamentación; Caracterización del Contexto Socio Económico y Cultural; Demanda Educativa de la Comunidad; la Oferta Educativa en el Departamento Valle Viejo; Infraestructura y Recursos Humanos.

Que en la Fundamentación del citado Proyecto se expresa que la ampliación de la oferta educativa de Nivel Secundario a través de la creación de escuelas y de las condiciones necesarias para su funcionamiento, se inscribe en la meta de incrementar el nivel de cobertura de la población en edad de asistir al nivel secundario. No obstante, el objetivo de mayor alcance es democratizar la educación, esto es, lograr que la distribución del conocimiento se realice con criterios de igualdad, justicia y calidad, asegurando no sólo la inclusión, sino también la permanencia y promoción de todos los alumnos, especialmente de quienes se encuentran en situación de desventaja para ejercer el derecho a la educación. El desafío de democratizar la educación implica, entonces, articular de manera coherente tres ejes de la política educativa: la inclusión, la igualdad y la calidad en todos los niveles y modalidades de la educación obligatoria, especialmente en secundaria.

Que los desafíos asumidos son complejos, sin embargo los impulsa la convicción de que la educación sigue siendo la herramienta más tenaz para luchar contra la pobreza y la exclusión, para restituir la cohesión y el tejido social, para formar ciudadanos libres, concientes de la historia y comprometidos con el bien común.

Que en ese marco, se propone la ampliación de la oferta educativa en el Nivel Secundario en el Departamento Valle Viejo a través de la creación de la Escuela Secundaria Nº 83, teniendo en cuenta los informes de factibilidad emitidos por el área de programación edilicia de la Subsecretaría de Planeamiento Educativo y por la existencia de una demanda potencial y efectiva, es decir, de alumnos en edad de asistir al nivel secundario en la escuela mencionada.

Que dicha demanda educativa se precisa, determinando la orientación que más se adecúa a las necesidades, condiciones y características del entorno social y educativo de la escuela a crear. En tal sentido, a través del Acta Nº 130 de fecha 3 de Diciembre de 2012 obrante a fs. 03/04, la comunidad educativa representada por padres; directivos y docentes de la Escuela Primaria Nº 31 «Bartolomé Mitre»; directivos de la Escuela Primaria Nº 8 «Gdor. José Cubas»; y representantes del equipo técnico de la Subsecretaría de Planeamiento Educativo, acuerdan la necesidad de implementar las orientaciones de Ciencias Sociales y Humanidades, y Economía y Administración.

Que dicha creación constituye una respuesta a una demanda real que, hasta la fecha, es atendida a través de los edificios y equipos de gestión de las escuelas primarias de la zona. En tal sentido, el relevamiento realizado solamente en la Escuela Primaria Nº 31 revela que el Ciclo Básico de la Escuela Secundaria cuenta con una matrícula de ciento treinta y un (131) alumnos distribuidos en dos (2) divisiones por año.

Que en lo concerniente al componente infraestructura, la Escuela Secundaria Nº 83 funcionará en el edificio de la Escuela Primaria Nº 31 «Bartolomé Mitre», la cual cuenta con las dependencias adecuadas y demás recursos necesarios para el desarrollo de las actividades.

Que a fs. 13/17, la Dirección Provincial de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, ha incorporado la correspondiente Planta Orgánica Funcional de la nueva unidad educativa.

Que a fs. 19, la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología informa que la Dirección de Educación Secundaria realizó las previsiones presupuestarias necesarias para hacer frente a la creación de la escuela en cuestión durante el ejercicio financiero 2013.

Que a fs. 21/23, obra Dictamen DAJ. Nº 190/ 2013 de la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.

Que a fs. 25, obra Nota S. de P. Nº 897/2013 de la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas, en la cual ese organismo expresa que, una vez dictado el acto administrativo de creación del nuevo establecimiento educativo de nivel secundario, el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología deberá proceder a modificar partidas presupuestarias de otras categorías programáticas, a fin de incorporar las necesarias para el devengamiento de las obligaciones emergentes de dicha creación.

Que a fs. 27, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen AGG. Nº 594/2013, manifestando que ratifica el Dictamen Nº 190/2013 elaborado por el Servicio Jurídico del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.

Que la Provincia, como una obligación y carga constitucional, es la de garantizar la educación integral no sólo de los niños, sino de la juventud como lo indica el Artículo 65°, Apartado IV, Inc. 1), 2) y 3) y Artículos 264° y 266° de la Constitución Provincial. Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.
Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°.- Dispónese la creación, a partir del período lectivo 2013, de la Escuela Secundaria Orientada Nº 83 en la localidad de Pozo El Mistol, Departamento Valle Viejo, la que funcionará en el edificio de la Escuela Primaria Nº 31 «Bartolomé Mitre», sito en la misma localidad.

ARTICULO 2°.- Apruébase la Planta Orgánica Funcional de la Escuela Secundaria Orientada Nº 83, según detalle del Anexo Unico que forma parte integrante del presente Decreto, conforme lo previsto en la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 2013.

ARTICULO 3°.- La Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología deberá gestionar, ante la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas, las reasignaciones presupuestarias necesarias para el devengamiento de las obligaciones emergentes de las escuelas creadas por el presente instrumento legal.

ARTICULO 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente Instrumento legal.

ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Primaria, Dirección de Educación Secundaria, Subsecretaría de Coordinación Administrativa, Dirección Provincial de Recursos Humanos del área, y Subsecretaría de Planeamiento Educativo.

ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial, Archívese.-

 

 

Firmantes: CORPACCI- Gordillo - Aredes

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
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