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Título: Decreto Acuerdo Nº 564 DEROGASE EL ARTICULO 12º DEL DECRETO Nº 860/92 QUE DISPONIA LA DENOMINACION DE LA ADMINISTRACION GENERAL DE JUEGOS Y SEGUROS (A.G.J.Y S.)
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 3 Abril 2012
Fecha de publicacion: 24 Abril 2012
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Decreto Acuerdo Nº 564
DEROGASE EL ARTICULO 12º DEL DECRETO Nº 860/92 QUE DISPONIA LA DENOMINACION DE LA ADMINISTRACION GENERAL DE JUEGOS Y SEGUROS (A.G.J.Y S.)
San Fernando del Valle de Catamarca, 03 de Abril de 2012.
VISTO:
Las actuaciones identificadas como Expte. Letra «A» N° 467/12 caratuladas: «Administración Gral. de Juegos y Seguros e/Información de Nación Seguros S.A. para cambio de denominación», y;
CONSIDERANDO:
Que la intervención de la Administración General de Juegos y Seguros propicia el restablecimiento de la denominación de la entidad, conforme lo asigna la Ley de Creación original, esto es «Caja de Prestaciones Sociales de Catamarca» (CA.PRE.S.CA.).
Que dicha denominación fue oportunamente modificada por el de «Administración General de Juegos y Seguros» (A.G.J.YS.) conforme lo dispuesto por el Art.12º del Dcto. N° 860/92.
Que en virtud a que la Ley Nº 20.091 que regula la actividad aseguradora exige una serie de requisitos para autorizar el uso de la palabra «seguro» en la denominación del organismo, los cuales no se encuentran cumplimentados, y a fin de no transgredir dicha normativa; es necesario modificar el actual nombre de la entidad.
Que el nombre asignado originariamente por el Art. 1º de la Ley Nº 4217, es por usos y costumbres, la denominación con la que la comunidad catamarqueña identifica al organismo, por lo que resulta razonable y coherente restituir el mismo en atención a su vigencia.
Que Asesoría Jurídica del Ministerio de Hacienda y Finanzas ha tomado intervención a través de Dictamen N° 09/2012.
Que Asesoría General de Gobierno emite Dictamen A.G.G. N° 238/12 aconsejando la procedencia de la forma reglamentaria propiciada.
Que el presente instrumento se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 149º de la Constitución Provincial.
Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°. DEROGASE el Art. 12º del Dcto. N° 860/92 que disponía la denominación de la «Administración General de Juegos y Seguros» (A.G.J.YS.).
ARTICULO 2°. RESTABLECESE la denominación de «Caja de Prestaciones Sociales de Catamarca» (CA.PRE.S.CA), dispuesto por el Art.1º de la Ley N° 4217.
ARTICULO 3°. Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Firmantes: CORPACCI-Gordillo-Aredes-Mercado-Villagra-Acosta-Dusso-Pfeiffer-Molina
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: