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Detalle del Decreto 53
  

 

Título: Decreto S. N° 53  APRUEBANSE CONTRATOS  DE LOCACION DE SERVICIOS DE PERSONAL EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE SALUD

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 21 Feb. 2011

Fecha de publicacion: 8 Marzo 2011

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Decreto S. N° 53
APRUEBANSE CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS DE PERSONAL EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE SALUD

San Fernando del Valle de Catamarca, 21 de Febrero de 2011.

VISTO:
El Expediente M 23542011, por el cual se gestiona la Contratación del Personal para desempeñar funciones en la Dirección Area Programática N° 3 dependiente de la Dirección Provincial de Asistencia en Salud Pública Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública del MINISTERIO DE SALUD; y

CONSIDERANDO:
Que el Artículo 6° de la Ley N° 5321 de Presupuesto para el corriente Ejercicio Financiero, prevé dentro de sus excepciones, la posibilidad de cobertura de servicios esenciales debidamente justificados en las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Justicia, Seguridad, Servicios Públicos y Funciones Técnicas y Profesionales, en las demás áreas del estado.
Que el Personal contratado, se regirá conforme la Ley N° 5161 de la Carrera del Personal Sanitario y su Decreto Reglamentario N° 1659 de fecha 31OC2006.
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, en Dictamen N° 052 de fecha 17 de febrero de 2011.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme lo dispuesto por el artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA:

ARTICULO 1°. Apruébanse en todas sus partes los Contratos de Locación de Servicios, suscriptos Ad referéndum del Poder Ejecutivo, entre el Ministerio de Salud y el Personal que se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente instrumento legal, a efectos que cumplan funciones en la Dirección Area Programática N° 3 dependiente de la Dirección Provincial de Asistencia en Salud Pública Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública del MINISTERIO DE SALUD; los mismos tendrán vigencia a partir de la fecha del presente instrumento legal y caducarán el 31 de diciembre de 2011.

ARTICULO 2°. El gasto emergente de las presentes contrataciones se afectará a las Partidas de Personal Temporario del Presupuesto vigente del Organismo de destino.

ARTICULO 3°. Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE SALUD, SUBSECRE TARIA DE RECURSOS HUMANOS Y GESTION PUBLICA, SUBSECRETARIA DE PRESUPUES TO, DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HUMANOS, DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFORMACIÓN, DIRECCION AREA PROGRAMATICA N° 3 Y UNIDAD CENTRO DE CONTROL DEL GASTO EN PERSONAL.

ARTICULO 4°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Marcolli

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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