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Detalle del Decreto Acuerdo 112
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 112  FIJANSE LOS VALORES PARA LAS COMISIONES DE SERVICIOS A REALIZAR POR EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION GENERAL DE VIALIDAD PROVINCIAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 1 Marzo 2011

Fecha de publicacion: 18 Marzo 2011

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Decreto Acuerdo N° 112
FIJANSE LOS VALORES PARA LAS COMISIONES DE SERVICIOS A REALIZAR POR EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION GENERAL DE VIALIDAD PROVINCIAL

San Fernando del Valle de Catamarca, 01 de Marzo de 2011.

VISTO:
El Expte. V2905/2011; y

CONSIDERANDO:
Que mediante dichas actuaciones la Administración General de Vialidad Provincial, solicita la ratificación de la Resolución V.P. N° 0109 de fecha 16 de febrero de 2011, rectificada por Resolución V.P. N° 0196 de fecha 24 de febrero de 2011, que aprueba en todos sus términos el Acta N° 01 de la Comisión Paritaria Provincial de fecha 16 de febrero de 2011, en la que se dejan establecidos los valores correspondientes a Viático, Viático en Zona Desfavorable, Residencia, Residencia en Zona Desfavorable y Asignación por Comida para el Personal perteneciente al Escalafón Vial.
Que si bien la Resolución V. P. N° 0109/2011, se refiere a lo establecido en el Capítulo XIII de las Prestaciones Complementarias, Artículo 33°, Punto 1 Prestaciones Complementarias Remunerativas, inciso f) Por Viático, del Convenio Colectivo de Trabajo N° 572/09, cabe advertir que el citado convenio no se encuentra en vigencia en el ámbito provincial, por cuanto la Provincia mediante Ley N° 3935, se encuentra adherida a la Ley N° 20.320, por lo que esta última normativa, es la que resulta aplicable para el Escalafón Vial de la Provincia.
Que conforme Decreto Acuerdo N° 1479 de fecha 12 de noviembre de 2010, se fijan las nuevas escalas de viáticos para las Comisiones de Servicios en la provincia y otras provincias, expresando que para el Personal comprendido en Convenios Colectivos de Trabajo, el valor del viático en la Provincia será de PESOS CIEN ($ 100), monto que no significa variación alguna con respecto al valor que perciben en la actualidad el Personal del Escalafón Vial.
Que en consecuencia, por lo expresado, corresponde fijar los valores para las comisiones de Servicios a realizar por el Personal de la Administración General de Vialidad Provincial, el que a su vez, determina nuevos valores en los adicionales de Residencia Común, Residencia Desfavorable y Asignación por Comida.
Que han tomado debida intervención el Ministerio de Hacienda y Finanzas y Asesoría General de Gobierno Dictamen A.G.G. N° 090/11.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento en virtud de lo establecido en el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°. FIJANSE, a partir del 01 de enero de 2011, los valores para las Comisiones de Servicios a realizar por el Personal de la Administración General de Vialidad Provincial, conforme al siguiente detalle:
Viático: 15% del salario básico profesional establecido para la clase VI.
Viático en Zona Desfavorable: 18,75% del Salario Básico Profesional del Convenio establecido para la Clase VI.
Residencia: 45% del valor del Viático. Residencia en Zona Desfavorable: 45% del valor del Viático Por Zona Desfavorable.
Asignación por Comida: 25 % del valor fijado para el Viático.

ARTICULO 2°. Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las ade cuaciones y reasignaciones presupuestarias que resulten necesarias a efectos de dar cumplimiento a lo ordenado en el Artículo 1°.

ARTICULO 3°. Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ADMINISTRACION GENERAL DE VIALIDAD PROVINCIAL, CENTRO DE CONTROL DEL GASTO EN PERSONAL y DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFORMACION.

ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Acuña-Marcolli-Bellón-Perna-Acuña-Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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