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Título: Decreto HF. Nº 535 APRUEBASE INCREMENTO DE LOS PRESTAMOS QUE SE OTORGAN AL PERSONAL CON RETIRO OBLIGATORIO DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 3 Abril 2012
Fecha de publicacion: 1 Mayo 2012
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Decreto HF. Nº 535
APRUEBASE INCREMENTO DE LOS PRESTAMOS QUE SE OTORGAN AL PERSONAL CON RETIRO OBLIGATORIO DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA
San Fernando del Valle de Catamarca, 03 de Abril de 2012.
VISTO:
La Resolución Interna de la Administración General de Juegos y Seguros N° 0464/2012, por la cual se incrementa el monto del préstamo que se otorga al Personal con Retiro Obligatorio de la Policía de la Provincia de Catamarca, en concepto de adelanto de haberes jubilatorios; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución mencionada en el visto, se modifica el punto IV del «Reglamento de Créditos Personales en concepto de Adelanto de Haberes Jubilatorios para el Personal con Retiro Obligatorio de la Policía de la Provincia de Catamarca», previsto por la Resolución N° 1296/ 2005 emitida por la Administración General de Juegos y Seguros y aprobada mediante Decreto H.yF. N° 1257/2005.
Que conforme lo estipulado por el artículo 8° inc. i) de la Ley N° 4217, la Caja de Prestaciones Sociales de Catamarca, actual, está facultada a efectuar adelanto de haberes a obreros y empleados provinciales que «...cesan en sus funciones para acogerse a los beneficios de la jubilación...», hasta tanto se les haga efectivo el beneficio previsional.
Que ha tomado debida intervención Asesoría General de Gobierno a fs. 10 mediante Dictamen A.G.G. N° 031 de fecha 22 de Marzo de 2012, correspondiendo acto administrativo aprobatorio de la Resolución N° 0464/2012 de A.G.J. y.S.
Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial, resulta procedente el dictado del presente instrumento legal.
Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTICULO 1°. Apruébase la Resolución Interna de la Administración General de Juegos y Seguros N° 0464 de fecha 21 de marzo de 2012, que incrementa el monto de los préstamos personales que se otorgan al Personal con Retiro Obligatorio de la Policía de la Provincia de Catamarca, en concepto de adelanto de haberes jubilatorios, punto IV del Reglamento.
ARTICULO 2°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Aredes
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: