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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 129
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 129  DISPONESE QUE EL INCREMENTO SALARIAL OTORGADO AL  PERSONAL DE SEGURIDAD Y DEL SERVICIO PENITENCIARIO TENDRA  EL CARACTER DE REMUNERATIVO NO BONIFICABLE

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 4 Marzo 2011

Fecha de publicacion: 18 Marzo 2011

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Decreto Acuerdo N° 129
DISPONESE QUE EL INCREMENTO SALARIAL OTORGADO AL PERSONAL DE SEGURIDAD Y DEL SERVICIO PENITENCIARIO TENDRA EL CARACTER DE REMUNERATIVO NO BONIFICABLE

San Fernando del Valle de Catamarca, 04 de Marzo del 2011.

VISTO:
El Expte. S462/2011 y el Decreto Acuerdo N° 1791/2010; y,

CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 2° del mencionado acto administrativo, el Poder Ejecutivo otorgó a partir del 01 de Enero de 2.011, para el Personal de Seguridad y del Servicio Penitenciario, un incremento salarial consistente en una Suma Fija No Remunerativa No Bonificable, cuyo monto varía de acuerdo al rango de cada Cargo.
Que el Poder Ejecutivo considera necesario modificar el carácter de dicha Suma Fija adecuando las escalas remunerativas del personal que reviste en la Policía de la Provincia y en el Servicio Penitenciario Provincial quienes prestan el servicio esencial de Seguridad, dentro del marco general de las posibilidades presupuestarias y financieras de la Provincia.
Que han tomado debida intervención el Ministerio de Hacienda y Finanzas y Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 096/2011.
Que el Poder Ejecutivo Provincial es competente para el dictado del presente instrumento, conforme a lo previsto por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:

ARTICULO 1°. Dispónese, a partir del 01 de Marzo de 2.011, que el incremento salarial otorgado por el Artículo 2° del Decreto Acuerdo N° 1791 de fecha 30 de Diciembre de 2.010 para el Personal de Seguridad y del Servicio Penitenciario, tendrá carácter Remunerativo y No Bonificable. A los efectos de la liquidación, dichos montos se adicionarán a los montos fijados para el «Adicional por Tareas Específicas en Seguridad y Servicio Penitenciario» implementado por el Artículo 3° del Decreto Acuerdo N° 818/2005 y sus modificatorios.

ARTICULO 2°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Acuña-Marcolli-Bellón-Perna-Acuña-Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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