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Título: Decreto S. N° 313 APRUEBANSE CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS DE PERSONAL EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE SALUD
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 14 Abril 2011
Fecha de publicacion: 3 Mayo 2011
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Abril de 2011.
VISTO:
El Expediente M 40982011, por el cual se gestiona la Contratación de Personal Profesional y Auxiliar para desempeñar funciones en el Establecimiento Sanitario Seccional San José, Piedra Blanca Departamento Fray Mamerto Esquiú Area Programática N° 2, dependiente de la Dirección Provincial de Asistencia Sanitaria Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública Ministerio de Salud; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 6° de la Ley N° 5321 de Presupuesto para el corriente Ejercicio Financiero, prevé dentro de sus excepciones, la posibilidad de cobertura de servicios esenciales debidamente justificados en las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Justicia, Seguridad, Servicios Públicos y Funciones Técnicas y Profesionales, en las demás áreas del Estado, los que serán cubiertos en función a reales necesidades de servicios.
Que el Personal contratado, se regirá conforme la Ley N° 5161 de la Carrera del Personal Sanitario y su Decreto Reglamentario N° 1659 de fecha 31OC2006.
Que se agrega informe de la Subsecretaría de Presupuesto y de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, en Dictamen N° 211/2011.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme lo dispuesto por el artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
ARTICULO 1°. Apruébense en todas sus partes los Contratos de Locación de Servicios, suscriptos Ad referéndum del Poder Ejecutivo, entre el Ministerio de Salud y el Personal que se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente instrumento legal, a efectos que cumplan funciones en el Establecimiento Sanitario Seccional San José, Piedra Blanca Departamento Fray Mamerto Esquiú Area Programática N° 2, dependiente de la Dirección Provincial de Asistencia Sanitaria Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública – Ministerio de Salud; los mismos tendrán vigencia a partir de la fecha del presente instrumento legal y caducarán el 31 de diciembre de 2011.
ARTICULO 2°. El gasto emergente de las presentes contrataciones se afectará a las Partidas de Personal Temporario del Presupuesto vigente del Organismo de destino.
ARTICULO 3°. Autorízase a la Subsecretaría de Presupuesto a realizar las reestructuraciones de cargos que resulten necesarios, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 4°. Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE SALUD, SUBSECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS Y GESTION PUBLICA, SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HUMANOS, DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFORMACION, DIRECCION AREA PROGRA MATICA N° 2 Y UNIDAD CENTRO DE CONTROL DEL GASTO EN PERSONAL.
ARTICULO 5 . Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Marcolli
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: