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Detalle del Decreto 1432
  

 

Título: Decreto GJ. Nº 1432  ADHIERASE LA PROVINCIA DE  CATAMARCAAL CONVENIO MARCO DE  COOPERACION  Y ASISTENCIA ENTRE  EL MINISTERIO DE JUSTICIA,  SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS   DE LA NACION Y EL MINISTERIO DE  SALUD DE LA NACION

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 17 Dic. 2009

Fecha de publicacion: 8 Enero 2010

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Decreto GJ. Nº 1432 
ADHIERASE LA PROVINCIA DE  CATAMARCAAL CONVENIO MARCO DE  COOPERACION
 Y ASISTENCIA ENTRE  EL MINISTERIO DE JUSTICIA,  SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
  DE LA NACION Y EL MINISTERIO DE  SALUD DE LA NACION

San Fernando del Valle de Catamarca,  17 de Diciembre de 2009. 

VISTO:  
El Expte. «M» N° 27867/09 y la cláusula décimo segunda del Convenio Marco de Cooperación y Asistencia entre el Ministerio de
Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación y el Ministerio de Salud de la Nación, 
registrado como MJSyDH N° 2133 y la Declaración
emitida por la Comisión Federal Legislativa de Salud (COFELESA). y

CONSIDERANDO:  

Que la COFELESA, en su Xº encuentro,  desarrollado en la Ciudad de Ushuaia el día 20 de Noviembre de 2009,  declaro la necesidad de que
los gobiernos jurisdiccionales adhieran al Convenio
Marco de Cooperación y Asistencia suscripto entre
el Ministerio de Justicia,  Seguridad y Derechos  Humanos de la Nación y el Ministerio de Salud de
la Nación. 

 Que resulta de vital importancia contar con un marco de cooperación interinstitucional  tendiente
a coordinar políticas públicas en materia de salud
en beneficio de las personas privadas de libertad,  así como de quienes egresen del Servicio Penitenciario, mediante su incorporación a los  planes de salud vigentes.  Que el desarrollo del mencionado marco de
cooperación contribuirá a mejorar las políticas  públicas implementadas en materia de prevención, 
tratamiento, capacitación y rehabilitación social, así 
también como el control y seguimiento de las  patologías y/o enfermedades que pudieren padecer 
las personas privadas de libertad durante su estadía  en el Servicio Penitenciario o a su egreso.  

Que la cláusula décima segunda del Convenio
Marco de Cooperación y Asistencia suscripto entre
el Ministerio de Justicia,  Seguridad y Derechos  Humanos de la Nación y el Ministerio de Salud de
la Nación invita a las provincias y a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires a adherirse al  citado Convenio.  

Que ha tomado debida intervención la Asesoría 
General de Gobierno.  

Que por lo expresado, en el marco de las 
facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial, resulta procedente el 
dictado del presente instrumento legal.

Por ello, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Adhiérase la Provincia de Catamarca al Convenio Marco de Cooperación y
Asistencia entre el Ministerio de Justicia, Seguridad
y Derechos Humanos de la Nación y el Ministerio
de Salud de la Nación, registrado como MJSyDH 
N° 2133, suscripto por ambas partes con fecha 29
de Julio 2008, por los motivos expuestos en el  exordio. 

ARTICULO 2°.­ Comuníquese,  Publíquese y Archíves

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Silva

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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