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Título: Decreto Acuerdo N° 665 INCORPORASE A LA PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA A LOS AGENTES QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERSONAL CONTRATADO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 1 Junio 2011
Fecha de publicacion: 15 Julio 2011
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 01 de Junio de 2011.
VISTO:
El Expediente S8889/2010, relacionado con la incorporación a Planta Permanente de la Administración Pública Provincial a los agentes que se desempeñan como Personal Contratado cuyo ingreso se haya producido hasta el 30 de Junio de 2009; y
CONSIDERANDO:
Que es política del Gobierno Provincial continuar impulsando la creciente profesionalización de los agentes dependientes del Sector Público Provincial, profundizando las acciones tendientes a la estabilidad laboral.
Que en tal sentido se establece como fecha límite el día 30 de junio de 2009 inclusive, para que las personas con contratos celebrados bajo la forma de locación de servicio pasen a planta permanente.
Que luego de los estudios realizados se deben disponer las medidas conducentes para instrumentar el referido pase a planta permanente, sin que ello constituya asignación de recursos extraordinarios alguno.
Que los Organismos competentes han realizado los análisis técnicos necesarios para determinar la nómina de agentes, que a la fecha, se encuentran en condiciones de ser incorporados a la planta de personal permanente.
Que el Artículo 7° de la Ley de Presupuesto N° 5303, faculta al Poder Ejecutivo Provincial a disponer las reestructuraciones y modificaciones de los créditos presupuestarios que considere necesarios con la única limitación de no alterar los totales fijados por el Artículo 5° de la citada Ley y con la excepción prevista en el Artículo 6°.
Que Asesoría General de Gobierno tomó intervención mediante Dictamen A.G.G. N° 292 de fecha 4 de mayo de 2011, no formulando objeciones al respecto.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.
ARTICULO 1º. Incorpórase, a partir del 1 de mayo de 2010, a la Planta de Personal Permanente de la Administración Pública Provincial a los agentes que se desempeñan como Personal Contratado (Personal No Permanente) comprendidos en el Estatuto para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial Ley N° 3276 T.O. Decreto CEPRE N° 1238/92, designados hasta el 30 de Junio de 2009 inclusive y que continúen a la fecha en relación de dependencia en el Poder Ejecutivo en idéntica situación de revista.
ARTICULO 2°. La incorporación a Planta Permanente dispuesta por el Artículo precedente se realiza en la Dependencia, Categoría y Agrupamiento y Cargo que se indica en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 3°. Comuníquese publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Acuña-Marcolli-Bellón-Perna-Acuña-Vega
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: