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Detalle del Decreto 1119
  

 

Título: Decreto S. - DS. - ECyT. Nº 1119 APRUEBASE CONVENIO INTERMINISTERIAL DE COOPERACION, SOLIDARIDAD Y ASISTENCIA ENTRE LOS MINISTERIOS DE DESARROLLO SOCIAL, DE SALUD Y DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DE CATAMARCA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 29 Julio 2013

Fecha de publicacion: 3 Set. 2013

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Decreto S. - DS. - ECyT. Nº 1119

APRUEBASE CONVENIO INTERMINISTERIAL DE COOPERACION, SOLIDARIDAD Y ASISTENCIA ENTRE LOS MINISTERIOS DE DESARROLLO SOCIAL, DE SALUD Y DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DE CATAMARCA

San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de Julio de 2013.

VISTO:
El Expediente M - 13219/2013, mediante el cual se tramita la aprobación del CONVENIO INTERMINISTERIAL DE COOPERACION, SOLIDARIDAD Y ASISTENCIA ENTRE LOS MINISTERIOS DE DESARROLLO SOCIAL, SALUD y EDUCACION, CIENCIA y TECNOLOGIA PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA y LA ADOLESCENCIA DE CATAMARCA, y

CONSIDERANDO:
Que, el Convenio Interministerial de Cooperación, Solidaridad y Asistencia entre los Ministerios de Desarrollo Social, Salud y Educación, Ciencia y Tecnología para la Protección de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de Catamarca, tiene como objetivo formalizar y afianzar una estrategia de fortalecimiento del sistema integral de protección de los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en el período 2012- 2015 en la Provincia de Catamarca a partir de una estrategia de gestión que permita alcanzar la finalidad primordial «La Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Catamarca», acorde al Marco Legal establecido por la Ley Nacional N° 26.061, normativa a la que la Provincia de Catamarca se encuentra adherida por Ley Provincial N° 5292/09.
Que a fs. 16/17, toma intervención que le compete ASESORIA GENERAL DE GOBIERNO, mediante Dictamen A.G.G. N° 0911/2013, manifestando que analizado el instrumento que se propicia, esta Asesoría no tiene observaciones que formular, por lo que puede procederse a la ratificación del Convenio, mediante el dictado del Acto Administrativo pertinente.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°.- Apruébese en todas sus partes el CONVENIO INTERMINISTERIAL DE COOPERACION, SOLIDARIDAD y ASISTENCIA ENTRE LOS MINISTERIOS DE DESARROLLO SOCIAL, representado por el Señor Oscar PFEIFFER; MINISTERIO DE SALUD, representado por la Dra. Imelda Noemí VILLAGRA, y el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, representado por el Mgter. José Ricardo ARIZA, PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DE CATAMARCA, el que como Anexo pasa a formar parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 2°.- Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE SALUD, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

CONVENIO

CONVENIO INTERMINISTERIAL DE COOPERACION. SOLIDARIDAD Y ASISTENCIA ENTRE LOS MINISTERIOS DE DESARROLLO SOCIAL, DE SALUD Y DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DE CATAMARCA

En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, República Argentina, a los Once días del mes de abril del año 2013, entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, representado en este acto por su titular Dn. Oscar Pfeiffer, con domicilio en Avenida Venezuela S/N°, CAPE pabellón 33, de esta Ciudad Capital, en adelante «DESARROLLO SOCIAL», MINISTERIO DE SALUD, representado en este acto por su titular Dra. Imelda Noemí Villagra, con domicilio en la calle Chacabuco N° 169, de esta Ciudad Capital, en adelante «SALUD», el MINISTERIO DE EDUCACION CIENCIA Y TECNOLOGIA, representado en este acto por su titular Mgter. José Ricardo Ariza, con domicilio en calle Sarmiento N° 613 - Planta alta, de esta Ciudad Capital, en adelante «EDUCACION», pertenecientes a la esfera del Poder Ejecutivo de la Provincia de Catamarca, acuerdan celebrar el presente Convenio Interministerial de Cooperación, Solidaridad y Asistencia entre los Ministerios de Desarrollo Social, Salud, Educación, Ciencia y Tecnología para la protección de la infancia y la adolescencia de Catamarca. Y en tanto ello, acuerdan lo siguiente:

CLAUSULA PRIMERA: Formalizar y afianzar una estrategia de fortalecimiento del sistema integral de protección de los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en el período 2012 - 2015 en la Provincia de Catamarca a partir de una estrategia de gestión que permita alcanzar la finalidad primordial: «La Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Catamarca» acorde al Marco legal establecido por Ley 26.061, adherida por nuestra Provincia mediante ley 5292".

CLAUSULA SEGUNDA: Las acciones y políticas públicas devenidas de este Convenio reconocen como principales destinatarios a Niñas, Niños y Adolescentes de todo el territorio Provincial.

CLAUSULA TERCERA: A través del presente Convenio se acuerda la creación de una mesa de Gestión Operativa integrada por un representante por cada ministerio designado por el/la ministro/a correspondiente. El objeto cardinal de esta mesa de Gestión Operativa, será garantizar el funcionamiento eficaz y la articulación entre las distintas acciones planificadas, como así también la identificación de las necesidades prioritarias y la búsqueda de soluciones a los obstáculos que mediaren.

CLAUSULA CUARTA: Entre las actividades a desarrollar por la Mesa de Gestión Operativa se encuentran:
1) Reunirse periódicamente.
2) Acordar un régimen de funcionamiento interno a través de un flujograma de acciones.
 3) Coordinar Programas Nacionales y Provinciales en todos los niveles y modalidades que tengan como destinatarios o referentes a las niñas, niños y adolescentes de nuestra Provincia.
4) Viabilizar el aporte de información de cada ministerio para el SIIPNAF.
5) Implementar proyectos tendientes a dar sustentabilidad al Plan de acción Estratégico Provincial por los Derechos de las Niñas, niños y adolescentes. 6) Implementar líneas de capacitación integrales para el personal de los tres (03) Ministerios.
7) Sistematizar los encuentros mediante un orden del día y establecer un cronograma de trabajo.
8) Registrar el desarrollo de las reuniones, los acuerdos y compromisos en actas.
9) Elevar periódicamente copia de estas actas a los respectivos Ministerios.
10) Efectuar un informe de Gestión semestralmente, respecto a los avance del Plan de Acción de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
11) Implementar actos administrativos para dar celeridad al Plan de acción estratégica.

CLAUSULA QUINTA: Una vez integrada la Mesa de Gestión Operativa, las partes se comprometen a firmar anexos complementarios al presente Convenio, en los cuales se especifique el PLAN DE ACCION ESTRATEGICO PROVINCIAL POR LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. La firma de los anexos complementarios podrá ser delegada a los representantes de cada cartera Ministerial que conforman la Mesa de Gestión Operativa.

CLAUSULA SEPTIMA: Las partes acuerdan que la vigencia del presente Convenio será de 03 (tres) años, a partir de su firma, salvo que alguna de las partes notificara fehacientemente a las otras su voluntad en contrario. No obstante ello, el presente convenio podrá ser rescindido por la voluntad de cualquiera de las partes, sin necesidad de invocar causa alguna, debiendo comunicar su decisión a la otra, en forma fehaciente con una anticipación no menor a los sesenta (60) días su resolución.

CLAUSULA OCTAVA: Las partes acuerdan que en caso de discrepancia o conflicto agotarán todas las instancias para la solución amigable de los mismos. Para el caso que aún no llegase a una solución podrán las partes resolver el presente convenio.

CLAUSULA NOVENA: A todos los efectos, las partes constituyen sus domicilios en los señalados en el encabezado, donde serán válidas todas las comunicaciones que se cursaren. Cualquier cambio deberá ser fehacientemente notificado a las otras partes. De conformidad firman las partes seis (6) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los 11 días del mes de abril del año 2013.-

Dra. Imelda del Valle Villagra Ministra de Salud Mgter.
José Ricardo Ariza Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología
Oscar Eleuterio Pfeiffer Ministro de Desarrollo Social

 

Firmantes: CORPACCI-Villagra-Ariza -Pfeiffer

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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