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Detalle del Decreto 1332
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1332 CREASE LA DIRECCION DE RECUPERO DE GASTOS Y APRUEBASE NUEVA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE SALUD

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 10 Set. 2013

Fecha de publicacion: 4 Oct. 2013

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Decreto Acuerdo N° 1332

CREASE LA DIRECCION DE RECUPERO DE GASTOS Y APRUEBASE NUEVA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE SALUD

San Fernando del Valle de Catamarca, 10 de Septiembre de 2013.

VISTO:
El Expediente Letra M - N° 17048/2013, por el que el Ministerio de Salud tramita la creación de área de Recupero de gastos con el nivel de Dirección, bajo la órbita de la Dirección Provincial de Asistencia Sanitaria; y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 02/03, obra nota por la que se solicita la creación de la Dirección de Recupero de Gastos, dependiente de la Dirección Provincial de Asistencia Sanitaria, motiva dicha solicitud en la que la oficina de Recupero de Gastos requiere sustento legal y administrativo, asimismo se solicita el rango de Dirección, por estar comprendidos en el objeto de la actividad, la red hospitalaria del Interior Provincial; y la necesidad de contar con autonomía suficiente para la toma de decisiones que involucren el cumplimiento de las disposiciones, normas y funcionamiento del Sistema de Recupero de Gastos. La estructura disponible en los hospitales permite cumplir con todas las obligaciones establecidas por las reglamentaciones vigentes de la Superintendencia de Servicios en Salud y por las Obras Sociales. Que a fs. 12, toma intervención la Subsecretaría de Planificación y Gestión en Salud.
Que a fs. 23, toma intervención la Subsecretaría de Presupuesto.
Que a fs. 26, toma intervención la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública. Que a fs. 35 y 44/45, toma intervención Asesoría Legal del Ministerio de Salud, mediante Informe N° 008/13 y Dictamen N° 938. Que el Poder Ejecutivo está facultado a establecer mediante Decreto las misiones y funciones, ámbitos de competencias y estructuras de los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías y demás organismos y entes que dependen directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del Gobierno Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/07 dispone que sean aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo, en Acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que la implementación del sistema de recupero de gastos en el ámbito del Ministerio de Salud permite a todos los hospitales y establecimientos facturantes disponer de un presupuesto extra, útil para satisfacer necesidades del funcionamiento.
Que a fs. 47/49, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 1130/13 por el cual manifiesta que el a Decreto que se persigue en autos, reúne los requisitos esenciales de los actos administrativos: competencia, causa, objeto, procedimientos, motivación y finalidad (Artículo 27° C.P.A.), por lo que esta Secretaría de Estado no formula objeciones a la prosecución del presente trámite que modifica el organigrama del Ministerio de Salud.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello;

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.- Modifícase el Anexo I «d» del Decreto Acuerdo 603 de fecha 18 de Abril de 2013. 

ARTICULO 2°.- Créase la Dirección de Recupero de Gasto, con dependencia directa de la Dirección Provincial de Asistencia Sanitaria.

ARTICULO 3°.- Apruébase la nueva Estructura Orgánica del Misterio de Salud, que como Anexo I forma parte del presente Decreto.

ARTICULO 4°.- Apruébense los Objetivos y Acciones de la Dirección de Recupero de Gastos, los que como Anexo II, forman parte del presente Decreto.

ARTICULO 5°.- Apruébase la dotación de Personal Superior y de Gabinete de la Dirección de Recupero de Gastos, la que como Anexo III forma parte del presente Decreto.

ARTICULO 6°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente Instrumento Legal.

ARTICULO 7°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Salud, Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Centro de Control del Gasto en Personal y Dirección Provincial de Gestión de la Información.

ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi -Aredes-Mercado-Villagra- Dusso-Gordillo- Romero

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial N°80/2013

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