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Detalle del Decreto Acuerdo 607
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 607  AUTORIZASE A LA SUBSECRETARIA DE  INFORMACION PUBLICA  AMPLIAR LOS  LIMITES DE CONTRATACION DIRECTA  POR SIGNIFICACION ECONOMICA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 20 Abril 2012

Fecha de publicacion: 7 Ago. 2012

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Decreto Acuerdo Nº 607 

AUTORIZASE A LA SUBSECRETARIA DE  INFORMACION PUBLICA  AMPLIAR LOS  LIMITES DE CONTRATACION DIRECTA  POR SIGNIFICACION ECONOMICA

San Fernando del Valle de Catamarca,  20 de Abril de 2012

VISTO: 
El Expediente S­8538­12, mediante el  cual  el  SUBSECRETARIO DE INFORMACION  PUBLICA solicita la excepcionalidad para contratar  bajo el procedimiento de Contratación Directa por  Significación Económica prevista en el Artículo 98° inciso c) de la Ley N° 4938, y Artículo 23° inc. a)  de Decreto Acuerdo N° 2248/08, hasta la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil ($650.000,00); y

CONSIDERANDO 
Que obra a fs. 02, Nota del Sr.  SUBSECRETARIO DE INFORMACION PUBLI­CA mediante la cual solicita la excepcionalidad para contratar bajo la modalidad de Contratación Directa  por Significación Económica hasta la suma de Pesos  Seiscientos Cincuenta Mil ($ 650.000,00) para atender la compra de equipamiento necesario para el montaje del Canal Público Digital de T.V. de la  Provincia de Catamarca y los gastos que demande hasta la puesta en marcha de la señal  correspondiente, equipamiento de Radio Provincia  y Departamento Fotográfico de la Subsecretaría de Información Pública. 

Que tal solicitud se funda en la urgencia de cumplir con el Convenio firmado con Tribunal Oral  Federal, para la cobertura del primer juicio que se desarrollará en la Provincia en una causa por delitos  de Lesa Humanidad. 

Que a tal efecto, se solicita la modificación del  límite fijado por Artículo 23° inc. a) de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/08,  para contratar bajo la modalidad de Contratación Directa por  Significación Económica hasta la suma de Pesos  Seiscientos Cincuenta Mil ($ 650.000,00), y la excepción a lo dispuesto por Artículos 19° y 58° de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/08. 

Que asimismo, se requiere la modificación de lo establecido por Artículo 51° inciso a) de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/08, facultando a la  SECRETARIA PRIVADA DE GOBERNACION  como autoridad competente para autorizar, aprobar  y adjudicar  la contratación del equipamiento en cuestión.  Que a fs. 14/15 y 22 ha tomado debida intervención la CONTADURIA GENERAL DE LA  PROVINCIA, mediante informes C.G.P. N° 1276 de fecha 18 de Abril de 2.012 y C.G.P. N° 1317 de fecha 20 de Abril de 2.012.

Que ASESORIA GENERAL DE GOBIERNO  se expidió emitiendo Dictamen A.G.G. N° 321 de fecha 20 de Abril de 2.012.  Que a fs. 18 toma intervención Subsecretaría  de Presupuesto, informando que por Expte. S ­ N° 8539/12 se autorizó el incremento de créditos  presupuestarios. 

Que  en uso  de  las atribuciones  establecidas  por  el Artículo 149° de la Constitución de la  Provincia corresponde el dictado del presente acto administrativo. 

Por ello, 

LA GOBERNADORA DE LA  PROVINCIA DE CATAMARCA  EN ACUERDOS DE MINISTROS  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Autorízase a la SUBSECRETARIA DE INFORMACION PUBLICA a contratar bajo la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica­ Artículo 98° inc. c) de la Ley N° 4938­ hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 650.000,00),  la compra de equipamiento necesario para el  montaje del Canal Público Digital de T.V. de la Provincia de Catamarca y los gastos que demande hasta la puesta en marcha de la señal  correspondiente, equipamiento de Radio Provincia  y Departamento Fotográfico de la Subsecretaría de Información Pública. 

ARTICULO 2°.­ Modifícase para la SUBSECRETARIA DE INFORMACION  PUBLICA, lo dispuesto por el Artículo 23° inc. a)  de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/08 hasta  la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA  MIL ($ 650.000,00­), para la contratación indicada en Artículo 1° del presente instrumento legal.

ARTICULO 3°.­ Modifícase el Artículo 51° inciso a) de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/  08, y facúltase a la SUBSECRETARIA DE  INFORMACION PUBLICA a autorizar, aprobar y adjudicar la contratación a que se refiere el Artículo 1° del presente instrumento legal.

ARTICULO 4°.­ Exceptúase la contratación de equipamiento mencionada en Artículo 1° del  presente instrumento legal, de lo dispuesto por  Artículos 19° y 58° de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/08. 

ARTICULO 5°.­ Tomen conocimiento a sus  efectos: SUBSECRETARIA DE INFORMACION  PUBLICA, SECRETARIA PRIVADA DE LA  GOBERNACION, S.A.F.14 ­ DIRECCION  PROVINCIAL  DE ADMINISTRACION DE LA  SECRETARIA  PRIVADA  DE LA  GOBERNA­  CION, CONTADURIA GENERAL DE LA  PROVINCIA, TESORERIA  GENERAL  DE LA  PROVINCIA Y TRIBUNAL DE CUENTAS. 

ARTICULO 6°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese. 

 

Firmantes: CORPACCI-Gordillo-Aredes-Villagra-Pfeiffer-Acosta-Dusso-Mercado-Molina

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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