Inicio / Decreto Acuerdo /
Título: Decreto Acuerdo Nº 607 AUTORIZASE A LA SUBSECRETARIA DE INFORMACION PUBLICA AMPLIAR LOS LIMITES DE CONTRATACION DIRECTA POR SIGNIFICACION ECONOMICA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 20 Abril 2012
Fecha de publicacion: 7 Ago. 2012
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
Decreto Acuerdo Nº 607
AUTORIZASE A LA SUBSECRETARIA DE INFORMACION PUBLICA AMPLIAR LOS LIMITES DE CONTRATACION DIRECTA POR SIGNIFICACION ECONOMICA
San Fernando del Valle de Catamarca, 20 de Abril de 2012
VISTO:
El Expediente S853812, mediante el cual el SUBSECRETARIO DE INFORMACION PUBLICA solicita la excepcionalidad para contratar bajo el procedimiento de Contratación Directa por Significación Económica prevista en el Artículo 98° inciso c) de la Ley N° 4938, y Artículo 23° inc. a) de Decreto Acuerdo N° 2248/08, hasta la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil ($650.000,00); y
CONSIDERANDO
Que obra a fs. 02, Nota del Sr. SUBSECRETARIO DE INFORMACION PUBLICA mediante la cual solicita la excepcionalidad para contratar bajo la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica hasta la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil ($ 650.000,00) para atender la compra de equipamiento necesario para el montaje del Canal Público Digital de T.V. de la Provincia de Catamarca y los gastos que demande hasta la puesta en marcha de la señal correspondiente, equipamiento de Radio Provincia y Departamento Fotográfico de la Subsecretaría de Información Pública.
Que tal solicitud se funda en la urgencia de cumplir con el Convenio firmado con Tribunal Oral Federal, para la cobertura del primer juicio que se desarrollará en la Provincia en una causa por delitos de Lesa Humanidad.
Que a tal efecto, se solicita la modificación del límite fijado por Artículo 23° inc. a) de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/08, para contratar bajo la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica hasta la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil ($ 650.000,00), y la excepción a lo dispuesto por Artículos 19° y 58° de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/08.
Que asimismo, se requiere la modificación de lo establecido por Artículo 51° inciso a) de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/08, facultando a la SECRETARIA PRIVADA DE GOBERNACION como autoridad competente para autorizar, aprobar y adjudicar la contratación del equipamiento en cuestión. Que a fs. 14/15 y 22 ha tomado debida intervención la CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA, mediante informes C.G.P. N° 1276 de fecha 18 de Abril de 2.012 y C.G.P. N° 1317 de fecha 20 de Abril de 2.012.
Que ASESORIA GENERAL DE GOBIERNO se expidió emitiendo Dictamen A.G.G. N° 321 de fecha 20 de Abril de 2.012. Que a fs. 18 toma intervención Subsecretaría de Presupuesto, informando que por Expte. S N° 8539/12 se autorizó el incremento de créditos presupuestarios.
Que en uso de las atribuciones establecidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia corresponde el dictado del presente acto administrativo.
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDOS DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°. Autorízase a la SUBSECRETARIA DE INFORMACION PUBLICA a contratar bajo la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica Artículo 98° inc. c) de la Ley N° 4938 hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 650.000,00), la compra de equipamiento necesario para el montaje del Canal Público Digital de T.V. de la Provincia de Catamarca y los gastos que demande hasta la puesta en marcha de la señal correspondiente, equipamiento de Radio Provincia y Departamento Fotográfico de la Subsecretaría de Información Pública.
ARTICULO 2°. Modifícase para la SUBSECRETARIA DE INFORMACION PUBLICA, lo dispuesto por el Artículo 23° inc. a) de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/08 hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 650.000,00), para la contratación indicada en Artículo 1° del presente instrumento legal.
ARTICULO 3°. Modifícase el Artículo 51° inciso a) de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/ 08, y facúltase a la SUBSECRETARIA DE INFORMACION PUBLICA a autorizar, aprobar y adjudicar la contratación a que se refiere el Artículo 1° del presente instrumento legal.
ARTICULO 4°. Exceptúase la contratación de equipamiento mencionada en Artículo 1° del presente instrumento legal, de lo dispuesto por Artículos 19° y 58° de Anexo I de Decreto Acuerdo N° 2248/08.
ARTICULO 5°. Tomen conocimiento a sus efectos: SUBSECRETARIA DE INFORMACION PUBLICA, SECRETARIA PRIVADA DE LA GOBERNACION, S.A.F.14 DIRECCION PROVINCIAL DE ADMINISTRACION DE LA SECRETARIA PRIVADA DE LA GOBERNA CION, CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA, TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA Y TRIBUNAL DE CUENTAS.
ARTICULO 6°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Gordillo-Aredes-Villagra-Pfeiffer-Acosta-Dusso-Mercado-Molina
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: