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Título: Decreto Acuerdo Nº 987 IMPLEMENTASE UN ADICIONAL POR FUNCION DE CARACTER REMUNERATIVO NO BONIFICABLE PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 27 Junio 2012
Fecha de publicacion: 17 Ago. 2012
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Decreto Acuerdo Nº 987
IMPLEMENTASE UN ADICIONAL POR FUNCION DE CARACTER REMUNERATIVO NO BONIFICABLE PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
San Fernando del Valle de Catamarca, 27 de Junio de 2012.
VISTO:
El Expte. Letra «M» N° 11602/12 Ministerio de Obras Públicas s/emitir informe técnico referido a pedido de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) REF. Adicionales por Función y por Tareas Específicas; y
CONSIDERANDO:
Que por medio de las presentes actuaciones el Ministerio de Obras Públicas de la Provincia, a requerimiento del Consejo Directivo de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) Catamarca solicita el restablecimiento del adicional por función y tareas específicas oportunamente reconocido por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decretos Acuerdos N° 1509/09 y 1449/ 10, a los agentes de planta permanente, a los contratados con locación de servicios y al personal transitorio afectado a la obra pública.
Que dichos adicionales resultaron suprimidos mediante Decreto Acuerdo N° 27/11 de fecha 02 de Febrero de 2011, mediante el cual establece un «Adicional por Tareas Específicas de la Obra Pública y Servicio Público» de carácter remunerativo y no bonificable, el cual absorbe, en la medida de su concurrencia, a los adicionales establecidos mediante Decretos Acuerdos N° 1509/ 09 y 1449/10.
Que con fecha 18 de abril de 2012 en proceso de Conciliación Obligatoria llevado a cabo ante la Dirección de Inspección Laboral a solicitud del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia, Expte N° 353/12 se ha arribado a un acuerdo entre el Ministerio de Obras Públicas y ATE, a partir del cual, el Ministerio de Obras Públicas, se compromete a reconocer el adicional por Función con Productividad, beneficiando a quién efectivamente desarrolle las tareas especificadas en el Anexo I del presente instrumento.
Que a fs.84/85 toma intervención la Dirección Provincial de Gestión de la Información determinando los Costos mensuales y anuales que insumirá la implementación del presente «ADICIONAL POR FUNCION CON PRODUCTIVIDAD».
Que toma intervención la Subsecretaría de Presupuesto a fs. 88 y 93 mediante Notas S. de P. N° 1.206 de fecha 31 de Mayo de 2.012 y N° 1.258, de fecha 8 de Junio de 2012, mediante la cual informa que las Partidas Presupuestarias a las que se imputarán las Obligaciones emergentes de la implementación del citado Adicional, serán otorgadas oportunamente con el correspondiente crédito; con el objeto de permitir la liquidación mensual del adicional, una vez dictado el acto administrativo Decreto Acuerdo de otorgamiento; razón por la cual deberá autorizarse al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar la imputación de los créditos presupuestarios necesarios a los fines de dar cumplimiento con el Adicional.
Que a fs. 98 toma intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Obras Públicas mediante Dictamen N° 095 de fecha 22 de junio donde manifiesta que al tratarse de un adicional de función con productividad nos encontramos ante una situación de excepción que desarrolla el personal de obra.
Que a fs. 102, Asesoría Legal de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, mediante Dictamen S.S.R.H. y G.P. N° 358/12 considera que es viable la implementación del adicional por función de carácter remunerativo no bonificable que sea percibido por el personal del Escalafón General Ley 3198 que reviste la calidad de permanente o contratado en el Ministerio de Obras Públicas, que cumplan las funciones que se detallan en el Anexo I que se acompaña a fs. 10. Manifestando que no parece adecuado llamarlo Adicional por Función con productividad, ya que no hace a la productividad o rendimiento sino a la función.
Que a fs. 103/105 toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno en virtud del Artículo 160° inc. 2° de la Constitución de la Provincia, mediante Dictamen A.G.G. 696/12.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:
ARTICULO 1°: Impleméntese, a partir del 1° de Mayo de 2012, un Adicional por Función de Carácter remunerativo no bonificable que será percibido por el personal del Escalafón General Ley 3198 que reviste en calidad de permanente y no permanente, en el Ministerio de Obras Públicas, que efectivamente se encuentre certificado las funciones que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2°: Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal.
ARTICULO 3°: Tomen conocimiento Ministerio de Obras Públicas, Subsecretaría de Presupuesto, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Unidad Centro de Gasto en Personal, Dirección Provincial de Gestión de la Información, Dirección de Recursos Humanos y Organización de Ministerio de Obras Públicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.
ARTICULO 4°: Comuníquese, publíquese, dése registro Oficial y Archívese.
Anexo I | |
FUNCION | ADICIONAL |
INTENDENTE DE RIEGO | $ 400 |
ENCARGADO ZONAL | |
CAPATAZ | |
MAQUINISTA | |
ENCARGADO DE OBRA | |
ENCARGADO DE DEPOSITO | |
ENCARGADO DE TALLER | |
OFICIAL ESPECIALIZADO | |
JEFE TECNICO ZONAL | |
ENCARGADO DE SEGURIDAD | |
CHOFER VEHICULOS PESADOS | $ 350 |
JEFE RED ZONAL | |
COMPRESORISTA | |
GUARDA DIQUES | |
CHOFER DE VEHICULOS LIVIANOS | $ 300 |
OFICIAL | |
JEFE DE LLAVERO ZONAL | |
MECANICO | |
MEDIO OFICIAL | $ 250 |
REPARTIDOR | |
GUARDA CANAL | |
PARRILLERO | |
TORNERO | |
LLAVERO | |
AGENTE DE SEGURIDAD | |
AYUDANTE DE OFICIO | $ 200 |
ORDENANZA |
Firmantes: CORPACCI-Gordillo-Aredes-Villagra-Pfeiffer-Mercado-Molina
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: