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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 994
  

 

Título: Decreto  Acuerdo Nº 994  CONSTITUYESE UN FONDO PERMANENTE ESPECIAL DESTINADO A SOLVENTAR EROGACIONES DE LA XLII  EDICION DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2012

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 3 Julio 2012

Fecha de publicacion: 14 Ago. 2012

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Decreto  Acuerdo Nº 994 

CONSTITUYESE UN FONDO PERMANENTE ESPECIAL DESTINADO A SOLVENTAR EROGACIONES DE LA XLII  EDICION DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2012

San Fernando del Valle de Catamarca,  03 de Julio de 2012

VISTO: 
El Expediente S/5449/2012, por el cual la Secretaría de Estado de Cultura solicita la creación de un Fondo Permanente Especial por la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 4.800.000,00) para solventar  las  erogaciones que demande la ejecución de Eventos  Artísticos, Culturales y similares, en el marco de la «XLII EDICION DE LA FIESTA NACIONAL E  INTERNACIONAL DEL PONCHO 2012», a realizarse entre los días 12 al 24 de Julio de 2012,  en las instalaciones del PREDIO FERIAL  CATAMARCA,  pertenecientes a la Secretaría de Estado de Cultura ; y

CONSIDERANDO: 
Que la Secretaría de Estado de Cultura solicita  la constitución de un Fondo Permanente Especial, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL  ($ 4.800.000,00.­), que tendrá la finalidad de atender los gastos que demande la organización de Eventos Artísticos,  Culturales y similares,  en el marco de la «XLII  EDICION DE LA FIESTA NACIONAL E  INTERNACIONAL DEL PONCHO 2012», a llevarse a cabo entre los días 12 al 24 de Julio de 2012. 
Que el régimen vigente que regula la constitución y funcionamiento de los fondos  permanentes o rotatorios se encuentra previsto en las disposiciones del Artículo 69° Inc. a) del  Reglamento Parcial N° 1 de la Ley 4938, que establece y regula «La Administración Financiera,  las Contrataciones, la Administración de los Bienes  y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial», aprobada por Decreto Acuerdo N° 907/  98. 
Que por lo expresado, resulta necesario dictar  normas de excepción respecto al monto para contratar mediante la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica ­ Artículo 98°,  Inc. c)  de la Ley 4938,  en consecuencia de ello resulta menester modificar el Artículo 23°, Inc. a),  del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938,  aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08,  Contratación Directa por Significación Económica,  como así también modificar  el Artículo 51°, Inc.  a),  del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938,  aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08,  Autoridades Competentes. 
Que atento a la necesidad operativa resulta necesario modificar el Artículo 19° del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08, Desdoblamiento de Contrataciones. 
Que asimismo, resulta necesario modificar  excepcionalmente lo dispuesto en el Artículo 69°, Inc. a), apartado 5, del Reglamento Parcial N° 1 de la Ley 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 907/  98,  incrementando dicho límite hasta la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00). 
Que la Dirección Provincial Administración Financiera de la Secretaría de Estado de Cultura informa que el Fondo Permanente Especial para la  «XLII EDICION DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2012», tendrá como Fuente de Financiamiento N° 111,  Jurisdicción: 010 GOBERNACION ­ Categoría Programática:  PROGRAMA  036 SECRETARIA  DE ESTADO DE CULTURA ­ UBICACION  GEOGRAFICA: 4901 ­ FINALIDAD: 3 ­  FUNCION: 346, para el Inciso 2 Bienes de Consumo, Inciso 3 Servicios No Personales e Inciso 4 Bienes de Capital.
Que a fs. 5/6 ha tomado debida intervención Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Cultura en la cual concluye que no existen objeciones  legales respecto de la prosecución del trámite. 
Que a fs. 7/8, obra informe técnico emitido por la Dirección Provincial de Administración Financiera dependiente de la Secretaría de Estado de Cultura. 
Que, a fs.18, el Ministerio de Hacienda y Finanzas autoriza la continuidad del presente trámite aclarando que el Fondo Permanente Especial  para la «XLII EDICION DE LA FIESTA  NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2012» será creado por la suma de PESOS TRES MILLO N ES N O VECIEN TO S MIL  ($ 3.900.000,00) con Fuente de Financiamiento 111. 
Que a fs. 20/23, Contaduría General de la Provincia, se avoca al conocimiento de la cuestión bajo examen,  expidiéndose mediante Informe N ° 2031/12. 
Que a fs. 26/29, ha tomado la intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante  Dictamen AGG. N° 732/12. 
Que el presente acto se dicta en uso de las  facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia. 

Por ello, 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.­ Constitúyase un FONDO  PERMANENTE ESPECIAL, en forma excepcional  y por única vez, en la Dirección Provincial de Administración Financiera perteneciente a la Secretaría de Estado de Cultura, por  la suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL  ($ 3.900.000,00), que será destinado a solventar las  erogaciones que demande la ejecución de la totalidad de los Eventos Artísticos, Culturales y similares, con Fuente de Financiamiento N° 111,  en el marco de la «XLII EDICION DE LA FIESTA  NACIONAL E INTERNACIONAL DEL  PONCHO 2012» a realizarse entre los días 12 al  24 de Julio de 2012. 

ARTICULO 2°.­ Autorízase a la Secretaría de Estado de Cultura, en forma excepcional y por única vez,  a contratar bajo el Régimen de Contratación Directa por Significación Económica según lo normado por el Artículo 98°, Inc. c) de la ley 4938,  hasta la suma de PESOS QUINIENTOS MIL  ($ 500.000,00), para solventar las erogaciones que demande la ejecución de la totalidad de los Eventos  Artísticos, Culturales y similares,  con Fuente de Financiamiento N° 111,  en el marco de la «XLII  EDICION DE LA FIESTA NACIONAL E  INTERNACIONAL DEL PONCHO 2012». 

ARTICULO 3º.­ Modifícase en forma excepcional  y por  única vez, lo dispuesto por  el  Artículo 23°, Inc. a), Contrataciones Directas por  Significación Económica del Reglamento Parcial  N° 2 de la Ley 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08 para la Secretaría de Estado de Cultura,  cuyo límite se incrementará hasta la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00), en el  marco de la «XLII EDICION DE LA FIESTA  NACIONAL E INTERNACIONAL DEL  PONCHO 2012». 

ARTICULO 4°.­ Conforme lo normado por el  Artículo 51°, Inc.  a) del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08, facúltase a la Secretaría de Estado de Cultura como autoridad competente para autorizar,  aprobar y adjudicar los procedimientos de Contratación Directa por Significación Económica,  a fin de hacer frente a todas las erogaciones en el  marco de la «XLII EDICION DE LA FIESTA  NACIONAL E INTERNACIONAL DEL  PONCHO 2012».

ARTICULO 5°.­ Modificase en forma excepcional lo dispuesto por el Artículo 69°, Inc. a)  apartado 5, del Reglamento Parcial N° 1 de la Ley 4938,  aprobado por  Decreto Acuerdo N° 907/98,  hasta la suma de PESOS QUINIENTOS MIL  ($ 500.000,00), en el marco de la «XLII EDICION  DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNA­  CIONAL DEL PONCHO 2012». 

ARTICULO 6°.­  Exclúyase a la Secretaría de Estado de Cultura, del alcance de lo dispuesto por el Artículo 19° del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08. 

ARTICULO 7°.­  Exclúyase a la Secretaría de Estado de Cultura, del alcance de lo dispuesto por  el Decreto Acuerdo N° 252/09, en el marco de la  «XLII EDICION DE LA FIESTA NACIONAL E  INTERNACIONAL DEL PONCHO 2012». 

ARTICULO 8°.­  Los fondos que transfiera la  Tesorería General  de la Provincia a la Dirección Provincial de Administración Financiera S.A.F. 018,  dependiente de la Secretaría de Estado de Cultura,  en virtud de lo dispuesto por el Artículo N° 1 del  presente instrumento legal, serán administrados a través de la Cuenta Corriente del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Catamarca, que deberá habilitarse al efecto bajo la denominación «FONDO  PERMANENTE ESPECIAL DE LA SECRE­  TARIA DE ESTADO DE CULTURA «XLII  EDICION FIESTA NACIONAL  E INTERNA­  CIONAL DEL PONCHO 2012». 

ARTICULO 9º.­ El gasto emergente que surge del Artículo 1°, del presente Instrumento Legal, se imputará a: Jurisdicción 010 GOBERNACION ­  Categoría Programática 036­SECRETARIA DE ESTADO DE CULTURA­ con las partidas  presupuestarias correspondientes al ejercicio vigente. A tal  efecto se generarán los incrementos  y/o modificaciones presupuestarias, teniendo como Fuente de Financiamiento N° 111­ Tesoro Provincial. 

ARTICULO 10°.­ Tomen conocimiento­  Secretaría de Estado de Cultura, Dirección Provincial de Administración Financiera S.A.F. 018,  Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas de la Provincia, 

ARTICULO 11°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese. 

 

Firmantes: CORPACCI-Gordillo-Mercado-Villagra-Pfeiffer-Acosta-Molina-Dusso

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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