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Título: Decreto Acuerdo Nº 1464 CREANSE LAS UNIDADES SECTORIALES DE INVERSION (USI) CON NIVEL DE DIRECCION EN JURISDICCIONES Y ENTIDADES DEL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 1 Oct. 2013
Fecha de publicacion: 5 Nov. 2013
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 01 de Octubre de 2013.
VISTO:
El Expediente S-5972/12, por el cual la Subsecretaría de Planificación solicita la creación de Unidades Sectoriales de Inversión (U.S.I.) de acuerdo a lo normado en la Ley N° 4968 su Decreto Reglamentario G. y J. N° 1190/99, mediante la cual se crea el Sistema de Inversión Pública de la Provincia de Catamarca; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, obra Nota SUB. PLA. N° 036/12 de la Subsecretaría de Planificación dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, por la cual solicita la creación de Unidades Sectoriales de Inversión (U.S.I.), con el objeto de lograr el normal funcionamiento del Sistema de Inversión Pública de la Provincia, creado por Ley N° 4968 y su Decreto Reglamentario N° 1190/99.
Que la Ley N° 4968 y su Decreto Reglamentario G y J N° 1190/99, por la cual se crea el Sistema de Inversión Pública de la Provincia de Catamarca, establece que el sistema operativo, será ejecutado por Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo Provincial, a través de Unidades Sectoriales de Inversión (U.S.I.) que se constituyan.
Que el Decreto Acuerdo N° 45/07, dispone que las Unidades Sectoriales de Inversión (U.S.I.), creadas por Decreto Acuerdo N° 519/04, tendrán nivel de Dirección.
Que el Decreto Acuerdo N° 06/11, modifica la Organización Ministerial en el Ambito del Poder Ejecutivo Provincial, debido a la ejecución de las políticas públicas proyectadas en el plan de gobierno, para dar respuestas adecuadas a la necesidad de la comunidad.
Que por Decreto Acuerdo N° 06/11, se establece que el Despacho de la Gestión Administrativa estará a cargo de los siguientes Ministerios: de Gobierno y Justicia, de Hacienda y Finanzas, de Producción y Desarrollo, de Desarrollo Social, de Salud, de Educación , Ciencia y Tecnología, de Servicios Públicos, de Obras Públicas; a través de Decreto Acuerdo N° 135/11, se aprueba la estructura orgánica de aplicación del Ministerio de Servicios Públicos y por Decreto Acuerdo N° 267/11, se crea la Secretaría de Estado del Ambiente y Desarrollo Sustentable, con dependencia directa del Poder Ejecutivo Provincial.
Que para lograr el normal funcionamiento del Sistema de Inversión Pública, es necesario crear las Unidades Sectoriales de Inversión (U.S.I.) con nivel de Dirección que no fueron creadas mediante Decreto Acuerdo N° 519/04.
Que por Decreto Acuerdo N° 1544/07, se establece el «Régimen para Elaboración, Tramitación y Financiamiento de las Estructuras Orgánicas de la Administración Pública Provincial».
Que a fs. 26 y 39, Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación, mediante Dictámenes N° 02/12 y N° 04/13, expresa que a la fecha que fueron creadas las U.S.I. existía otra estructura ministerial, en razón de ello resulta justificado el pedido de la Subsecretaría de Planificación de creación de nuevas Unidades Sectoriales de Inversión, en relación a la Estructura Ministerial actual.
Que a fs. 28 y 41/42, toma intervención Subsecretaría de Presupuesto mediante Notas S. de P. N° 839/12 y N° 1654/13. Que a fs. 44, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Informe A.G.G. N° 294/13.
Que el presente acto se dicta de acuerdo a las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°.- Créanse las Unidades Sectoriales de Inversión (USI) con nivel de Dirección, en el ámbito y dependencia directa de cada una de las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo Provincial, las que serán integrantes del Sistema de Inversión Pública y que a continuación se detallan:
ARTICULO 2°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal.
ARTICULO 3°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Servicios Públicos, Secretaría de Estado de Cultura, Secretaría de Estado de Deportes y Recreación, Secretaría de Estado del Ambiente y Desarrollo Sustentable, Subsecretaría de Planificación de la Secretaría General de la Gobernación y Subsecretaría de Presupuesto.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Saadi -Aredes-Mercado-Villagra- Dusso-Gordillo- Romero
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: