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Título: Decreto ECyT. (SEC) Nº 1469 ADAPTASE EL SISTEMA DE GESTION DEL PROGRAMA QHAPAQÑAN-CATAMARCA, CAMINO PRINCIPAL ANDINO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 1 Oct. 2013
Fecha de publicacion: 8 Nov. 2013
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando el Valle de Catamarca, 01 de Octubre de 2013.
VISTO:
El Expediente N/10046/2013, por el cual la Secretaría de Estado de Cultura tramita el dictado del instrumento legal, mediante el cual se adopte el Sistema de Gestión del Programa Qhapaq Ñan - Catamarca, Camino Principal Andino, y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario organizar un espacio multiactoral a nivel local y provincial para atender los diversos aspectos que conlleva la inclusión del Qhapaq Ñan en la Lista del Patrimonio Mundial de UNESCO, representado en la provincia de Catamarca por el Pucará de Aconquija y un tramo de camino asociado.
Que atento a las pautas que orientan al Programa Multinacional Qhapaq Ñan, corresponde al estado provincial asegurar un desarrollo sostenible y participativo en el territorio que acoge al tramo y sitio nominado, con particular atención en la mejora de la calidad de vida de las comunidades vinculadas.
Que el citado programa promueve la conformación de espacios multiactorales en pos de la conservación, investigación, protección y gestión del paisaje cultural involucrado.
Que nos convoca a adoptar una perspectiva ampliada e integral del patrimonio, asumiendo que el involucramiento de las comunidades permitirá generar un marco de reflexión respecto de la sostenibilidad medioambiental, social y económica del mismo, permitiendo asumir los ajustes que resulten pertinentes de una manera consensuada.
Que la asunción de un modelo de gestión patrimonial participativo amerita generar un proceso de toma de conciencia y empoderamiento de los distintos actores sociales involucrados, a partir del conocimiento, valoración, comprensión de los procesos de gestión, conservación y uso público del patrimonio.
Que se deben identificar los problemas y retos que el marco social impone para poder avanzar sobre los objetivos en materia de conservación y puesta en valor al que nos convoca el Programa Qhapaq Ñan-Catamarca.
Que el Sistema de Gestión del Programa Qhapaq Ñan contempla la conformación de Unidades de Gestión en el ámbito Internacional, Nacional, Provincial y Local.
Que, el anexo que forma parte del presente instrumento da cuenta del Sistema de Gestión del Programa Qhapaq Ñan-Catamarca.
Que, el Sistema de Gestión del Programa Qhapaq Ñan-Catamarca busca generar ámbitos de construcción de acuerdos institucionalizados que permitan una gestión coordinada.
Que a fs. 11 obra Dictamen de fecha 24 de Mayo de 2013 de Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Cultura, manifestando que por lo expuesto y no encontrando objeciones legales, considera oportuno se apruebe Decreto, mediante el cual se adopta el sistema de gestión del Programa QHAPAPÑAN - Catamarca.
Que a fs. 14/15, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 0951/13, expresando que encontrándose la petición encuadrada en los preceptos de la Constitución Provincial Artículos 263°, 264°, 265° y concordantes corresponde se refrende el acto administrativo que se solicita.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° y Artículos 263°, 264°, 265° y Concordantes de la Constitución de la Provincia.
Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTICULO 1°.- Adoptar el Sistema de Gestión del Programa Qhapaq Ñan-Catamarca, Camino Principal Andino atendiendo a los considerandos precedentes y expresados en el Anexo que acompaña al presente instrumento legal.
ARTICULO 2°.- El Sistema de Gestión del Programa Qhapaq Ñan-Catamarca podrá estar sujeto a los ajustes que resulten pertinentes atendiendo a la dinámica propia del modelo de gestión patrimonial adoptado.
ARTICULO 3°.- Autorizar a la Secretaría de Estado de Cultura, a incorporar a su presupuesto las partidas necesarias para implementar el Sistema de Gestión del Programa Qhapaq Ñan-Catamarca y atender las erogaciones que permitan dotar al «Parque Provincial Pucará del Aconquija» de los recursos humanos e infraestructura acorde a las funciones que esta institución debe cumplir.
ARTICULO 4°.- Tomen conocimiento: Secretaría de Estado de Cultura, Secretaría de Estado del Ambiente; Secretaría de Estado de Turismo; Ministerio de Gobierno y Justicia; Secretaría General de la Gobernación; Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; Ministerio de Obras Públicas; Ministerio de Producción y Desarrollo; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Desarrollo Social; Ministerio de Servicios Públicos; Dirección de Antropología; Dirección de Patrimonio; Museo Arqueológico «Samuel Lafone Quevedo» de la ciudad de Andalgalá; Municipalidad de Aconquija; Municipalidad de Andalgalá; Municipalidad de Ambato; Cámara de Senadores; Cámara de Diputados e Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano (INAPL).
ARTICULO 5°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Nota: Anexo para consulta en Dpto. Archivo
Firmantes: CORPACCI - Ariza
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: