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Título: Decreto Acuerdo Nº 1572 MODIFICASE ARTICULO 1° Y SUSTITUYASE ANEXO DEL DECRETO ACUERDO Nº 1020/2013
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 5 Oct. 2013
Fecha de publicacion: 15 Nov. 2013
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de Octubre de 2013.
VISTO:
El Expediente M-27225/2012 y Decreto Acuerdo N° 1020/2013; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Acuerdo N° 1509/2009 se instituyó un Adicional para el personal del Escalafón General - Ley N° 3198, del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, de la Secretaría de Estado del Agua y del Ambiente y de la Secretaría de Estado y Vivienda y Desarrollo Urbano, que cumplían efectivamente las funciones que se especificaron en el Anexo I de dicho instrumento.
Que con posteridad al dictado del Decreto Acuerdo N° 06/2011, mediante el cual se dispuso modificar la organización ministerial en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial y la separación de las misiones, funciones y competencias de las carteras de Obras y Servicios Públicos, se dictó el Decreto Acuerdo N° 987/2012 que implemento a partir del 01 de Mayo de 2012, un Adicional por Función para el personal del Ministerio de Obras Públicas de similares características al creado por el Decreto Acuerdo N° 1509/2009.
Que sobre la base del requerimiento efectuado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) Catamarca – tendiente a la restitución del adicional por función previsto en el Decreto Acuerdo N° 987/2012 que dejaron de percibir sus afiliados al ser transferidos al Ministerio de Servicios Públicos-, mediante Decreto Acuerdo N° 1020/2013 se estableció, en su parte pertinente, implementar a partir del 01 de Junio de 2013, un Adicional por Función de carácter Remunerativo no Bonificable, que sería percibido por el personal del Escalafón General - Ley N° 3198, que revista la calidad de Permanente y Temporario (Contrato de Empleo Público) del Ministerio de Servicios Públicos, que cumplan efectivamente las funciones que se especificaron en el Anexo I de dicho Decreto.
Que previo a la liquidación y pago del adicional acordado mediante el Decreto Acuerdo antes referido, esto es, antes de efectivizarse los derechos acordados a los dependientes del Ministerio de Servicios Públicos, la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, a instancias de la Dirección Provincial de Recursos Humanos, ha sugerido la rectificación de las funciones incluidas en el Anexo I del mismo, ello sobre la base de considerar que en la tramitación del Expediente M-27225/2012, en donde se dictara el Decreto Acuerdo N° 1020/2013, la voluntad de la administración se ha visto viciada por la incorporación de un listado de funciones no contempladas en el Adicional instituido en el Anexo I del Decreto Acuerdo N° 987/2012.
Que a fs. 119/154, el Ministerio de Servicios Públicos, mediante Resolución Ministerial N° 98/ 13 y Anexo respectivo, resuelve: Incorporar el Adicional establecido en el Decreto Acuerdo N° 1020/13, al personal de Planta Permanente de este Ministerio.
Que a fs. 157/158, interviene la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.
Que a fs. 161/164, obra Informe N° 004/13 de la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Servicios Públicos.
Que a fs. 167/170, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen N° 1446/2013, manifestando que comparte lo informado por la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, y considera pertinente se proceda a la rectificación del Anexo I del mismo en los términos que señala el Decreto que le diera sustente por lo que puede el Poder Ejecutivo dictar el Decreto pertinente.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°.- Modifíquese parcialmente el Artículo 1° del Decreto Acuerdo Nº 1020/2013, el cual quedará redactado de la siguiente manera: «ARTICULO 1°.- Hacer extensivo a partir del 01 de Junio de 2013, el Adicional por Función de carácter Remunerativo no Bonificable creado por el Decreto Acuerdo 987/2012, al personal del Escalafón General - Ley N° 3198, que revistan en calidad de Permanente, Temporario y (Contrato de Empleo Público) del Ministerio de Servicios Públicos, el cual será percibido por los agentes que cumplan efectivamente las funciones que se especifican en el Anexo del presente Decreto Acuerdo, modificándose el mismo según las funciones específicas de este Ministerio.».
ARTICULO 2°.- Sustitúyase el Anexo del Decreto Acuerdo N° 1020/2013, por el Anexo del presente Decreto, el que forma parte del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 3°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Servicios Público Subsecretaría de Presupuesto, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública; Dirección Provincial de Recursos Humanos, Unidad Centro de Control de Gasto en Personal, Dirección Provincial de Gestión de la Información, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése Registro Oficial y archívese.
ANEXO
FUNCIONES ADICIONAL
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Firmantes: CORPACCI-Saadi -Aredes-Mercado-Villagra- Dusso-Gordillo- Romero
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: