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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 1800
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 1800 CREASE DIRECCION DE INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES, DIRECCION DE ADMINISTRACION, DIRECCION DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DIRECCION DE SEGURIDAD VIAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 30 Oct. 2013

Fecha de publicacion: 6 Dic. 2013

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Decreto Acuerdo Nº 1800

CREASE DIRECCION DE INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES, DIRECCION DE ADMINISTRACION, DIRECCION DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DIRECCION DE SEGURIDAD VIAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD

San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de Octubre de 2013.

VISTO:
El Expediente «S» N° 25653/2013, por el que la Secretaría de Estado de Seguridad, tramita la aprobación de la estructura orgánica, misiones y funciones de la citada Secretaría de Estado; y

CONSIDERANDO:
Que por Decreto Acuerdo N° 1705 de fecha 18 de Octubre de 2013, se crea la Secretaría de Estado de Seguridad que tendrá competencia exclusiva y excluyente para entender en todas las cuestiones relacionadas con la seguridad pública. 
Que a los fines de lograr el cometido dispuesto por el Decreto Acuerdo N° 1705 de fecha 18 de Octubre de 2013 resulta necesario establecer la estructura orgánica, competencia, misiones y funciones de la Secretaría de Estado de Seguridad, determinando las distintas responsabilidades de dicha jurisdicción, conforme a las funciones indelegables del Poder Ejecutivo Provincial.
Que las actividades inherentes a la materia de seguridad, implica una serie de acciones, planificación, estudios y proyectos sumamente necesarios para fortalecer la promoción de la seguridad física, patrimonial y jurídica de los habitantes de la provincia; entender en todo lo concerniente a la organización y dirección de la Policía de la Provincia de Catamarca; entender en todo lo referente a la gestión del Servicio Penitenciario Provincial; entender en todo lo atinente a la Defensa Civil y entender en las relaciones institucionales con el Poder Judicial.
Que en consecuencia, debe precederse a transferir a dicha Secretaría la dotación de personal con dependencia presupuestaria de la ex Subsecretaría de Seguridad y establecer en lo concerniente a liquidación de haberes que será de aplicación toda norma legal y reglamentaria vigente para las áreas referidas.
Que se hace necesario proveer a la Secretaría de Estado de Seguridad los bienes y servicios que demanden para el óptimo funcionamiento del área, por lo que se deben tomar los recaudos necesarios para garantizar tales demandas y en forma transitoria, por parte de la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia.
Que resulta necesario la creación de Direcciones para optimizar el funcionamiento de la Secretaría de Estado de Seguridad, acorde a los nuevos paradigmas en las Políticas Públicas de Seguridad.
Que es facultad del Poder Ejecutivo establecer mediante decreto las misiones y funciones, ámbitos de competencia y estructuras orgánicas de los Ministerios, como asimismo, lo relacionado con las Secretarías y Subsecretarías de Estado, y demás organismos y entes que dependan directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integran la Administración Central y Descentralizada del Gobierno Provincial.
Que el Artículo 4° del Decreto Acuerdo N° 1544/2007 dispone que serán aprobadas por decreto del Poder Ejecutivo Provincial, en acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que a fs. 15, toma intervención Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Seguridad, mediante Dictamen N° 351/13.
Que a fs. 19, la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública toma intervención y manifiesta que no formula objeciones al presente trámite.
Que a fs. 20/21, toma intervención la Subsecretaría de Presupuesto, mediante Nota S. de P. N° 3201 de fecha 23 de Octubre de 2013. Que a fs. 25/28, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 1857/13 por el que manifiesta que se encuentran reunidos los requisitos establecidos en los artículo 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8° del Decreto Acuerdo N° 1544/07 y en el artículo 27° del Código de Procedimientos Administrativos en cuanto a causa, objeto, procedimiento, motivación y finalidad que deben tener los actos administrativos, por lo que es facultad discrecional del Poder Ejecutivo la suscripción del Decreto que apruebe la estructura orgánica, misiones, funciones y dotación de personal de la Secretaría de Estado de Seguridad.
Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Acuerdo 1544/07 y las atribuciones conferidas por el artículo 149° de la Constitución Provincial.
Por ello;

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.- Créase la Dirección de Informática y Telecomunicaciones, Dirección de Administración, Dirección de Seguridad Ciudadana y Dirección de Seguridad Vial con dependencia directa de la Secretaría de Estado de Seguridad.

 ARTICULO 2°.- Apruébanse los Objetivos y Acciones de las Unidades Orgánicas establecidas y previstas en el artículo 1° del presente instrumento legal, los que como Anexo II forman parte integrante de este Decreto Acuerdo.

ARTICULO 3°.- Transfiérase a la Secretaría de Estado de Seguridad la dotación de personal con dependencia presupuestaria de la ex Subsecretaría de Seguridad.

ARTICULO 4°.- Transfiérase a la Secretaría de Estado de Seguridad la Dirección Provincial de Coordinación y Ejecución, la Dirección Provincial Planes de Seguridad y la Dirección de Defensa Civil, con dependencia directa de la ex Subsecretaría de Seguridad.

ARTICULO 5°.- Apruébase la dotación de Personal Superior, de Gabinete y fuera de nivel de la Secretaría de Estado de Seguridad, que como Anexo III forman parte integrante del presente instrumento legal.

ARTICULO 6°.- Apruébese la estructura orgánica de aplicación de la Secretaría de Estado de Seguridad, creada por Decreto Acuerdo N° 1705 de fecha 18 de Octubre de 2013, que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto Acuerdo.

ARTICULO 7°.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a través de la Subsecretaría de Presupuesto adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos, dotación de cargos y planta de personal que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal.

ARTICULO 8°.- La Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia a proveerá de los bienes y/o servicios necesarios para el normal desempeño de la Secretaría de Estado de Seguridad, hasta normalizar el funcionamiento de la Dirección de Administración dependiente de esta Secretaría.

ARTICULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése al registro oficial y Archívese.

 

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi -Aredes-Mercado-Villagra- Dusso-Gordillo- Romero

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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