Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto Acuerdo /

Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 1207
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 1207  CREASE EL SITIO WEB DENOMINADO «PORTAL DE LA TRANSPARENCIA DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA»

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 24 Ago. 2011

Fecha de publicacion: 18 Oct. 2011

Cuerpo de Decreto Acuerdo:   |       Descargar PDF

  

Decreto Acuerdo Nº 1207
CREASE EL SITIO WEB DENOMINADO «PORTAL DE LA TRANSPARENCIA DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA»

San Fernando del Valle de Catamarca, 24 de Agosto de 2011

VISTO:
El Expediente D 27987/2010 y la propuesta formulada por la Dirección Provincial de Gestión de la Información; y

CONSIDERANDO:
Que dentro de las medidas llevadas a cabo por el Ejecutivo Provincial en el marco de las políticas implementadas en relación al «Gobierno Electrónico», para el uso intensivo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TICs), se implementa el nuevo «PORTAL DE LA TRANSPARENCIA DEL GOBIERNO DE CATAMARCA».
Que el objetivo de este nuevo portal en la web es poner a disposición de la ciudadanía una herramienta tecnológica de fácil acceso, que publique el desempeño de las acciones de gobierno.
Que se propone la creación de un único sitio web, que contenga una serie de recursos y servicios integrados y relacionados al derecho de acceso a la información pública.
Que asimismo, con el citado portal se permitirá el acceso directo a todos los servicios que en la web se encuentra brindando actualmente la Provincia.
Que la adecuada y rápida difusión de los actos de gobierno contribuye a dar mayor transparencia al obrar de los Poderes del Estado y al logro de los objetivos de sus políticas, facilitando el conocimiento de la información y fortaleciendo la relación del Estado y la Sociedad.
Que el Artículo 11° de la Constitución de la Provincia, garantiza el derecho de los ciudadanos al libre acceso a las fuentes de la información, posibilitando la difusión de los documentos vinculados a los modos de expresión jurídica de los Poderes del Estado, lo que facilita el control sobre la actividad gubernamental.
Que se ha expedido favorablemente Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 500/11, no formulando objeciones para la continuidad del presente trámite.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal en virtud de lo establecido en el Art. 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°. Créase el sitio web denominado «Portal de la Transparencia del Gobierno de la Provincia de Catamarca», que estará disponible a la ciudadanía en el dominio «www.Transparencia.catamarca.gov.ar».

ARTICULO 2°. Establécese que el «Portal de la Transparencia del Gobierno de la Provincia de Catamarca», será el único portal de acceso a la temática de la transparencia de los Actos de Gobierno del Poder Ejecutivo Provincial y mostrará la información pública respectiva, permitiendo el acceso sencillo y ordenado de archivos, registros o datos contenidos en cualquier medio que el Estado obtenga, adquiera, transforme o conserve por cualquier motivo. Se exceptuará la publicidad de información cuando una Ley o Decreto así lo establezcan o cuando se trate de información clasificada como «reservada».

ARTICULO 3°. Desígnase autoridad de aplicación del presente instrumento legal, a la Secretaría General de la Gobernación, Organismo que queda facultado para efectuar recomendaciones, dictar normas complementarias, aclaratorias e interpretativas y los procedimientos necesarios para su aplicación.

ARTICULO 4°. Determínase que el Portal de la Transparencia del Gobierno de la Provincia de Catamarca, será de aplicación obligatoria a todo el Sector Público Provincial integrado por la Administración Central, Organismos Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado.

ARTICULO 5°. Déjase establecido que cada Organismo involucrado será responsable de la información publicada, de su actualización permanente y del contacto directo con los funcionarios responsables de establecer los lineamientos generales, a efectos de una mejor aplicación informática y administrativa del Portal de Transparencia del Gobierno de la Provincia de Catamarca.

ARTICULO 6°. Desígnase a la Dirección de Tecnologías Informáticas dependiente de la Dirección Provincial de Gestión de la Información, de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, como Organismo responsable del mantenimiento técnico del sitio Web al que hace referencia el Artículo 1° del presente Instrumento y del establecimiento de las políticas de uso, como así también de la coordinación de las tareas de implementación de los distintos servicios sectoriales y del dictado de la normativa complementaria que resultare menester para la ejecución de sus términos.

ARTICULO 7°. Tomen conocimiento a sus efectos: SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION, SUBSECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS Y GESTION PUBLICA Y DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFORMACION

ARTICULO 8°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Acuña-Marcolli-Bellón-Perna-Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 83/2011

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto Acuerdo, envianos tu comentario: