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Título: Decreto Acuerdo Nº 1012 AUTORIZASE A LA SECRETARIA DE TURISMO A AMPLIAR LOS LIMITES DE CONTRATACION DIRECTA POR SIGDecreto Acuerdo Nº 1012 AUTORIZASE A LA SECRETARIA DE TURISMO A AMPLIAR LOS LIMITES DE CONTRATACION DIRECTA POR SIGNIFICACION ECONOMICANIFICACION ECONOMICA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 4 Julio 2012
Fecha de publicacion: 31 Ago. 2012
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Decreto Acuerdo Nº 1012
AUTORIZASE A LA SECRETARIA DE TURISMO A AMPLIAR LOS LIMITES DE CONTRATACION DIRECTA POR SIGNIFICACION ECONOMICA
San Fernando del Valle de Catamarca, 04 de Julio de 2012.
VISTO:
El Expediente S10161/12, a través del cual la Secretaría de Turismo gestiona la modificación del límite fijado por el Decreto Acuerdo N° 2248/08, para contratar bajo la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica Artículo 98°, inc. c) de la Ley N° 4938, para atender los gastos que demande la realización de la «XLII Edición de la Fiesta Nacional e internacional del Poncho 2012»; y
CONSIDERANDO:
Que a 2/3, obra Nota de fecha 07 de Mayo de 2012, suscripta por la señora Secretaria de Turismo y por el Director Provincial de Administración, dirigida a la Subsecretaría de Presupuesto, mediante la cual solicita en carácter excepcional la ampliación de los Límites de Contratación Directa por Significación Económica hasta la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,00), para la adquisición de bienes y servicios necesarios para la realización de la «XLII Edición de la Fiesta Nacional e Internacional del Poncho 2012»
Que lo gestionado está normado por la Ley N° 4938 que establec e y regula «la Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial», sus Reglamentos y Decretos modificatorios y/o complementarios.
Que por lo expresado, resulta necesario dictar normas de excepción respecto al monto para contratar por la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica Artículo 98°, inc. c) de la Ley 4938, siendo menester modific ar e l Artículo 23°, inciso a ) de l Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08 Contratac ión Direc ta por Signific ac ión Económica, como así también los Artículos 51° Autoridades Competentes y 19°, de la misma norma legal.
Que a e fe ctos de logra r una mayor transparencia, se hace necesario la exigencia de realizar dos (2) o más pedidos de cotización de precios, a firmas cuyo ramo o explotación o tipo de actividad guarden relación con el objeto del llamado, como así también la publicidad por un (1) día en uno o más diarios de circulación local, permitiendo con tal medida la posibilidad que un mayor número de interesados tome conocimiento del pedido de ofertas de la Administración Provincial, posibilitando a sí la mayor concurrencia de proponentes, a efectos de promover la competencia y oposición.
Que las Contrataciones que se realicen se financiarán con recursos del Tesoro Provincial Fuente de Financiamiento 111 y Fuente de Financiamiento 347.
Que el Artículo 69°, inciso a), apartado 5) del Reglamento Parcial N° 1 de la Ley N° 4938 establece que los pagos que pueden atenderse con los fondos permanentes no podrán exceder, individualmente, el monto establecido por el régimen de Compra Directa por Significación Económica, por ello resulta necesario modificar excepcionalmente el mencionado Artículo hasta la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/ 100 ($ 300.000,00).
Que a fs. 12, obra Nota S. de P. N° 1074/12, de la Subsecretaría de Presupuesto, mediante la cual informa sobre la disponibilidad de crédito en las Partidas Presupuestarias.
Que a fs. 14/15, ha tomado debida intervención que le compete Contaduría General de la Provincia, mediante Informe N° 1596/012. Que a fs. 33/36, ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, a través de Dictamen AGG. N° 731/12.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°. Autorízase a la SECRETARÍA DE TURISMO, en forma excepcional, y por única vez, para atender los gastos que demande la realización de la «XLII Edición de la Fiesta Nacional e Internacional del Poncho 2012», a contratar bajo la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica Artículo 98°, inc. c), Ley N° 4938 hasta la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00), siendo requisito indispensable la realización de dos (2) o más pedidos de cotización de precios, como así también la publicidad por un (1) día en uno (1) o más diarios de circulación local y la publicación de la contratación en la pagina web institucional del Organo Rector del Sistema de Contrataciones.
ARTICULO 2°. A los fines de cumplimentar lo dispuesto por el Artículo 1° del presente Instrumento Lega l, modifica se en forma excepcional para la Secretaría de Turismo, lo establecido por los Artículos 23°, Inciso a) Contratación Directa por Significación Económica y 51° Inciso a) Autoridades Competentes del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08.
ARTICULO 3°. Facúltase en forma excepcional al titular de la Secretaría de Turismo a Autorizar, Aprobar y Adjudicar las Contrataciones Directas por Significación Económica, que se efectúen con motivo de la realización de la «XLII Edición de la Fiesta Nacional e Internacional del Poncho 2012».
ARTICULO 4°. Autorízase al Servicio Administrativo Financiero 15 Dirección Provincial de Administración de la Secretaría de Turismo, a efectivizar los pagos resultantes de las erogaciones a que se refiere el Artículo 1° del presente Instrumento Legal, con recursos del Tesoro Provincial Fuente de Financiamiento 111 y Fuente de Financiamiento 347.
ARTICULO 5°. Modifícase en forma excepcional, lo dispuesto por el Artículo 69°, inciso a), apartado 5) del Reglamento Parcial N° 1 de la Ley N° 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 907/98, hasta la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 300.000,00).
ARTICULO 6°. Exclúyase a la Secretaría de Turismo, del alcance de lo dispuesto por el Artículo 19° del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938, Aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08.
ARTICULO 7°. Los gastos que demande la realización de la «XLII Edición de lo Fiesta Nacional e Internacional del Poncho 2012», según el régimen de excepción que se autoriza por el presente Instrumento Legal, se imputarán a las partidas presupuestarias correspondientes del Presupuesto vigente.
ARTICULO 8°. Tomen conocimiento a sus efectos, Secretaría de Turismo, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTICULO 9°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Gordillo-Mercado-Villagra-Pfeiffer-Acosta-Dusso
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: