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Título: Decreto Acuerdo Nº 1246 DISPONESE UNA AMPLIACION DEL PLAZO PREVISTO PARA LA DESAFILIACION EN EL REGIMEN DE ASIGNACION COMPLEMENTARIA PREVISIONAL
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 31 Ago. 2011
Fecha de publicacion: 1 Nov. 2011
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San Fernando del Valle de Catamarca, 31 de Agosto de 2011
VISTO:
Los Exptes E 19515/11 con agregado A19889/ 11 y el DecretoAcuerdo N° 127/2011 de fecha 04 de Marzo de 2011 y su modificatorio N° 386 de fecha 28 de Abril de 2011; y
CONSIDERANDO:
Que por los mencionados instrumentos legales se crea el Régimen de Asignación Complementaria Previsional, cuyo Artículo 35° establece que: «Los Agentes incluidos en el Artículo 1° y no excluidos por el Artículo 10°, tendrán como plazo mínimo y perentorio de 90 días a partir de la fecha del presente instrumento para expresar fehacientemente su voluntad de ser excluidos del presente sistema, asimismo, no habiendo expresado en el plazo establecido la negativa antes mencionada, los agentes quedarán incluidos en forma directa al presente sistema».
Que obran en el presente notas cursadas al Señor Gobernador de la Provincia por los Representantes Sindicales de diferentes sectores de la Administración Pública Provincial, peticionando, entre otros asuntos, una ampliación de los plazos previstos por el Artículo 35° del DecretoAcuerdo N° 386/11, para expresar la voluntad positiva de desafiliación al Régimen, por parte de los agentes públicos.
Que en virtud de garantizar la legítima defensa de los intereses de los agentes públicos alcanzados por la medida, se estima necesario brindar un plazo superior a los fines de permitirle una mayor información para la toma de decisiones, por lo que se considera pertinente ampliar el plazo previsto por el Artículo 35° del DecretoAcuerdo N° 386/ 11, por el término de 30 días más, contados a partir del vencimiento de la fecha establecida.
Que ha tomado debida intervención Asesoría General de Gobierno Dictamen A.G.G. N° 693/11 .
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente Instrumento Legal, en virtud de lo dispuesto por los Artículos 149° y 184° de la Constitución Provincial y la Ley N° 4639 de Reforma del Estado.
ARTICULO 1°. Dispónese, una ampliación del plazo previsto en el Régimen de Asignación Complementaria Previsional referido a la desafiliación en 30 días más, contados a partir del vencimiento del plazo previsto en el Artículo 35° del DecretoAcuerdo N° 386/11 Modificatorio del DecretoAcuerdo N° 127/11 y hasta el 31 de Agosto del corriente año, inclusive, para que los agentes públicos expresen fehacientemente su voluntad de ser excluidos del presente Régimen.
ARTICULO 2°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial, Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Acuña-Marcolli-Bellón-Acuña-Vega
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: