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Detalle del Decreto 1448
  

 

Título: Decreto ECyT. N° 1448  CREASE LA ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL N° 13 EN SAUJIL  – DEPARTAMENTO POMAN

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 21 Set. 2011

Fecha de publicacion: 22 Nov. 2011

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Decreto ECyT. N° 1448
CREASE LA ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL N° 13 EN SAUJIL – DEPARTAMENTO POMAN

San Fernando del Valle de Catamarca, 21 de Septiembre de 2011.

VISTO:
El Expte. M/3615/2010 Agregs. C/28867/2010; M/343/2010; C/15389/2010 y A/31050/2010, por los que se tramita la creación de una Escuela de Educación Especial en la localidad de Saujil, Departamento Pomán, y

CONSIDERANDO:
Que mediante Nota de fecha 26.NOV.2009 (fs. 7) la Supervisora de Zona del Departamento Pomán, conjuntamente con la Asociación de Padres de Niños Especiales, se dirigen a la entonces Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con el fin de elevar para su consideración el Proyecto denominado «Manos Unidas por los Niños con Necesidades Educativas Especiales», el que tiene por objetivo la creación de una Escuela de Educación Especial en la localidad de Saujil.
Que el proyecto «Manos Unidas por los Niños con Necesidades Especiales» abraza para su fundamentación los postulados de la Ley de Educación Nacional 26.206 en su Capítulo VIII sobre Educación Especial, Artículos 42, 43 y 44, reparando especialmente en este último, en el que claramente se explicita que las autoridades deben asegurar el derecho a la educación, la integración escolar y favorecer la inserción de las personas con discapacidad, temporales o permanentes. Asimismo, se pone de resalto lo establecido en el Capítulo II Fines y objetivos de la política educativa nacional, Artículo 11, incisos e), k), n), r), y v).
Que se expresa en el Diagnóstico Situacional que existen varios casos de niños con necesidades educativas especiales incorporados en las escuelas comunes del departamento, un número aproximado de tres (3) o más casos en cada institución, y otro número preocupante de niños que nunca asistieron a la escuela y que están en edad escolar. La Comisión de Padres «Manos Unidas», viene trabajando por sus propios medios con estos niños y gracias a su tarea solidaria han logrado llevar a cabo Talleres Recreativos que les permiten contenerlos.
Que los mismos provienen de distintos lugares como: Saujil, San Miguel, Golpes, Siján, Rincón, Mutquín y de la misma Villa de Pomán. Chicos de entre uno (1) y dieciséis (16) años con discapacidades diferentes, tanto motoras como mentales y sensoriales que no pueden ser integrados adecuadamente a las escuelas comunes que no cuentan con un gabinete psicopedagógico que guíe y acompañe esta tarea. Sumado a ello, el hecho que, tanto los directivos como los maestros no están preparados desde su formación docente para la atención de las Necesidades Educativas Especiales (NEE).
Que la creación de la Escuela de Educación Especial en la localidad de Saujil, de fácil acceso a través de la ruta provincial N° 46 y equidistante a todas las localidades mencionadas que la circundan, permitirá garantizar la atención de los niños y preadolescentes con NEE desde el momento de su detección, y brindarles una formación orientada al desarrollo integral de la persona y una capacitación laboral que les permita su incorporación al mundo del trabajo.
Que en lo concerniente al espacio físico, el Intendente de la Municipalidad de Saujil expresa en su Nota N° 031/2010 (fs. 01), que ese Municipio ha puesto a disposición del Proyecto un edificio municipal que cuenta con seis ambientes amplios; dos baños; un salón con heladera y cocina; los servicios básicos como agua y luz; y un campo de juego del tamaño de una cancha de básquet. Al mismo tiempo, hace el compromiso de colaborar en todo aquello que esté al alcance de esa comuna a fin de lograr el mantenimiento del edificio y/o aquellos trabajos que por cualquier motivo el Ministerio del área no pudiera realizar. Dicho compromiso es ratificado con fecha 26.MAY.2011 mediante Nota DE. N° 038/11 obrante a fs.136.
Que en apoyo a esta iniciativa concurre también la Cámara de Diputados del Poder Legislativo Provincial, la cual, mediante Resolución C.D. N° 089/2010 (fs. 55), solicita al Poder Ejecutivo que por medio del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, prevea los recursos económicos y humanos necesarios, en el Presupuesto General de la Provincia correspondiente al año 2011, para la creación de una Escuela para Niños con Necesidades Educativas Especiales en la localidad de Saujil, Departamento Pomán.
Que también avalan el referido proyecto de creación el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Saujil (fs. 33); y la Cámara de Senadores a través del anteproyecto de Resolución que se agrega a fs. 79/84.
Que a fs. 121/135 obra la correspondiente Propuesta Educativa, en la que se consideran los servicios que brindará la institución: Educación Temprana; Nivel Inicial; Educación Primaria; Ciclo Básico Secundario; y Talleres de Formación Profesional para Jóvenes y Adultos.
Que la Agencia de Evaluación y Monitoreo Educativo del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en Nota AEyME. N° 17/2011 (fs. 74), expresa que luego de haber realizado el análisis de los informes técnicos correspondientes, se observa que la comunidad de Saujil se encuentra preparada para brindar el servicio de una escuela especial, ya que se cuenta con el lugar físico cedido por la Intendencia de dicha localidad y con la matrícula correspondiente. Por ello, la Subsecretaría de Planeamiento Educativo eleva lo actuado para la continuidad del trámite.
Que la Subsecretaría de Gestión Educativa, mediante providencia de fs. 144, solicita la emisión del correspondiente instrumento legal de creación.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en Dictamen DAJ. N° 437/2011 (fs. 150/152) destaca que se expresan en autos una serie de fundamentos que hacen propicia la creación de la Escuela de Educación Especial N° 13 en la localidad de Saujil. Asimismo, se han expedido los correspondientes informes técnicopedagógicos por parte de los organismos competentes. Por ello, nada obsta para que se proceda a la emisión del correspondiente Decreto de creación, previo a lo cual, corresponde dar intervención a Asesoría General de Gobierno.
Que Asesoría General de Gobierno se expide mediante Dictamen AGG. N° 816/2011 (fs. 154/ 155) concluyendo que, de acuerdo con las actuaciones cumplidas y el encuadre legal que permite la Ley Nacional de Educación 26.206 en sus Artículos 42°, 43° y 44° y concordante normativa legal, puede refrendarse el decreto de creación de la Escuela Especial N° 13 en Saujil Pomán.
Que mediante providencia de fs. 162, la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología informa que se ha previsto en el presupuesto el crédito necesario para la creación de la Escuela Especial que se solicita.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°. Créase la Escuela de Educación Especial N° 13 en la localidad de Saujil, Departamento Pomán, la que funcionará en el edificio del Albergue Municipal de Saujil, cedido en comodato al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología por la Municipalidad de Saujil, a partir del presente período lectivo.

ARTICULO 2°. Establécese que a los fines señalados en el artículo precedente, las partes intervinientes fijarán los términos y condiciones del Comodato y suscribirán el correspondiente Convenio.

ARTICULO 3°. Apruébase la Planta Orgánica Funcional de la Escuela de Educación Especial N° 13, según detalle del Anexo Unico que forma parte del presente decreto, según lo previsto en la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 2011.

ARTICULO 4°. Facúltase al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a través de sus organismos competentes, a realizar todas aquellas gestiones conducentes a la concreción de lo dispuesto en el artículo 1°.

ARTICULO 5°. Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Gestión Educativa, Agencia de Gestión, Niveles y Modalidades Educativas, Jefatura del Programa de Educación Especial, Subsecretaría de Coordinación Administrativa, Dirección Provincial de Recursos Humanos del Area, y Subsecretaría de Planeamiento Educativo.

ARTICULO 6°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial, Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Perna

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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