Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto /

Decreto
  
    

  
Detalle del Decreto 1551
  

 

Título: Decreto HF. N° 1551 RATIFICASE LA ADDENDA AL CONVENIO PARTICULAR SUSCRIPTA ENTRE EL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS Y LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 7 Oct. 2011

Fecha de publicacion: 6 Dic. 2011

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto HF. N° 1551
RATIFICASE LA ADDENDA AL CONVENIO PARTICULAR SUSCRIPTA ENTRE EL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS Y LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION

San Fernando del Valle de Catamarca, 07 de Octubre de 2011.

VISTO:
El Expte. «B» N° 7567/2010 «Barrera Fany del Valle s/Beca para el pago mensual de la carrera de Ciencias Económicas y de Administración, y los Exptes: Letra «B» N° 8685/2010, Letra «P» N° 13734/2010 y Letra «E» N° 27181/2009; y

CONSIDERANDO:
Que el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia y la Señora Decana de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración han suscripto con fecha 13 de Septiembre de 2011 una Addenda al Convenio Particular celebrado con fecha 14 de Marzo de 2011, autorizado por Decreto Acuerdo N° 1051/11.
Que las partes han acordado la modificación de la Cláusula Cuarta del Convenio Particular referenciado.
Que el presente instrumento se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 149°, de la Constitución Provincial.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°. Ratifícase, en todas sus partes, la Addenda de fecha 13 de Septiembre de 2011 al Convenio Particular de fecha 14 de Marzo de 2011 autorizado por Decreto Acuerdo N° 1051/2011, suscripta entre el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas y la Señora Decana de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración, que como Anexo Unico forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 2°. Tomen conocimiento a sus efectos: Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, Subsecretaría de Finanzas e Ingresos Públicos, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.

ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

CONVENIO PARTICULAR ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION Y EL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA

Entre la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración de la Universidad Nacional de Catamarca, en adelante «la Facultad», representada en este acto por su Decana, C.P.N. María Beatriz MAZA, con domicilio legal en la calle Maestro Quiroga 50 (Planta Alta), de la ciudad de Catamarca; y, el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Catamarca, en adelante «el Ministerio»; representado en este acto por su titular, CPN Mamerto Ernesto Mario ACUÑA, con domicilio legal en la calle Sarmiento N° 589 Piso 8° de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, por otra parte; acuerdan celebrar el presente Convenio Particular para la asistencia económica para el desarrollo de las Carreras Licenciatura en Gestión Pública y Licenciatura en Gestión de la Educación Superior; en el Marco del Convenio de Cooperación Técnica celebrado el 09 de marzo de 1981 que oportunamente suscribieron el Superior Gobierno de la Provincia y la Universidad Nacional de Catamarca; y, de acuerdo a las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente convenio particular tiene por objeto establecer la asistencia económica a la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración de la Universidad Nacional de Catamarca para apoyar el desarrollo de las Carreras de Licenciatura en Gestión Pública y Licenciatura en Gestión de la Educación Superior. SEGUNDA: La Facultad y el Ministerio conformarán una Unidad de Seguimiento cuya responsabilidad principal será la implementación del objeto mencionado en la cláusula primera. Los integrantes designados por ambas partes serán comunicados a la otra mediante comunicación fehaciente. TERCERA: La Facultad se obliga a la reducción las tasas por servicios educativos a los alumnos de las Licenciaturas que revisten el carácter de agentes de la Administración Pública Provincial en la proporción del 50 % del monto establecido en la norma que establezca el valor anual de las mismas. CUARTA: El MINISTERIO se compromete a abonar a LA FACULTAD la suma total de 72.270 $ (Pesos setenta y dos mil doscientos setenta) correspondientes al año 2011 pagadero en forma bimestral, en cinco pagos iguales y consecutivos de $ 14.470. (Pesos catorce mil cuatrocientos setenta), cuyo primer vencimiento operará el 31 de mayo de 2011. El incumplimiento de los pagos significará la automática suspensión de los alcances de este convenio por parte de la FACULTAD.QUINTA: Las partes establecen como órgano de competencia el Juzgado Federal de la Provincia de Catamarca. SEXTA: Se suscriben dos (2) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, que reciben en este acto cada una de las partes, firmando de conformidad, en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a los 14 días del mes de marzo de 2011.

CPN. Mamerto Ernesto Mario Acuña
Ministro de Hacienda y Finanzas

María Beatriz Maza
Decana FCEYA UNCA

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Acuña

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 97/2011

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto, envianos tu comentario: