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Título: Decreto Acuerdo N° 1565 INCORPORASE A LA PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL A LOS AGENTES QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERSONAL CONTRATADO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 7 Oct. 2011
Fecha de publicacion: 9 Dic. 2011
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 07 de Octubre de 2011.
VISTO:
El Expediente S10393/2011, relacionado con la incorporación a Planta Permanente de la Administración Pública Provincial a los agentes que se desempeñan como Personal Contratado cuyo ingreso se haya producido hasta el 31 de diciembre de 2010; y
CONSIDERANDO:
Que es política del Gobierno Provincial continuar impulsando la creciente profesiona lización y dignificación laboral de los agentes dependientes del Sector Público Provincial, profundizando las acciones tendientes a la estabilidad laboral.
Que en tal sentido se establece como fecha límite el día 31 de diciembre de 2010 inclusive, para que las personas con contratos celebrados bajo la forma de locación de servicio pasen a planta permanente.
Que luego de los estudios realizados se deben disponer las medidas conducentes para instrumentar el referido pase a planta permanente, sin que ello constituya asignación de recursos extraordinarios alguno.
Que los Organismos competentes han realizado los análisis técnicos necesarios para determinar la nómina de agentes, que a la fecha, se encuentran en condiciones de ser incorporados a la planta de personal permanente.
Que el Artículo 7° de la Ley de Presupuesto N° 5321, faculta al Poder Ejecutivo Provincial a disponer las reestructuraciones y modificaciones de los créditos presupuestarios que considere necesarios con la única limitación de no alterar los totales fijados por el Artículo 5° de la citada Ley y con la excepción prevista en el Artículo 6°.
Que mediante Dictamen N° 284 de fecha 5 de agosto de 2011, la Asesoría de Gabinete de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública realizó el control de su competencia.
Que Asesoría General de Gobierno tomó intervención mediante Dictamen A.G.G. N° 649 de fecha 15 de agosto de 2011, no formulando objeciones al respecto.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.
ARTICULO 1°. Incorpórase, a partir del 1 de mayo de 2011, a la Planta de Personal Permanente de la Administración Pública Provincial a los agentes que se desempeñan como Personal Contratado (Personal No Permanente) compren didos en el Estatuto para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial Ley N° 3276 T.O. Decreto CEPRE N° 1238/92 o en los regímenes jurídicos vigentes para el Personal de los Organismos Centralizados y Descentralizados, designados hasta el 31 de Diciembre de 2010 inclusive y que continúen a la fecha en relación de dependencia en el Poder Ejecutivo en idéntica situación de revista.
ARTICULO 2°. La incorporación a Planta Permanente dispuesta por el Artículo precedente se realiza en la Dependencia, Categoría y Agrupamiento y Cargo que se indica en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívase.
Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Acuña-Marcolli-Bellón-Perna-Acuña-Vega
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: