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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 1568
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1568  CREASE UN ADICIONAL DENOMINADO «ELABORACION Y PRESENTACION DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL» PARA EL PERSONAL DE LA SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 7 Oct. 2011

Fecha de publicacion: 13 Dic. 2011

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Decreto Acuerdo N° 1568
CREASE UN ADICIONAL DENOMINADO «ELABORACION Y PRESENTACION DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL» PARA EL PERSONAL DE LA SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

San Fernando del Valle de Catamarca, 07 de Octubre de 2011.

VISTO:
El Expediente S25779/2011, mediante el cual se gestiona el otorgamiento de un Adicional a los agentes de la SUBSECRETARIA DE PRESU PUESTO, durante los meses de octubre/2011 a diciembre/2011; y

CONSIDERANDO:
Que el Artículo 15° de la Ley N° 4938, que establece y regula «la Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial», fija que la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO será el Organo Rector del Sistema Presupuestario del Sector Público Provincial.
Que por el Artículo 16° de la citada norma legal se determinan las competencias que tiene la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, entre las cuales se destaca la de preparar el Proyecto de Ley de Presupuesto General y fundamentar su contenido.
Que a los fines de la preparación del Presupuesto de la Administración Pública Provincial, se hace necesario llevar a cabo el análisis y los ajustes necesarios de los anteproyectos que sean presentados por las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Provincial.
Que en función de ello en los meses de octubre, noviembre y diciembre del presente año las tareas se verán notablemente incrementadas, en función de tener que preparar el Proyecto de Ley de Presupuesto para el Ejercicio 2012, lo cual requiere un esfuerzo adicional por parte de los agentes que prestan funciones en forma efectiva en la Subsecretaría de Presupuesto, razón por la cual tal esfuerzo merece ser reconocido y compensado económicamente.
Que no existen impedimentos legales para el dictado del presente instrumento Legal, ya que es un acto discrecional del Poder Ejecutivo, conforme las facultades otorgadas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°. Créase con vigencia a partir del 01 de octubre de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011, un adicional de carácter no remunerativo y no bonificable, denominado «ELABORACION Y PRESENTACION DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL», que será percibido por el personal con efectiva prestación de servicios en la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO.

ARTICULO 2°. El Adicional creado por el Artículo 1° del presente Instrumento Legal, se liquidará conforme el siguiente detalle:

FUNCIONES                                                         IMPORTE
PERSONAL FUERA DE NIVEL                             $ 800,00
PROFESIONALES                                                $ 750,00
ADMINISTRATIVOS Y TECNICOS                       $ 700,00
PERSONAL DE SERVICIOS                                $ 600,00

ARTICULO 3°. El personal incluido en las disposiciones del presente Decreto, deberá cumplir funciones adicionales durante dos (2) horas diarias como mínimo, en los horarios que a tal efecto disponga la Subsecretaría de Presupuesto.

ARTICULO 4°. Facúltase al Subsecretario de Presupuesto, a disponer mediante comunicación expresa a la Dirección Provincial de Recursos Humanos, la no liquidación del Adicional otorgado por el Artículo 1°, a los agentes que no cumplan con las tareas que les fueran otorgadas a efectos de la formulación del Proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio 2012 o con los horarios de trabajo asignados.

ARTICULO 5°. Autorízase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos a practicar la liquidación correspondiente, conforme lo dispuesto por el Artículo 1° del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 6°. Tomen conocimiento a sus efectos: SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HUMANOS y DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFORMACION.

ARTICULO 7°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Acuña-Marcolli-Bellón-Perna-Acuña-Vega

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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