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Título: Decreto Acuerdo N° 1665 APRUEBASE EL NUEVO ORGANIGRAMA DE LA SECRETARIA DE ESTADO DEL AGUA Y DEL AMBIENTE
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 18 Oct. 2011
Fecha de publicacion: 30 Dic. 2011
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 18 de Octubre de 2011.
VISTO:
El Expediente S24082/09, y las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por la Ley N° 4639 de Reforma del Estado, su complementaria Ley N° 4693 de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios y sus modificatorias Ley N° 4987, 5107 y 5239; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2° de la Ley 4639, faculta al Poder Ejecutivo a disponer la Transformación, Descentralización, Privatización, Creación, Escisión, Fusión, Supresión y Liquidación total o parcial de los Organismos del Poder Ejecutivo.
Que el Artículo 2° de la Ley 4693, de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios, faculta al Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto las Misiones y Funciones, Ambitos de Competencia y Estructuras Orgánicas de los Ministerios, como asimismo, lo relacionado con las Secretarías y Subsecretarías de Estado y demás Organismos y Entes que dependan directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del Gobierno Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/07 dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial en acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de Dirección,
Que mediante Decreto Acuerdo N° 892/96 de creación de la Secretaría de Estado del Ambiente, se fijaron las competencias como máximo Organismo responsable y Autoridad de Aplicación de la política ambiental de la Provincia y se establecieron sus Objetivos.
Que por Decreto Acuerdo N° 1558/06 y sus modificatorios, se aprueba la Estructura Orgánica de la Secretaría del Agua y del Ambiente y por Decreto Acuerdo N° 1725/08 se dispuso la creación de la U.P.E. Forestación.
Que han tomado la intervención de su competencia la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública y la Subsecretaría de Presupuesto. Que a fojas 71/72 tomó intervención Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 568 de fecha 19 de Julio de 2011.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo a las facultades otorgadas por los instrumentos legales mencionados y las atribuciones conferidas por el artículo 149° de la Constitución Provincial.
ARTICULO 1°. Apruébase el nuevo Organigrama de la Secretaría del Agua y del Ambiente que como Anexo I forma parte integrante del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 2°. Créase la Dirección de Laboratorio de Calidad de Agua, con dependencia directa de la Secretaría del Agua y del Ambiente, cuyos Objetivos y Acciones se describen en el Anexo II Item II a) del presente Decreto.
ARTICULO 3°. Créase con dependencia directa de la Secretaría del Agua y del Ambiente los Departamentos: Prensa y Difusión, Area Informática y Unidad de Cuencas Hidrográficas, cuyas Acciones se describen en el Anexo II Item II b), Item II c) e Item II d) respectivamente, del presente Decreto.
ARTICULO 4°. Suprímase la Dirección de Recursos Naturales de la Estructura Orgánica de la Subsecretaría del Ambiente.
ARTICULO 5°. Créase la Dirección Provincial de Bosques Nativos con dependencia directa de la Subsecretaría del Ambiente, cuyos Objetivos y Acciones se describen en el Anexo II Item II f) del presente Instrumento legal.
ARTICULO 6°. Créase la Dirección Provincial de Biodiversidad con dependencia directa de la Subsecretaría del Ambiente, cuyos Objetivos y Acciones se describen en el Anexo II Item II g) del presente Decreto.
ARTICULO 7°. Modificase el nivel jerárquico de la Dirección de Gestión Ambiental la que a partir del presente Instrumento Legal será de Dirección Provincial, cuyos Objetivos y Acciones se describen en el Anexo II Item II h) del presente Decreto.
ARTICULO 8°. Modificanse los Objetivos de la Subsecretaría del Ambiente, los que se describen en el Anexo II Item II e) del presente Decreto.
ARTICULO 9°. Apruébase la dotación de personal de la Secretaría del Agua y del Ambiente y de las Unidades Orgánicas de su dependencia, que se detalla en el Anexo III, Item III a, Item III b e Item III c, del presente Decreto.
ARTICULO 10°. Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestaria que resulten necesarias, a fin de poner en ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal.
ARTICULO 11°. Tomen conocimiento a sus efectos: Secretaría del Agua y del Ambiente, Subsecretaría de Presupuesto, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, Dirección Provincial de Recursos Humanos.
ARTICULO 12°. Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Oficial y Archívese.
Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Marcolli-Bellón-Perna-Acuña-Vega
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: