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Título: Decreto Acuer do N° 578 MODIFICASE EL ARTICULO 8° DEL ANEXO UNICO DEL DECRETO ACUERDO N° 1875/1994 REGIMEN DE LICENCIAS, JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 17 Mayo 2010
Fecha de publicacion: 8 Junio 2010
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Decreto Acuer do N° 578
MODIFICASE EL ARTICULO 8° DEL ANEXO UNICO DEL
DECRETO ACUERDO N° 1875/1994 REGIMEN DE LICENCIAS,
JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS
San Fernando del Valle de Catamarca, 17 de Mayo de 2010.
VISTO:
El Expte. D/4586/2010, y los Decretos Acuerdo N° 1501 de fecha 28.DIC.2009, N° 581 de fecha 04.MAY.1998 y N° 1594 de fecha 30.DIC.2009, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Acuerdo N° 1501/2009 se deja sin efecto la Estructura Orgánica Básica del
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
aprobada por Decreto Acuerdo N° 108/2004 y su modificatorio Decreto Acuerdo N° 1719/2007 y se
aprueba el nuevo Organigrama Básico del
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en
el marco de la Ley 5302 de Transformación Educativa Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 581/1998 modifica y amplía el Artículo 8° del Anexo Unico del Decreto
Acuerdo N° 1875/1994 Régimen de Licencias,
Justificaciones y Franquicias en lo concerniente a
la autoridad facultada para el otorgamiento de las mismas al personal docente del área del Ministerio
de Cultura y Educación. Que posteriormente, el Decreto Acuerdo N° 1594/2009 modifica y/o amplía las facultades
otorgadas en el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 581/1998 a las autoridades del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología que en cada caso
corresponda, para el otorgamiento de las licencias al personal comprendido en el Escalafón General.
Que en el nuevo organigrama del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, se crea la Subsecretaría de Coordinación Administrativa y
dependiendo de ésta, la Dirección Provincial de Recursos Humanos que reemplaza a la Dirección Provincial de Personal.
Que conforme la nueva estructura del Ministerio
de Educación, Ciencia y Tecnología, es prioritario
delimitar el ámbito de competencia, en lo referente a las facultades para el otorgamiento de licencias,
justificaciones y franquicias del personal docente
y del personal comprendido en el Escalafón General
dependientes de esa jurisdicción. Que corresponde transferir las facultades delegadas en la anterior Dirección Provincial de Personal
para resolver el otorgamiento de licencias, en la actual Dirección Provincial de Recursos Humanos y/u organismos dependientes del
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. Que se hace necesario dejar sin efecto el Decreto
Acuerdo N° 581 de fecha 04.MAY.1998 y el
Decreto Acuerdo N° 1594 de fecha 30.DIC.2009 y, conforme a lo expuesto, emitir un nuevo acto
administrativo transfiriendo las facultades para el otorgamiento de licencias a la Dirección Provincial
de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos
dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología mediante
Dictamen DAJ. N° 059/2010, concluye que no existen objeciones que
formular para el dictado del instrumento legal correspondiente (fs. 08/09).
Que Asesoría General de Gobierno ha tomado
intervención produciendo Dictamen AGG. N° 189/
2010 (fs. 11/13) en el que expresa que no existen
objeciones que formular al dictado del instrumento
legal que se propicia. Que el presente acto se dicta en uso de las
facultades y atribuciones conferidas por el Artículo
149° de la Constitución Provincial.
Por ello.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°. Modifícase el Artículo 8° del
Anexo Unico del Decreto Acuerdo N° 1875/1994 Régimen de Licencias, Justificaciones y
Franquicias, en lo concerniente a la autoridad
facultada para el otorgamiento de las mismas al
personal docente y al personal comprendido en el
Escalafón General del área del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, según ANEXO
UNICO que forma parte del presente instrumento
legal
ARTICULO 2°. Deróganse los Decretos Acuerdo N° 581 de fecha 04.MAY.1998 y N° 1594
de fecha 30.DIC.2009, por los motivos expresados en el exordio.
ARTICULO 3°. Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Gestión Educativa, Subsecretaría
de Coordinación Administrativa, Dirección Provincial de Recursos Humanos del citado Ministerio, Subsecretaría de Ciencia y Tecnología
y Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.
ARTICULO 4°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Silva
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: