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Título: Decreto Acuerdo N° 776 MODIFICASE EL ARTICULO 2° DEL DECRETO ACUERDO N° 763/2010
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 23 Junio 2010
Fecha de publicacion: 6 Julio 2010
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Decreto Acuerdo N° 776
MODIFICASE EL ARTICULO 2° DEL DECRETO ACUERDO N° 763/2010
San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de Junio de 2010.
VISTO: El Expte. D 27141/09 y el DecretoAcuerdo N° 763 de fecha 17 de Junio de 2.010; y
CONSIDERANDO: Que por el mencionado Instrumento Legal se establece a partir del
01 de Julio de 2.010, en forma transitoria y hasta tanto se adecuen paulatinamente las escalas salariales,
la remuneración total por todo concepto y en suma de cargos de las Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel,
Personal de Gabinete y Personal de cualquier Escalafón y/o Convenio de la Administración Pública Central y Descentralizada y
Entidades Autárquicas; en ningún caso podrá superar la remuneración bruta total vigente del actual Gobernador de la Provincia,
la que a la fecha asciende a la suma de Pesos Trece Mil Ciento Ochenta y Cuatro ($ 13.184,00). Que el artículo 2° deroga todas
las normas relacionadas con el Tope Salarial habiéndose consignado erróneamente a partir del 01 de Junio de 2.010, siendo la fecha
correcta el 01 de Julio de 2.010, por lo que resulta necesario efectuar la corrección respectiva. Que el Poder Ejecutivo es
competente para el dictado del presente instrumento, conforme a lo previsto por el artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
LA PRESIDENTA PROVISORIA DEL SENADO EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°. Modifícase el Artículo 2° del Decreto Acuerdo N° 763 de fecha 17 de Junio de 2.010,
el que quedará redactado de la siguiente manera: «ARTICULO 2°. Deróganse, a partir del 01 de Julio de 2.010,
el Decreto Acuerdo N° 1220/ 2005, Artículo 7° del Decreto Acuerdo N° 1751/ 2005, la última parte del primer párrafo4
del artículo 6° del Decreto Acuerdo N° 818/2005, Artículo 6° del Decreto Acuerdo N° 2021/2005, Decreto Acuerdo N° 840/2006,
Apartado Tercero del Acta Acuerdo ratificada por Decreto Acuerdo N° 66/ 2009, Apartado Tercero del Acta Acuerdo Suplementaria
ratificada por Decreto Acuerdo N° 760/2009, Decreto Acuerdo N° 1511/2009,
Decreto Acuerdo N° 482/2010 y Decreto Acuerdo N° 484/ 2010.»
ARTICULO 2°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: GRIMAUX - Silva
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: