Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  
  

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Detalle del Decreto 2812
  

 

Título: Promulga Ley 4728 c/Veto Parcial

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 18 Nov. 1992

Fecha de publicacion: 8 Dic. 1992

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto G. Nº 2812

San Fernando del Valle de Catamarca 18 de Noviembre de 1992.

VISTO:
La Ley sancionada por el Poder Legislativo con fecha 29/10/92, por la cual se establece un programa de Micro y Miniaprovechamiento hidroeléctrico sobre el río Los Angeles, Dpto. Capayán y Humaya, Dpto. Ambato y

CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 4º de la citada Ley se establece taxativamente que las erogaciones que demande el cumplimiento de la misma serán afectadas por la Partida Obras por Administración Programa 642 y Obras por generación de energía por fuentes alternativas correspondiente a la Dirección de Energía Catamarca;
Que tal afectación presupuestaria deviene limitativa e inconveniente toda vez que el ente energético cuenta con otras previsiones presupuestarias a tales fines, además de resultar necesario contemplar también las Obras por Contrato; dada la índole de los equipos de generación hidroeléctrica;
Que es facultad del Poder Ejecutivo ejercer el derecho de veto (Artículos 118º, 120º, 149º Inc. 3º de la Constitución Provincial);

Por ello,

El Gobernador de la Provincia
DECRETA:

Art. 1º - Vétase el Articulo 4º de la Ley sancionada el 29/10/92 por el Poder Legislativo de la Provincia de Catamarca, por la que se dispone la realización de un programa de Micro y Miniaprovechamiento Hidroeléctrico con instalación de microturbinas de hasta 500 KW de potencia sobre el río Los Angeles, Dpto. Capayán y río Humaya, del Dpto. Ambato.

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Hacienda y Finanzas y Gobierno y Justicia.

Art. 3º - Con la salvedad de lo dispuesto en los Artículos 1º, téngase por Ley de la Provincia la precedente sanción. Cúmplase, remítase copia del presente a las Cámaras de Senadores y Diputados de la Provincia. Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y Archívese.


Registrada con el Nº 4728

 

Firmantes: CASTILLO-Herrera-Sarquis

Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1991-1995)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 98/1992

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

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