Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto Acuerdo /

Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 1343
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1343  APRUEBASE EL CONVENIO MARCO  CELEBRADO ENTRE EL PODER EJECUTIVO  PROVINCIAL Y LA AGENCIA PARA EL  DESARROLLO ECONOMICO DE CATAMARCA  (A.D.E.C.)

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 10 Set. 2012

Fecha de publicacion: 30 Oct. 2012

Cuerpo de Decreto Acuerdo:   |       Descargar PDF

  

Decreto Acuerdo N° 1343 

APRUEBASE EL CONVENIO MARCO CELEBRADO ENTRE EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL Y LA AGENCIA PARA EL  DESARROLLO ECONOMICO DE CATAMARCA  (A.D.E.C.)

San Fernando del Valle de Catamarca, 10 de Septiembre de 2012. 

VISTO: 
El  Expediente A­  N° 20166/2012,  mediante el  cual se gestiona la aprobación del Convenio marco celebrado entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Agencia para el Desarrollo Económico de Catamarca (A.D.E.C.), para la ejecución de Convenios suscriptos con la Nación;  y

CONSIDERANDO: 
Que en el Marco de los Convenios suscriptos  por  la titular  del Poder  Ejecutivo Provincial  y el  Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la  Nación, con motivo de la cobertura de programas  referidos a las actividades comprendidas en el Plan Federal  del Bicentenario de Ganados y Carnes y Proyectos «Economías Regionales», la Nación ha aportado los recursos financieros para asistir a los  proyectos específicos enunciados. 
Que en virtud de ello, y a los fines de la Aplicación y Ejecución de cada uno de los proyectos  comprendidos, el Poder Ejecutivo Provincial,  articula por el presente acuerdo la concreción de los Proyectos descriptos en cada uno de los  Convenios suscriptos con la Nación,  para lo cual  ambas partes realizarán las acciones conducentes  al cumplimiento de este objetivo. 
Que por el citado Convenio las partes acuerdan establecer colaboración recíproca, teniendo como objetivo central la articulación entre los Sectores  Públicos y Privados, para promover y contribuir a impulsar el desarrollo económico y social de nuestra  Provincia. 
Que a fs. 23/24, ha tomado intervención que le  compete Asesoría General de Gobierno, mediante  Dictamen AGG. N° 950/12 Que el presente acto se dicta en uso de las  facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia. 

Por ello, 

LA GOBERNADORA DE LA  PROVINCIA DE CATAMARCA  EN ACUERDO DE MINISTROS  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Apruébase en todas sus partes  el «CONVENIO MARCO», celebrado entre el  Gobierno de la Provincia y la Agencia para el  Desarrollo Económico de Catamarca (ADEC), por  los motivos expresados en los considerandos, y cuyo texto pasa a formar parte integrante del  presente instrumento legal.

ARTICULO 2°.­ Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a efectuar las reestructuraciones presupuestarias, que resulten necesarias para llevar a cabo lo dispuesto por  el  presente Decreto. 

ARTICULO 3°.­ Tomen conocimiento a sus  efectos; Ministerio de Hacienda y Finanzas,  Ministerio de Producción y Desarrollo y Agencia  para el Desarrollo Económico de Catamarca (ADEC.) 

ARTICULO 4°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese. 

 

CONVENIO MARCO

Entre El Poder Ejecutivo Provincial  representado en este acto por la Sra. Gobernadora Doctora Doña Lucía CORPACCI, con domicilio en la Casa de Gobierno ubicada en calle Sarmiento N° 613 de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca por una parte y la Agencia para el  Desarrollo Económico de Catamarca (ADEC)  representada por su Vicepresidente Doctora Doña Silvia Jalil, con domicilio en calle Sarmiento N° 861 de esta ciudad, manifiestan: 

OBJETIVO: En el marco de los Convenios  suscriptos por la Titular del Poder Ejecutivo Provincial y el Ministerio de Agricultura, Ganadería  y Pesca de la Nación,  con motivo de la cobertura de programas referidos a las actividades  comprendidas en: 
1) El Plan Federal del Bicentenario de Ganados  y Carnes, a través de tres convenios, dos de suscriptos en fecha 30 de diciembre de 2011, el  primero a fin de financiar un «Proyecto de Construcción de Centro de Genética y Reproducción Animal» que se realiza en la Sociedad Rural de Catamarca (cuyas actividades y descripción del Proyecto se encuentra enunciado en Anexo II del Convenio N° 38/2011). El segundo Convenio prevee el financiamiento de los proyectos  denominados: «Mejora de Genética Inseminación­  Compra de reproductores»­ «Mejora de oferta forrajera Alfalfa­ Megatérmicas­ Maíz para forrajes» y «Sanidad Animal Rabia Bovina­  Brucelosis­ Plan Sanitario Básico» (descripción en Anexos II, III y IV del convenio N° 22/2012 suscripto). Y  el tercer Convenio N° 50/2012 de fecha 18 de Junio de 2012 destinado a financiar los  Proyectos denominados «Mejora de la Productividad Porcina en el Departamento El Alto»,  «Frigorífico Móvil», Producción Ganadera,  Cerramientos­ Ancasti» y «Canje de Toros». 
2) Proyectos «Economías Regionales» de Mejoras de la Productividad Nogalera en el  Departamento Capayán», «Mejora de la Oferta Forrajera», «Lechería Construcción de Secaderos  Solares en Belén», «Bomba sumergible y Transformador Eléctrico para riego en Santa María;  Agua Reacondicionamiento de Represas en el  Departamento la Paz, todos ellos orientados a agricultores inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar, cuyos objetivos y Financiamiento se encuentran enunciados en el  Anexo I del Convenio N° 28/2012 suscripto en fecha 8 de Mayo de 2012. 
3) Que la Nación ha aportado los recursos  financieros para asistir a los proyectos específicos  enunciados. 
4) Que en los Convenios suscriptos, el  Poder  Ejecutivo Provincial asumió la responsabilidad de llevar a cabo la ejecución de tareas necesarias para el logro de los Objetivos trazados en cada uno de esos instrumentos. 
5) Que por Ley 5000 se crea la Agencia para el  Desarrollo Económico de Catamarca(ADEC), una entidad sin fines de lucro, con personería jurídica y capacidad plena para adquirir derechos y contraer  obligaciones ajustadas a las disposiciones de su Ley de creación y a su Estatuto Orgánico. 
Que esta Asociación tiene como objetivo central  la articulación entre los sectores público y privado para promover y contribuir a impulsar el desarrollo económico y social de nuestra provincia en el  contexto nacional y regional, ello en el marco de la planificación estratégica provincial, encontrándose la misma facultada por el artículo 3° inc. c) de su Estatuto a la suscripción del presente acuerdo. 
6) Que en virtud de ello y a los fines de la Aplicación y Ejecución de cada uno de los  Proyectos comprendidos el Poder Ejecutivo Provincial articula por el presente acuerdo la concreción de los Proyectos descriptos en cada uno de los Convenios suscriptos con la Nación para los cuales ambas partes realizarán las acciones  conducentes al cumplimiento de este objetivo, y de conformidad a las siguientes cláusulas: 
Cláusula Primera: El Poder Ejecutivo transferirá  a la ADEC, los recursos financieros existentes que fueron aportados para el financiamiento de cada uno de los Proyectos descriptos en los acuerdos  suscriptos con la Nación y enunciados en el  «Objetivo» del presente Acuerdo. 
Cláusula Segunda: A efectos de materializar la  transferencia de los recursos financieros el Poder  Ejecutivo  encomienda al  Ministerio  de Hacienda y Finanzas a través de la Subsecretaría de Presupuesto que materialice la Incorporación del  Recurso y Gasto en capital a favor de la entidad sin fines de lucro. 
Cláusula Tercera:  El  Poder Ejecutivo  a través  de la Subsecretaría de Ganadería y Agricultura pondrá a disposición de la ADEC su equipo técnico como herramienta de apoyo a la concreción de los objetivos trazados en cada uno de los Proyectos  comprendidos en los Acuerdos suscriptos. 
Cláusula Cuarta: A efectos del contralor de la  correcta aplicación e inversión de los fondos por  parte de ADEC,  destinados al financiamiento de los proyectos, el Ministerio de Producción y Desarrollo designará un responsable técnico, para que ello posibilite la correcta y obligada Rendición de Cuentas. 
Cláusula Quinta: El presente convenio tendrá una vigencia de doce (12) meses computables desde la transferencia a la ADEC de los recursos  financieros para la ejecución de los proyectos  mencionados. 
Cláusula Sexta: La ADEC asume la obligación de aplicar la totalidad de los fondos en el  plazo fijado en la cláusula quinta, resultando personalmente responsables sus integrantes si los  mismos deben ser restituidos a la Nación. 
Los signatarios de este convenio declaran que ambos poseen la autoridad para establecer este compromiso acorde a la representación invocada.  Dado en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a los  días del mes de Agosto de 2012.

 

Firmantes: CORPACCI-Gordillo-Aredes-Mercado-Villagra-Acosta-Dusso-Pfeiffer-Molina

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 87/2012

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto Acuerdo, envianos tu comentario: