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Detalle del Decreto Acuerdo 934
  

 

Título: Decreto Acuer do N° 934  CONVERTIR EN CARACTER  REMUNERATIVO EL INCREMENTO  SALARIAL   OTORGADO   A PARTIR DEL  01ENE2010 Y FIJANSE NUEVAS ESCALAS  A PARTIR DEL 01AGO2010

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 29 Julio 2010

Fecha de publicacion: 10 Ago. 2010

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Decreto Acuer do N° 934 
CONVERTIR EN CARACTER  REMUNERATIVO EL INCREMENTO  SALARIAL   OTORGADO
  A PARTIR DEL  01ENE2010 Y FIJANSE NUEVAS ESCALAS  A PARTIR DEL 01AGO2010

San Fernando del Valle de Catamarca,  29 de Julio de 2010. 

VISTO:  El Expte. S ­ 24871/2009 y la decisión del Poder  Ejecutivo de otorgar el  carácter de Remunerativo
al incremento salarial dispuesto a partir del 01 de Enero de 2010; y

CONSIDERANDO:  

Que con vigencia a partir del 01 de Enero de 2010, el Poder Ejecutivo Provincial otorgó mediante 
los Decretos Acuerdos N° 1.435, N° 1.436, N° 1.438, N° 1.439, N° 1.440 de fecha 17 de Diciembre de 2009 y el 
Decreto Acuerdo N° 1.560 de fecha 30 de Diciembre de 2009, un Complemento Salarial 
No Remunerativo, No Bonificable equivalente a un Quince por Ciento (15%) «Neto Ley» para el 
personal  comprendido en el Escalafón General ­  Ley 3198, Autoridades Superiores, Funcionarios  Fuera de Nivel  y Personal de Gabinete, Personal 
del Escalafón Gráfico, Personal de la Carrera Sanitaria ­ Ley 5161 y Personal del Escalafón Vial.

Que el incremento se otorgó con carácter  No Remunerativo No Bonificable,  y es voluntad del 
Poder Ejecutivo convertir el carácter atribuido al 
incremento salarial otorgado a partir del 01 de Enero
de 2010 en Remunerativo. 

Que ha tomado la intervención que le compete  el Ministerio de Hacienda y Finanzas y Asesoría 
General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 419/10. 
D E C R E T O S

Que el presente acto se dicta en uso de las 
facultades y atribuciones conferidas al Poder  Ejecutivo por  el  artículo 149° de la Constitución
de la Provincia. 

Por ello, 

El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  EN ACUERDO DE MINISTROS  DECRETA:

ARTICULO 1°.­ Déjanse sin efecto, a partir del 
01 de Agosto de 2010 los Decretos Acuerdos N° 1.435, N° 1.436, N° 1.438, N° 1.439, N° 1.440 de
fecha 17 de Diciembre de 2009, el Decreto Acuerdo N° 1.560 de fecha 30 de Diciembre de 2009 y el 
Decreto Acuerdo N° 762 de fecha 17 de Junio de 2010, a efectos de convertir el carácter atribuido al 
incremento salarial otorgado a partir de 01 de Enero
de 2010 en REMUNERATIVO, por las causas  expuestas en el exordio. 

ARTICULO 2°.­ Fíjanse, a partir del 01 de Agosto de 2010, las escalas salariales del Personal  comprendido en la Ley N° 5161 ­ Carrera Personal 
Sanitario, del Escalafón General ­ Ley N° 3198, de
las Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal de Gabinete, del Escalafón Gráfico
y del Escalafón Vial de conformidad a los Anexos 
I, II, III, IV  y V que forman parte integrante del 
presente instrumento legal.

ARTICULO 3°.­ Otórgase,  a partir  del 01 de Agosto de 2010, una suma fija de PESOS CIENTO 
CUARENTA Y UNO ($ 141) de carácter No Remunerativo ­  No Bonificable para el Personal 
del Escalafón General ­ Ley N° 3198­. 

ARTICULO 4°.­ Impleméntase una CUOTA 
ANUAL COMPLEMENTARIA de la suma mencionada en el Artículo 3°, equivalente al monto
de un mes de dicha suma. Se liquidará en dos cuotas  a devengarse el 30 de Junio y el 30 de Diciembre de cada año. El importe a abonar en cada caso será
equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la
suma indicada y será proporcional al tiempo
trabajado en cada uno de los semestres.
 
ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.­

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Silva

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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