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Título: Decreto Acuer do N° 934 CONVERTIR EN CARACTER REMUNERATIVO EL INCREMENTO SALARIAL OTORGADO A PARTIR DEL 01ENE2010 Y FIJANSE NUEVAS ESCALAS A PARTIR DEL 01AGO2010
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 29 Julio 2010
Fecha de publicacion: 10 Ago. 2010
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Decreto Acuer do N° 934
CONVERTIR EN CARACTER REMUNERATIVO EL INCREMENTO SALARIAL OTORGADO
A PARTIR DEL 01ENE2010 Y FIJANSE NUEVAS ESCALAS A PARTIR DEL 01AGO2010
San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de Julio de 2010.
VISTO: El Expte. S 24871/2009 y la decisión del Poder Ejecutivo de otorgar el carácter de Remunerativo
al incremento salarial dispuesto a partir del 01 de Enero de 2010; y
CONSIDERANDO:
Que con vigencia a partir del 01 de Enero de 2010, el Poder Ejecutivo Provincial otorgó mediante
los Decretos Acuerdos N° 1.435, N° 1.436, N° 1.438, N° 1.439, N° 1.440 de fecha 17 de Diciembre de 2009 y el
Decreto Acuerdo N° 1.560 de fecha 30 de Diciembre de 2009, un Complemento Salarial
No Remunerativo, No Bonificable equivalente a un Quince por Ciento (15%) «Neto Ley» para el
personal comprendido en el Escalafón General Ley 3198, Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal de Gabinete, Personal
del Escalafón Gráfico, Personal de la Carrera Sanitaria Ley 5161 y Personal del Escalafón Vial.
Que el incremento se otorgó con carácter No Remunerativo No Bonificable, y es voluntad del
Poder Ejecutivo convertir el carácter atribuido al
incremento salarial otorgado a partir del 01 de Enero
de 2010 en Remunerativo.
Que ha tomado la intervención que le compete el Ministerio de Hacienda y Finanzas y Asesoría
General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 419/10.
D E C R E T O S
Que el presente acto se dicta en uso de las
facultades y atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 149° de la Constitución
de la Provincia.
Por ello,
El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:
ARTICULO 1°. Déjanse sin efecto, a partir del
01 de Agosto de 2010 los Decretos Acuerdos N° 1.435, N° 1.436, N° 1.438, N° 1.439, N° 1.440 de
fecha 17 de Diciembre de 2009, el Decreto Acuerdo N° 1.560 de fecha 30 de Diciembre de 2009 y el
Decreto Acuerdo N° 762 de fecha 17 de Junio de 2010, a efectos de convertir el carácter atribuido al
incremento salarial otorgado a partir de 01 de Enero
de 2010 en REMUNERATIVO, por las causas expuestas en el exordio.
ARTICULO 2°. Fíjanse, a partir del 01 de Agosto de 2010, las escalas salariales del Personal comprendido en la Ley N° 5161 Carrera Personal
Sanitario, del Escalafón General Ley N° 3198, de
las Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal de Gabinete, del Escalafón Gráfico
y del Escalafón Vial de conformidad a los Anexos
I, II, III, IV y V que forman parte integrante del
presente instrumento legal.
ARTICULO 3°. Otórgase, a partir del 01 de Agosto de 2010, una suma fija de PESOS CIENTO
CUARENTA Y UNO ($ 141) de carácter No Remunerativo No Bonificable para el Personal
del Escalafón General Ley N° 3198.
ARTICULO 4°. Impleméntase una CUOTA
ANUAL COMPLEMENTARIA de la suma mencionada en el Artículo 3°, equivalente al monto
de un mes de dicha suma. Se liquidará en dos cuotas a devengarse el 30 de Junio y el 30 de Diciembre de cada año. El importe a abonar en cada caso será
equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la
suma indicada y será proporcional al tiempo
trabajado en cada uno de los semestres.
ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Silva
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: