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Título: Decreto Acuerdo N° 41 APRUEBASE EL ORGANIGRAMA BASICO DEL MINISTERIO DE SALUD
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 17 Dic. 2007
Fecha de publicacion: 4 Enero 2008
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 17 de Diciembre de 2007.
VISTO:
El Expediente M13548/07 y las facultades con feridas al Poder Ejecutivo por la Ley N° 4639 de Reforma del Estado, su complementaria Ley N° 4693 de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios y sus modificatorias Ley N° 4987 y 5107; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2° de la Ley 4639, faculta al Poder Ejecutivo a disponer la Transformación, Des centralización, Privatización, Creación, Escisión, Fusión, Supresión y Liquidación total o parcial de los Organismos del Poder Ejecutivo.
Que el Artículo 2º de la Ley 4693, de Reorgani zación de la Estructura Orgánica de los Ministe rios, faculta al Poder Ejecutivo a establecer median te Decreto las Misiones y Funciones, Ambitos de Competencia y Estructuras Orgánicas de los Mi nisterios, como asimismo, lo relacionado con las Secretarías y Subsecretarías de Estado y demás Or ganismos y Entes que dependan directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Ad ministración Central y Descentralizada del Gobier no Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/07 dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecu tivo Provincial, en acuerdo de Ministros, las estruc turas orgánicas hasta nivel Dirección.
Que se hace estrictamente necesario adecuar el organigrama a las necesidades actuales en concor dancia con la legislación vigente con la reciente implementación de la Carrera del Personal Sanita rio y de acuerdo a las políticas de Salud.
Que asimismo los avances tecnológicos de las Ciencias Médicas y de las especialidades médicas han impactado considerablemente la demanda y la oferta asistencial y las modalidades de atención, dando lugar a nuevas necesidades estructurales, como así también nuevos enfoques sociales interdisciplinarios y la adopción de estrategias trans versales de atención primaria de salud ameritan la adecuación de la organización del Sistema Público de Salud.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo a las facultades otorgadas por los instru mentos legales mencionados y las atribuciones con feridas por el artículo 149° de la Constitución Pro vincial.
ARTICULO 1°. Apruébese el Organigrama básico del Ministerio de Salud que corre como Anexo I a, b, c, y d y forman parte del presente instrumento legal.
ARTICULO 2°. Dentro de los sesenta (60) días a partir del presente Decreto deberá elevarse para su aprobación la descripción de los Objetivos y Acciones y Planta de Cargos de conformidad a las disposiciones del Decreto Acuerdo N° 1544/07, de la totalidad de los entegramas que conforman los Organigramas aprobados por el Artículo 1°.
ARTICULO 3°. Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas perti nentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias que resulten necesarias a fin de poner en ejecución lo dispuesto por el presente Decreto.
ARTICULO 4°. Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Salud, Subsecretaría de Pre supuesto, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, Dirección Provincial de Recursos Humanos.
ARTICULO 5°. Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Cippitelli-Galera-Acuña-Acuña-Aguirre-Mazzoni
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: