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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 42
  

 

Título: Decreto  Acuerdo N° 42  CREANSE LA SUBSECRETARIA DE PREVENCION DE ADICCIONES Y LA DIRECCION TECNICA Y COORDINACION CON DEPENDENCIA DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 17 Dic. 2007

Fecha de publicacion: 8 Enero 2008

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Decreto Acuerdo N° 42
CREANSE LA SUBSECRETARIA DE PREVENCION DE ADICCIONES Y LA DIRECCION TECNICA Y COORDINACION CON DEPENDENCIA DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

San Fernando del Valle de Catamarca, 17 de Diciembre de 2007.

VISTO:
Las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por la Ley N° 4639 de Reforma del Estado, su comple mentaria Ley N° 4693 de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios y sus modificatorias Ley N° 4987 y 5107, y

CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2° de la Ley 4639, faculta al Poder Ejecutivo a disponer la Transformación, Des centralización, Privatización, Creación, Escisión, Fusión, Supresión y Liquidación total o parcial de los Organismos del Poder Ejecutivo.
Que el Artículo 2° de la Ley 4693, de Reorga nización de la Estructura Orgánica de los Ministe rios, faculta al Poder Ejecutivo a establecer median te Decreto las Misiones y Funciones, Ambitos de Competencia y Estructuras Orgánicas de los Mi nisterios, como asimismo, lo relacionado con las Secretarías y Subsecretarías de Estado y demás Or ganismos y Entes que dependan directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Ad ministración Central y Descentralizada del Gobier no Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/07 dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecu tivo Provincial en acuerdo de Ministros, las estruc turas orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que el Artículo 4° del Decreto Acuerdo N° 21 de fecha 10 de Diciembre de 2003, aprueba el organi grama básico del Ministerio de Gobierno y Justicia.
Que la problemática de las adicciones se mani fiesta como uno de los emergentes de la crisis del hombre en estos tiempos, por lo que no hay instan cia social que pueda declararse ajena a la misma.
Que en razón de ello se hace necesario contar con un organismo responsable que identifique la magnitud y cambio de patrones de consumo de sus tancias adictivas y de nuevas drogas emergentes.
Que asimismo resulta conveniente que dicho organismo coordine, diseñe, ejecute y supervise programas referentes a la prevención de adicciones y prevea la capacitación de agentes de la comuni dad, en la temática del uso indebido de drogas y alcohol y sus consecuencias, con el consenso y la cooperación de organismos gubernamentales y no gubernamentales.
Que el principal objetivo del organismo que se propone crear es la de difundir valores de vida y ofrecer los conocimientos necesarios para que los ciudadanos puedan defenderse de las adicciones.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo a las facultades otorgadas por los instru mentos legales mencionados y las atribuciones con feridas por el artículo 149° de la Constitución Pro vincial.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:

ARTICULO 1° Créase la SUBSECRETARIA DE PREVENCION DE ADICCIONES con depen dencia del Ministerio de Gobierno y Justicia, con forme al Anexo I del presente instrumento legal.

ARTICULO 2°. Créase la DIRECCION TEC NICA Y DE COORDINACION, la que dependerá de la Subsecretaría creada por el artículo 1°.

ARTICULO 3°. Facultase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presu puestarias que resulten necesarias, a fin de poner en ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal.

ARTICULO 4°. Comuníquese, Publíquese, dése al Re gistro Oficial y Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Cippitelli-Galera-Acuña-Acuña-Aguirre-Mazzoni

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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