Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto /

Decreto
  
    

  
Detalle del Decreto 173
  

 

Título: Decreto OSP. (SAA) N° 173 –  ACTA ACUERDO – MODIFICACIONES AL CONTRATO DE OBRA “ACUEDUCTO PIRQUITAS – QUEBRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA” – DEPARTAMENTO FRAY  MAMERTO ESQUIU, VALLE VIEJO, CAPITAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 28 Dic. 2007

Fecha de publicacion: 8 Feb. 2008

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto OSP. (SAA) N° 173
ACTA ACUERDO – MODIFICACIONES AL CONTRATO DE OBRA “ACUEDUCTO PIRQUITAS – QUEBRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA” – DEPARTAMENTO FRAY MAMERTO ESQUIU, VALLE VIEJO, CAPITAL

San Fernando del Valle de Catamarca, 28 de Diciembre de 2007

VISTO:
El Expediente Letra S – Nº 25025/07 median te el cual la Subsecretaría de Planificación de Re cursos Hídricos dependiente de la SECRETARIA EL AGUA Y DEL AMBIENTE gestiona la apro bación de la documentación base del Proyecto Eje cutivo para la obra «ACUEDUCTO PIRQUITAS QUEBRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA» que ejecuta la contratista, CONSTRUCCIONES DANILO DE PELLEGRIN S.A., y

CONSIDERANDO:
Que se impone como necesario realizar deter minadas modificaciones a la obra «ACUEDUCTO PIRQUITAS QUEBRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA», a los fines de adecuarla a nuevas necesidades públicas en miras del interés general.
Que en ese sentido, ha surgido la inquietud de los intendentes de los Departamentos Fray Mamerto Esquiú y Valle Viejo, manifestada mediante sen das Notas cursadas a la Subsecretaría de Planifica ción de Recursos Hídricos que corren agregadas a las actuaciones del VISTO, a los efectos de que se considere la posibilidad de aprovechar la ejecución de la obra «ACUEDUCTO PIRQUITAS QUE BRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA», para que a partir de ella se puedan realizar las obras de infraestructura hídrica necesaria para abastecer en calidad y cantidad su ficiente la demanda creciente de agua potable de las poblaciones de esos departamentos.
Que la también creciente demanda de energía eléctrica y la falta de obras de generación a nivel nacional han producido una real crisis de suminis tro en este último año, que afecta en forma notable a la Provincia.
Que a los fines de paliar esa crisis señalada, se ha puesto en marcha un plan de emergencia que contempla la posibilidad de generación de energía hidroeléctrica a partir de los recursos con los que cuenta nuestra Provincia.
Que el anteproyecto con el que se adjudicó la obra del «ACUEDUCTO PIRQUITASQUEBRA DA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZA DORA» tal como fue concebido inicialmente, im pedía la utilización del embalse como fuente de energía hidroeléctrica.
Que ambas necesidades públicas insatisfechas, surgidas en los últimos tiempos (la generación de energía hidroeléctrica y la mayor provisión de agua potable a los Departamentos Fray Mamerto Esquiú y Valle Viejo) no estuvieron contempladas por ello al momento de elaborarse el anteproyecto de la obra «ACUEDUCTO PIRQUITASQUEBRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA».
Que a esos fines, y en ejercicio de una respon sable actitud de previsión por parte del Estado para las necesidades sobrevivientes, desde la Secretaría del Agua y del Ambiente, comitente, se instruyó a la empresa contratista a través de la inspección de obra en Orden de Servicio Nº 1, para que en la elaboración del Proyecto Ejecutivo a su cargo den tro del plan de trabajo, contemple la posibilidad del abastecimiento de agua potable a los Departa mentos Fray Mamerto Esquiú y Valle Viejo, de biendo priorizar el aprovechamiento racional del recurso agua sin perder de vista los objetivos del proyecto.
Que luego de una serie de discusiones técnicas y económicas llevadas adelante entre La Comiten te y La Contratista, cuyas constancias surgen de las diferentes Notas de Pedidos y Ordenes de Ser vicios que lucen en los libros de obra respectivos, cuyas copias certificadas se han adjuntado a la tra mitación del expediente del Visto, se ha arribado a un Proyecto Ejecutivo aprobado por La Comiten te, siguiendo los lineamientos enmarcados en el Capítulo VIIº «Alteraciones a las Condiciones del Contrato» de la Ley de Obras Públicas Nº 2730.
Que la aprobación de la documentación técni ca del Proyecto Ejecutivo, que consta de Memoria Descriptiva, Memoria de Cálculo, Cómputo Mé trico, Especificaciones Técnicas, Análisis de Pre cios, Presupuesto y Planos se hizo mediante Dis posición Nº 273 de fecha 23 de Noviembre de 2.007 emanada de la Subsecretaría de Planificación de Recursos Hídricos.
Que en uso de las facultades que le son pro pias, previstas en el DecretoAcuerdo Nº 892/06 y DecretoAcuerdo 105/04, la Secretaría del Agua y del Ambiente ha aprobado mediante Resolución Nº 352 de fecha 26 de Noviembre de 2.007 todas las actuaciones administrativas llevadas adelante en el Expediente «S» Nº 219/07 que perseguía la apro bación del Proyecto Ejecutivo de la obra «ACUE DUCTO PIRQUITAS QUEBRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA».
Que con fecha 26 de Noviembre de 2.007 se suscribió, AdReferéndum del Poder Ejecutivo, el ActaAcuerdo modificatoria del Contrato de la obra «ACUEDUCTO PIRQUITASQUEBRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA», previéndose en ella ampliaciones de obra por un total de Pesos Siete Millones Ciento Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cuarenta y Siete con Ochenta y Cinco Centavos ($ 7.148.747,85), con Items y subítems nuevos, supresión de ítems originales y sin modificación del plazo de obra.
Que con fecha 28 de Noviembre de 2.007 la Secretaría del Agua y del Ambiente emite la Reso lución S.A. y A. Nº 364 que ratifica, AdReferén dum del Poder Ejecutivo, el Acta – Acuerdo firma da entre ese organismo y la comitente de la obra mediante la cual se acordaron las alteraciones al contrato firmado con fecha 17 de Abril de 2.007.
Que a través de dicho instrumento legal se au torizó a la Dirección Provincial de Administración de la Secretaría del Agua y del Ambiente a gestio nar el crédito presupuestario para el ejercicio fi nanciero del año 2.009 durante el cual se tiene previsto ejecutar el gasto.
Que mediante Dictamen A.G.G. Nº 1255/07 ha tomado debida intervención Asesoría General de Gobierno.
Que el presente instrumento legal se dicta con forme las facultades previstas en el Art. 34 de la Ley 3559 y Art. 149º de la Constitución de la Pro vincia.

Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1º. APRUEBASE lo actuado por la SECRETARIA DEL AGUA Y DEL AMBIEN TE, referido a la Documentación del Proyecto Eje cutivo de la Obra: «ACUEDUCTO PIRQUITAS QUEBRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA» DEPARTAMENTO FRAY MAMERTO ESQUIU VALLE VIEJO CAPI TAL, PROVINCIA DE CATAMARCA, corres pondiente a su ampliación que ejecuta la Em presa Contratista «CONSTRUCCIONES DANILO DE PELLEGRIN S.A.», por la suma de PESOS SIETE MILLONES CIENTO CUA RENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUA RENTA Y SIETE CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 7.148.747,85), con un plazo de eje cución de 450 días Licitación Pública Nº 03/05.

ARTICULO 2º. RATIFICASE el ACTA ACUERDO de fecha 26 de Noviembre de 2.007 celebrado entre la SECRETARIA DEL AGUA Y DEL AMBIENTE, Comitente de la obra «ACUE DUCTO PIRQUITAS QUEBRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA» y la empresa contratista «CONSTRUCCIONES DANILO DE PELLEGRIN SA.», mediante la cual se convino una ampliación de obra modificando las condiciones del contrato suscripto para la eje cución de la obra entre las mismas partes con fe cha 17 de Abril de 2007, la que como Anexo pasa a formar parte del presente instrumento legal .

ARTICULO 3º. AUTORIZASE a la SUB SECRETARIA DE PRESUPUESTO a tomar los recaudos necesarios a fin de incluir en el Ejercicio Financiero 2009 la suma de PESOS SIETE MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 7.148.747,85), a efectos de cumplimentar con lo dispuesto por el presente instrumento legal.

ARTICULO 4º. A sus efectos, tomen conoci miento SECRETARIA DEL AGUA Y DEL AM BIENTE, DIRECCION PROVINCIAL DE ADMI NISTRACION, DIRECCION DE PLANIFICA CION DE USO DE RECURSOS HIDRICOS, SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE RECURSOS HIDRICOS, DIRECCION PROVIN CIAL DE OBRAS HIDRAULICAS, SECRETA RIA DEL AGUA DEL AMBIENTE, MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, TESO RERIA GENERAL y CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA.

ARTICULO 5º. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

ACTA ACUERDO

MODIFICACIONES AL CONTRATO DE OBRA PUBLICA CELEBRADO CON FECHA 17/04/07 PARA LA EJECUCION DE LA OBRA «ACUEDUCTO PIRQUITAS QUEBRADA DE MOREIRA Y PLANTA POTABILIZADORA»LIC. PUB. Nº 03/05

Entre la Secretaría del Agua y del Ambiente re presentada en este acto por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos a cargo de la Secretaría del Agua y del Ambiente, Ing. Juan Cristóbal Acuña, D.N.I. Nº 8.040.683, con domicilio en Avenida Belgrano s/n Centro Administrativo del Poder Ejecutivo – Pabellón Nº 4 de esta ciudad Capital, quien en adelante se denominará LA COMITEN TE y la empresa Construcciones Danilo De Pellegrin S.A., representada en este acto por su representante legal Sr. Sergio De Pellegrin, D.N.I. Nº 17.204.166, con domicilio en Avenida Juan de Almonacid Nº 1800 de esta Ciudad, en adelante LA CONTRATISTA, celebran el presente ACUER DO MODIFICATORIO del contrato de obra cele brado entre ambas partes con fecha 17 de Abril de 2007 para la ejecución de la obra “Acueducto Pirquitas Quebrada de Moreira y Planta Potabilizadora”, ADREFEREDUM del Poder Eje cutivo y sometido a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El presente acuerdo se celebra en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7º del Con trato de Obra Pública suscripto entre las partes con fecha 17/04/2007, para la ejecución de la obra “Acueducto Pirquitas Quebrada de Moreira y Planta Potabilizadora”, y se regirá íntegramente por lo prescripto en Capítulo VIIº de la Ley de Obras Públicas Nº 2730 – “ALTERACIONES A LAS CONDICIONES DEL CONTRATO”, el Capítulo VIIº de la reglamentación de la misma y las estipu laciones aquí pactadas

SEGUNDA: A partir de la fecha del presente acuerdo, LA CONTRATISTA deberá ejecutar la obra contratada tomando como base la documen tación técnica aprobada por Disposición Nº 273 de la Subsecretaría de Planificación de Recursos Hídricos, de fecha 23 de Noviembre de 2007. El resto de la documentación contractual permanece inalterable.

TERCERA: En virtud del acuerdo que se ce lebra, se suprimen los ítems contemplados en el contrato original que se detallan en el anexo que forma parte de la presente acta, renunciando LA CONTRATISTA a cualquier tipo de indemnización económica, compensación o reparación de gastos que pudiera derivar de dicha supresión. Así mis mo, se crean los ítems y sub ítems nuevos indica dos en el anexo, cuyos precios son los determina dos en los correspondientes análisis aprobados por LA COMITENTE.

CUARTA: Las modificaciones al contrato ori ginal importan un aumento de obra por un monto total de Pesos Siete Millones Ciento Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cuarenta y Siete con Ochenta y Cinco Centavos ($ 7.148.747,85) en el que se reajusta el precio de contrato y por el cual LA CONTRATISTA se compromete a ejecutar la tota lidad de la obra, cuyo precio final a la fecha de apertura de la propuesta, resulta entonces de Cua renta y Nueve Millones Ochocientos Tres Mil Tres cientos Ochenta y Tres con noventa y cuatro cen tavos ($ 49.803.383,94), significando un incremen to del 16,74% respecto del de contrato.

QUINTA: El plazo original de ejecución de la obra no se reajusta, quedando invariable en los cuatrocientos cincuenta (450) días previstos en el contrato, prestando LA CONTRATISTA entera con formidad al respecto.

SEXTA: LA COMITENTE asume bajo su ex clusiva responsabilidad, en los términos del Ar tículo 31º de la Ley de Obras Públicas, las demo ras producidas en el cumplimiento de los plazos contractuales, relevando a LA CONTRATISTA de cualquier responsabilidad al respecto, sin generar derecho a la aplicación de las multas y penalida des previstas en la reglamentación de la misma ley.

SEXTA: LA CONTRATISTA afianza las ma yores obligaciones de su parte surgidas del presen te acuerdo, mediante un seguro de caución por el valor de Pesos Trescientos Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Treinta y Siete con diez y nueve cen tavos, ($ 357.437,19) contratado con la empresa CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A. me diante póliza Nº 000595735 emitida con fecha 26 de Noviembre de 2007, equivalente al 5% del mon to total en el que se incrementa el contrato, de con formidad con el Art. 51º y Art. 22º de la Ley de Obras Públicas.

SEPTIMA: El 50% del sellado del presen te Convenio de Alteración de las Condiciones del Contrato por el monto de Pesos Siete Mi llones Ciento Cuarenta y Ocho Mil Sete cientos Cuarenta y Siete con Ochenta y Cinco Centavos ($ 7.148.747,85) en el que se reajusta el precio de contrato, será abonado por LA CONTRA TISTA conforme lo establecido por la Ley Impositiva de la Provincia, siendo su incumplimien to causal de rescisión del mismo.

En prueba de conformidad y aceptación, se fir man dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los Veintiséis días del mes de No viembre de 2007.

José Adrián Brunello
Jefe Departamento Contaduría a/c Dirección Prov. de Administración Secretaría del Agua y del Ambiente

Const. Danilo de Pellegrin S.A.
Sergio de Pellegrin
Director Apoderado

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Acuña

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 12/2008

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto, envianos tu comentario: