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Título: Decreto Acuerdo N° 1348 APRUEBANSE LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO PARCIAL N° 2 DE LA LEY N° 4938 «ADMINISTRACION FINANCIERA DE LOS BIENES Y SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO»
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 10 Set. 2012
Fecha de publicacion: 6 Nov. 2012
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Decreto Acuerdo N° 1348
APRUEBANSE LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO PARCIAL N° 2 DE LA LEY N° 4938 «ADMINISTRACION FINANCIERA DE LOS BIENES Y SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO»
San Fernando del Valle de Catamarca, 10 de Septiembre de 2012.
VISTO:
El Expediente C N° 257/2012, mediante el cual Contaduría General de la Provincia, solicita modificaciones al Reglamento Parcial N° 2 Título VI del Sistema de Contrataciones del Estado Provincial de la Ley N° 4938 Administración Financiera, de los Bienes y Sistemas de Control del Sector Público; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Acuerdo N° 2248, de fecha 17 de Noviembre de 2008, se aprobó el Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938Administración Financiera, de los Bienes y Sistemas de Control del Sector Público, que constituye la reglamentación de ejecución de los Artículos 86° al 105° del Sistema de Contrataciones del Estado Provincial, Ley N° 4938 y sus modificatorias en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial.
Que resulta necesario, adecuar los límites de contratación compatibilizando con la necesaria agilidad que permita optimizar la prestación de los Servicios Públicos y la ejecución del Presupuesto.
Que en virtud de ello, y del constante crecimiento de las necesidades básicas de los servicios a cargo del Estado Provincial, se hace necesario ajustar las normas que rigen la gestión económicafinanciera del mismo.
Que el Artículo 4° inciso c) de la Ley N° 4938, expresa entre otros objetivos de la misma, el establecimiento de «procedimientos de contrataciones que preserven el interés fiscal, la libre concurrencia, trato igualitario, publicidad y transparencia, en un marco de afectividad y conveniencia económica», preservando así los principios normados por el Artículo 91° de la citada Ley.
Que asimismo, se han tenido en cuenta los principios y normas de la Constitución Nacional y Provincial y la debida articulación con los principios propios del Derecho Público Provincial, especialmente las normas que surgen del Código de Procedimientos Administrativos Ley N° 3559.
Que a fs. 35/37 y 45, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen AGG. N° 826/12, e Informe AGG. N° 415/12.
Que el presente acto, se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° inc. 3) de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°. APRUÉBASE las modificaciones al Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938 Administración Financiera, de los Bienes y Sistemas de Control del Sector Público, que constituye la reglamentación de ejecución de los Artículos 86° al 105° del Sistema de Contrataciones del Estado Provincial, Ley N° 4938 y sus modificatorias, en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, el que como Anexo I, forma parte integrante del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 2°. DISPÓNESE que las modificaciones, aprobadas por el Artículo 1° comenzará a regir a partir de la fecha del presente Decreto, y se aplicará a los procedimientos de contratación que se inicien a partir de esa fecha.
ARTICULO 3°. FACÚLTASE a Contaduría General de la Provincia, en su carácter de Órgano Rector de los Sistemas de Contabilidad Gubernamental y de Administración de los Bienes, y Órgano Normativo de Supervisión y Coordinación de los Sistemas de Contrataciones y de Control Interno, a dictar normas técnicas de procedimiento e interpretación de las disposiciones que se establecen por este Instrumento Legal.
ARTICULO 4°. DERÓGASE a partir de la fecha establecida en el Artículo 2°, toda norma que se oponga al presente Régimen.
ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
ANEXO I
MODIFICACIONES REGLAMENTO PARCIAL N° 2 DE LA LEY N° 4938 «Administr ación Financiera, de los Bienes y Sistemas de Control del Sector Público»
Modifícase los incisos a), d), b), e) y f) del Artículo 23° del Anexo I Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938 Administración Financiera, de los Bienes y Sistemas de Control del Sector Público por los siguientes: ARTÍCULO 23°: MONTOS DE LOS CONTRATOS. SELECCIÓN
a) HASTA PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00): Contratación Directa por Significación Económica.
b) Hasta PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00): Contratación Directa con Precio Testigo.
d) Hasta PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00): Concurso de Precios.
e) Hasta PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000,00): Licitación Privada.
f) Más de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000,00): Licitación Pública.
Firmantes: CORPACCI-Gordillo-Aredes-Mercado-Villagra-Acosta-Dusso-Pfeiffer-Molina
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: