Inicio / Decreto /
Título: Decreto S. N° 1446 AMPLIASE EL MONTO DE LOS FONDOS PERMANENTES EN LAS DISTINTAS AREAS PROGRAMATICAS Y AREA CENTRAL DEL MINISTERIO DE SALUD
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 2 Oct. 2012
Fecha de publicacion: 23 Nov. 2012
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
Decreto S. N° 1446
AMPLIASE EL MONTO DE LOS FONDOS PERMANENTES EN LAS DISTINTAS AREAS PROGRAMATICAS Y AREA CENTRAL DEL MINISTERIO DE SALUD
San Fernando del Valle de Catamarca, 02 de Octubre de 2012.
VISTO:
El Expediente MN° 14180/2012, mediante el cual el Ministerio de Salud, gestiona la ampliación de los Fondos Permanentes o Rotatorios de las distintas dependencias del MINISTERIO DE SALUD; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2, obra Nota D.P.A. N° 059/12, suscripta por el Sr. Director Provincial de Administración del Ministerio de Salud, mediante la cual solicita la ampliación de Fondos Permanentes o Rotatorios de las distintas Areas Programáticas y Area Central del Ministerio de Salud, los mismos estarán destinados para la atención de todos los gastos que demanden las distintas dependencias del MINISTERIO DE SALUD.
Que dicha petición se fundamenta en la necesidad de reforzar los Servicios Sanitarios del MINISTERIO DE SALUD a través de una política que permita fortalecer el crecimiento de los servicios en toda la Provincia.
Que el régimen vigente que regula la constitución y funcionamiento de los Fondos Permanentes o Rotatorios se encuentra previsto en las disposiciones del Artículo 69° inc. a) del Reglamento Parcial N° 1 de la Ley N° 4938, que establece y regula la «Administración Financiera, Las Contrataciones, la Administración de los Bienes y Sistema de Control del Sector Público Provincial» aprobado por Decreto Acuerdo N° 907/98.
Que a fs. 18 toma intervención SUBSECRE TARIA DE PRESUPUESTO mediante nota S. de P. N° 1414/12, por la cual informa sobre la disponibilidad de crédito en las partidas presupuestarias.
Que a fs. 20/21, ha tomado intervención que le compete Contaduría General de la Provincia, mediante informe N° 2153/12.
Que a fs. 22 la SUBSECRETARIA DE FINANZAS E INGRESOS PUBLICOS, considera factible el incremento solicitado, ajustado a las normas vigentes. Que a fs. 28, obra Dictamen A.L. N° 771/12, de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud.
Que a fs. 32/34, ha tomado intervención que le compete ASESORIA GENERAL DE GOBIERNO, mediante Dictamen A.G.G. N° 1178/2012.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTICULO 1°. Amplíase el monto de los Fondos Permanentes en las distintas Areas Programáticas y Area Central del Ministerio de Salud, con Fuente de Financiamiento 111, Recursos del Tesoro Provincial, conforme al siguiente detalle, y por los motivos expresado en los considerandos del presente Instrumento Legal:
Ministerio de Salud $ 250.000,00
Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública $ 250.000,00
Subsecretaría de Medicina Preventiva y Promoción en Salud $ 200.000,00
Dirección Provincial de Saneamiento Ambiental $ 200.000,00
Area Programática N° 1 $ 200.000,00
Area Programática N° 2 $ 200.000,00
Area Programática N° 3 $ 200.000,00
Area Programática N° 4 $ 200.000,00
Area Programática N° 5 $ 200.000,00
Area Programática N° 6 $ 200.000,00
Area Programática N° 7 $ 200.000,00
Area Programática N° 8 $ 200.000,00
Area Programática N° 9 $ 200.000,00
Area Programática N° 10 $ 200.000,00
Area Programática N° 11 $ 200.000,00
Area Programática N° 12 $ 200.000,00
ARTICULO 2°. Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE SALUD, DIRECCION PROVINCIAL DE ADMINISTRACION DE SALUD S.A.F. N° 011, SUBSECRETARIA DE ASISTENCIA EN SALUD PUBLICA, SUBSECRETARIA DE MEDICINA PREVENTIVA Y PROMOCION EN SALUD, DIRECCION PROVINCIAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL, AREAS PROGRAMATICAS N° 12345678 9101112, SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, SUBSECRETARIA DE FINANZAS E INGRESOS PUBLICOS, CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA, TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA y TRIBUNAL DE CUENTAS.
ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Villagra
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: